Importaciones más caras: entre la molestia empresarial y las dudas por los alcances de la normativa

Los anuncios realizados en los últimos días por el Gobierno generaron una catarata de cuestionamientos e inquietudes en el sector privado. Cuáles son las principales incertidumbres

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Las importaciones de bienes pagarán 7,5% de impueto PAIS, mientras que las de los servicios, 25%, según el decreto 377
Las importaciones de bienes pagarán 7,5% de impueto PAIS, mientras que las de los servicios, 25%, según el decreto 377

Además de la catarsis que provocó entre las distintas cámaras empresarias por la mayor presión tributaria que implica, la batería de medidas anunciadas y oficializadas por el Gobierno en los últimos días en materia de comercio exterior también dejó varias indefiniciones respecto de cómo se aplicarán y qué sectores estarán alcanzados lo que incrementó el malhumor corporativo. Las autoridades prometen una pronta reglamentación de los aspectos aún sin resolver, por ahora sin fecha cierta, según dijeron fuentes oficiales.

Respecto del impuesto PAIS para las importaciones, en el caso de los bienes pagarán 7,5% sobre el dólar oficial mayorista -que ayer cerró en $271,60-, mientras que en el de los servicios, el impuesto alcanzará el 25%, lo que lo lleva casi a $340, el mismo valor concedido, en este mismo paquete de medidas, para las economías regionales que participan del Programa de Incremento Exportador (PIE). A este grupo de productos, entre los que se incluye el vino, entre varios más, se le sumó el maíz, que generó bastante polémica por tratarse de un insumo clave de varios alimentos.

Claro que habrá excepciones al pago del impuesto. ¿Cuáles? Ésa es justamente una de las indefiniciones que hay hasta el momento. La resolución publicada este martes por la AFIP (la 5393, que complementa el Decreto 377 del lunes) establece que no deberán tributar el impuesto PAIS los gastos referidos a prestaciones de salud, compra de medicamentos, adquisición de libros en cualquier formato, utilización de plataformas educativas y software con fines educativos.

Las autoridades prometen una pronta reglamentación de los aspectos aún sin resolver, por ahora sin fecha cierta, según dijeron fuentes oficiales

Tampoco los gastos asociados a proyectos de investigación efectuados por investigadores que se desempeñen en el ámbito del Estado nacional, provincial y municipal, así como las universidades e instituciones integrantes del sistema universitario argentino. Ni la adquisición en el exterior de materiales de equipamiento y demás bienes destinado a la lucha contra el fuego y la protección civil de la población. Pero el decreto 377 establece que los insumos y bienes intermedios vinculados de forma directa a productos de la canasta básica no deberán pagar, tampoco, el impuesto del 7,5%. La gran pregunta que se hacen los empresarios de la alimentación es cuán extensa será esa lista. Hasta ayer a última hora, la Secretaría de Comercio trabajaba en esa reglamentación, sin fecha cierta de publicación.

El secretario de Comercio, Matías Tombolini, trabaja en la reglamentación para definir qué insumos y bienes intermedios de la canasta básica quedarán exentos de pagar el impuesto
El secretario de Comercio, Matías Tombolini, trabaja en la reglamentación para definir qué insumos y bienes intermedios de la canasta básica quedarán exentos de pagar el impuesto

Trascendió que podría salir en las próximas horas pero que la lista de productos exceptuados sería acotada. Mientras tanto, las empresas cuestionan la medida. “Más allá de cuánto sea la alícuota, el punto es que el Gobierno presiona para que no aumentemos los precios y lo único que hace es subir impuestos”, se quejaron desde una firma del rubro. Y agregaron: “El único compromiso que se obligó Massa para que firmemos Precios Justos, garantizar dólares para pagar las importaciones, no lo está cumpliendo hace dos meses y ahora aparece esto”.

En un comunicado que emitió ayer la UIA, en “alerta por el impacto en la industria de las medidas”, uno de los puntos que remarcó es que además de no conocerse aún la normativa para saber el alcance de la excepción del Impuesto PAIS para insumos y bienes intermedios vinculados en forma directa a productos de la canasta básica alimentaria y para combustibles, lubricantes, bienes vinculados a la generación de energía (otro rubro que también requiere de precisiones reglamentarias), “no se ha contemplado eximir a todo lo que está en el marco de acuerdos de Precios Justos, lo que presionará aún más sobre costos y precios”. Por otro lado, precisó que “existe además la dificultad para exceptuar a todas las materias primas, insumos y bienes intermedios asociados a los bienes de canasta básica”.

La retroactividad de la norma es otro de los puntos que generó una fuerte molestia en el mundo empresario. Si bien en la AFIP aseguran que la medida no es retroactiva, ya que rige desde el momento en que se publicó en el Boletín Oficial, lo cierto es que hoy todas las importaciones se pagan a plazo, ante la falta de dólares. Por lo tanto, operaciones que fueron oficializadas (cuando sale la SIRA con la fecha de pago) antes de la publicación del decreto pero que no fueron pagadas deberían abonar el impuesto una vez hecho ese pago, es decir, al momento de ingresar al Mercado Único de Cambios (MULC).

“El único compromiso que se obligó Massa para que firmemos Precios Justos, garantizar dólares para pagar las importaciones, no lo está cumpliendo hace dos meses y ahora aparece esto”, dijeron en una empresa alimenticia

Así lo entendieron todas las cámaras empresarias y lo pudo confirmar Infobae con fuentes de la AFIP. “Para los despachos que se oficialicen a partir de hoy en adelante, la norma prevé que AFIP puede hacer un cobro a cuenta de forma anticipada de hasta el 95% del 7,5% del impuesto, por lo que la AFIP estaría trabajando para que el momento de pagar el impuesto sea al oficializar los despachos (cuando llega la mercadería y se pagan todos los tributos aduaneros y créditos fiscales) y solo el 5% restante se pagaría al momento de entrar al mercado de cambios”, dijeron a este medio fuentes del sector importador.

Lo que molesta de tener que pagar el impuesto por importaciones que las empresas ya hayan realizado es que no habrá formado parte de un costo a considerar en el precio del producto. Si las compañías saben que deberán pagar -por el plazo de la SIRA- una mercadería en 90 días, tienen forma de cubrirse frente a una futura devaluación, pero no así de este tributo. Aunque en estos casos se recuperará ese costo en operaciones futuras, con un mayor incremento de precios.

REUTERS
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Mientras que desde algunos sectores productivos advirtieron que el nuevo impuesto a las importaciones generará mayor costos y presión sobre los precios, otros agradecieron que la medida no haya sido peor, teniendo en cuenta el delicado contexto de reservas por el que atraviesa la Argentina.

“Es una medida marginal. Sube el tipo de cambio implícito aproximádamente 4%. Y el impacto en precios oscilará entre 2% y 3%, prácticamente nada. La clave está en ver si consiguen que se liquiden las exportaciones de maíz al tipo de cambio de $340. Y eso sí que impacta de forma directa en los precios de varios alimentos”, dijo un importador. Otro, del rubro de bazar, agregó: “En mi rubro ya hay muchos que aumentaron entre 5% y 10%. Nadie se va a quejar con esto. Sabemos que el dólar en algún momento va a valer $500″.

“El temor del sector empresarial es que después de devaluar, en unos meses, mantengan el impuesto. Hubo varios casos de tributos de emergencia que todavía persisten. Las medidas son un parche medio inentendible, pero no tienen margen para armar un plan económico creíble”, consideró el economista de la Cámara Argentina de Comercio (CAC), Matías Bolis Wilson.

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