La maldita herencia de la deuda nunca termina: la justicia de Estados Unidos le negó a un fondo de inversión que le ganó un juicio a la Argentina por la deuda en default la posibilidad de embargar las reservas del Banco Central.
“La moción se deniega”, indicó la juez Loretta Preska, ante el pedido del fondo de inversión Bainbridge, por USD 96 millones.
El argumento de la República Argentina fue que las reservas son activos inembargables según una ley de Estados Unidos y la juez consideró que el acreedor no tiene por lo tanto manera de acceder a esos recursos, aunque ya le haya dado la razón en su reclamo en contra del Gobierno.
“Las partes acuerdan que los bonos en cuestión se rigen por la FAA. La República consintió a la jurisdicción personal en este Tribunal y acordó que se rige e interpreta de conformidad con la ley de Nueva York”, indicó la magistrada.
“La República también renunció irrevocablemente y aceptó no alegar ninguna inmunidad de la jurisdicción de dicho tribunal a la que de otro modo podría tener derecho en cualquier acción que surja de o se base en los Valores o este Acuerdo por parte del titular de cualquier Valor”, expresó.
“La República se opone al dictado de una orden que le ordene la rotación de los activos en poder del Banco Central de Argentina argumentando, entre otras cosas, que los activos son inmunes a la rotación en virtud de la FSIA porque se encuentran fuera de Estados Unidos y que Bainbridge no ha demostrado que los activos estén sujetos a ejecución una vez introducidos en Estados Unidos en virtud de la FSIA”. La FSIA es la ley que protege los activos no comerciales de gobiernos extranjeros.
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“Bainbridge sostiene que los activos de la República no son inmunes a la ejecución en virtud de la excepción establecida en 28 U.S.C. sección 1610. Argumenta que debido a las amplias renuncias de la República a la inmunidad soberana contenidas en los documentos que rigen los bonos, la República renunció al requisito de que el activo se utilizara para la actividad comercial en los Estados Unidos y que incluso si la República no renunció al requisito de actividad comercial, los activos relevantes se utilizaron para la actividad comercial en los Estados Unidos”, explicó en el fallo.
“(Pero) La República no renunció al requisito de que los activos se utilizaran para actividad comercial en los Estados Unidos. Bainbridge argumenta que el ‘consentimiento general de la República a los efectos de la [FSIA] a la concesión de cualquier reparación... en relación con cualquier... Sentencia Relacionada’ necesariamente renunció al requisito de actividad comercial en los Estados Unidos”.
En este contexto, “Bainbridge pide al Tribunal que ordene a un soberano que traiga los activos depositados en el banco central de ese país soberano y los entregue en Nueva York. El Tribunal ha determinado que tiene potestad para hacerlo”. “Pero Bainbridge debe proporcionar la base probatoria para hacerlo antes de que el Tribunal pueda ejercer esa potestad. Por lo tanto, la moción de Bainbridge es denegada sin perjuicio de renovarla si, y cuando, pueda hacerlo”.
“Bainbridge pide efectivamente al Tribunal que ordene a la República traer suficientes activos de Argentina a los Estados Unidos sin identificar los activos específicos que desea que sean entregados. Bainbridge no ha hecho nada más que identificar fondos, sin ningún nivel de especificidad, en un balance en un formulario presentado públicamente y ha citado varias secciones del mismo formulario describiendo en términos extremadamente generales cómo algunos de los fondos pueden haber sido utilizados”, aclaró la jueza.
“Lo que Bainbridge no ha hecho es identificar las cuentas específicas en las que se mantienen los fondos y proporcionar al Tribunal pruebas específicas de esas cuentas que permitan al Tribunal realizar el análisis necesario” para su potencial embargo.
“Bainbridge no ha satisfecho su carga de demostrar que se aplica una excepción a la inmunidad de ejecución. Bainbridge no puede trasladar la carga de identificar activos específicos y recuperables a la República en primera instancia, o alegar que el “silencio” de la República es suficiente para implicar la actividad comercial necesaria”, indicó.
“La República tiene la carga final de persuasión, pero Bainbridge aún no ha cumplido con su carga inicial de producción”, porque ha identificado fondos y depósitos generales en lugar de activos específicos y, por lo tanto, necesariamente no ha demostrado que ningún activo específico esté exceptuado de la inmunidad de ejecución”.
“El Tribunal no puede ordenar la rotación en este expediente. Bainbridge debe agotar [sus] facultades de descubrimiento relativas a los activos del deudor de la sentencia, e identificar los bienes sobre los que pretende ejecutar”, afirmó Preska.
El experto en deuda Sebastián Maril dijo que “Bainbridge está intentando embargar activos que Argentina tiene en el Banco Central acá en Buenos Aires; es muy difícil de ordenar eso y asume que lo ordena andar por repatriar los activos a Estados Unidos, motivo por el cual no lo hicieron”
“Los activos no son inmunes al embargo, literalmente dijo eso la jueza, pero no está convencida que cuando esos activos lleguen a Estados Unidos puedan ser ejecutables. Es un proceso doble, primero hay que sacarlos de Argentina y segundo, que un juez acá, una vez que esos activos lleguen acá, si es que llegan, autorice el embargo”, detalló a Infobae.
“Bainbridge es uno de los varios fondos que está intentando cobrar fallos ya emitidos no apelables por 980 millones de dólares, ahí incluye los holdouts que Bainbridge es uno de ellos, incluye el fallo del CIE por Aerolíneas Argentinas, 340 millones, y otros fallos menores”.
“La Argentina tiene un gran lío, porque todavía tiene fallo apelable del cupón PBI Londres y se le vienen otros fallos, como el fallo por el cupón PBI en Nueva York de Preska, y otros juicios que todavía siguen dando vueltas”, aclaró Maril.