Las últimas medidas oficiales que apuntan a la recuperación de reservas en las arcas del Banco Central también afectan a los pequeños ahorristas, en particular aquellos que están habilitados para acceder al cupo mensual de USD 200 para atesoramiento.
La nueva normativa comunicada el domingo pasado determinó la suba en 10 puntos porcentuales del precio al público del dólar en los bancos, por el incremento de la percepción a cuenta de Ganancias y Bienes Personales, la cual pasó del 35% al 45%, lo que llevó al recargo para la compra de billetes del 65% que regía hasta la semana pasada al 75% actual.
Así, el dólar para atesoramiento quedó equiparado al llamado dólar tarjeta, para consumos con proveedores del exterior por debajo de un tope de USD 300 mensuales, que aún está alcanzado por los mismos gravámenes.
Fuentes de cuatro importantes bancos privados le reconocieron a Infobae este martes que la venta de dólar “ahorro” estuvo demorada por la adaptación del sistema a las nuevas medidas cambiarias. “La gente compra dólar ahorro los primeros días del mes, no hay quejas”, indicó un vocero de una de las entidades. “Estamos en esta situacion exacta. Se espera hoy tener todo regularizado”, añadió otra de las fuentes.
El dólar “ahorro” o “solidario” se paga a $284,65 en el promedio de bancos, antes del cobro de impuestos. Con la nueva carga tributaria los ahorristas desembolsan $498,14 por dólar, todavía el precio más barato del mercado, debido a que el dólar MEP, la paridad que se obtiene por medio de acciones y bonos, asciende hoy a 501 pesos.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó esta mañana los cambios en el Impuesto PAIS y retenciones a cuenta de otros tributos que empezarán a pesar sobre distintas importaciones y la compra de dólares para ahorro, el “dólar solidario”.
Los cambios en el tratamiento impositivo de las operaciones cambiaria pesaron sobre la compra de dólares en bancos, el cupo de USD 200 que autoriza cada mes la legislación vigente a ciertas personas físicas. Así, en pocos días, el dólar para ahorro subió casi 7% por el mayor castigo impositivo.
Quién no puede comprar
Actualmente hay 12 categorías determinadas por el BCRA que dejan a los particulares fuera del mercado de cambios oficial y, por tanto, sin cupo mensual de USD 200.
- Bajos ingresos: uno de los motivos que pueden limitar el acceso al mercado de cambios, es no contar con capacidad económica suficiente para operar, según los parámetros establecidos por el banco en el que opera cada persona.
- Subsidios: una de las últimas restricciones impuestas por el Gobierno, es que no pueden participar del mercado de cambios oficial quienes solicitaron mantener los subsidios en las tarifas de gas natural, energía eléctrica o agua potable. De hecho, cuando se anunció la medida, miles de usuarios dieron marcha atrás para poder seguir teniendo acceso al dólar oficial.
- Salarios asistidos: una de las condiciones más antiguas y también una de las más restrictivas, tiene que ver con la restricción para quienes hayan cobrado salarios asistidos por las ATP (Asistencia al Trabajo y la Producción). Se debe tener en cuenta que, si el empleador obtuvo el beneficio de ATP, la restricción se encuentra vigente, aunque ya no se perciba o el préstamo haya sido devuelto.
Las causales vinculadas con créditos y refinanciaciones se refieren a todo el sistema y no solo a una entidad. Por eso se debe verificar la situación tanto en la entidad con la que se quiere operar como en el resto de las entidades.
- Compras en el extranjero: Tampoco pueden acceder al mercado de cambios oficial quienes hayan realizado compras con tarjetas de crédito en moneda extranjera por el cupo mensual de USD 200 o más. En caso de que los gastos fuera del país se excedan de los USD 200, la persona no podrá acceder a comprar monedas extranjeras en el mercado oficial hasta que transcurran los meses suficientes para compensar el cupo excedido.
- Refinanciación de tarjetas: están fuera del mercado formal todas las personas que tienen alguna refinanciación de cuotas en las tarjetas de crédito activa.
- Préstamos vigentes: tampoco están habilitados para acceder al cupo de USD 200 las personas que están pagando préstamos prendarios o hipotecarios en UVA con refinanciación.
- Beneficiarios del IFE: así como persiste la prohibición para quienes cobraron sueldos con la asistencia de las ATP, también rige la restricción para quienes recibieron subsidios IFE (Ingreso Familiar de Emergencia).
- Subsidios de PAMI: tampoco las personas que recibieron o reciben subsidios del PAMI están habilitadas para acceder al cupo de USD 200 mensuales.
- Transacciones de títulos: aunque es una restricción menos “masiva” que las anteriores, se debe considerar que no se puede ingresar al mercado oficial de cambios si se hicieron operaciones con títulos valores en los últimos meses.
- Inhabilitación: está prohibida la compra de moneda extranjera para aquellas personas que, mediante las comunicaciones C del Banco Central, fueron oficialmente suspendidas por el organismo.
El Banco Central tiene la facultad de inhabilitar a determinadas personas para acceder al mercado formal de cambios
- Sin registro: para poder comprar dólares oficiales, es condición fundamental tener dado de alta el número de CUIT. Es decir que, si no existe información tributaria en la AFIP, no se tiene acceso al mercado.
- Exceso de compra: si bien no es un limitante de acceso propiamente dicho, el BCRA aclara en su sitio que no pueden acceder al mercado de cambios quienes ya hicieron uso de su cupo mensual de USD 200 y quienes superaron el cupo mensual de USD 100 para adquisiciones en efectivo.
Seguir leyendo: