La AFIP pasó el rastrillo fiscal por agencias de turismo y la Aduana rasuró a un turista que buscó ingresar 21.000 insumos para barberías profesionales

En diferentes controles realizados por los organismos se detectaron casos de evasión impositiva, por un valor total de casi 52 millones de pesos

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Dirección General Impositiva (DGI), recuperó $49.700.000 en concepto del Impuesto PAIS (acronismo de “Para una Argentina Inclusiva y Solidaria”), tras detectar inconsistencias en agencias de turismo de la provincia de Córdoba en su rol como agentes de percepción.

A esa pasada de rastrillo fiscal, la Dirección de Aduanas, el brazo de la AFIP encargado de la fiscalización del comercio exterior, detectó un intento de contrabando de mercadería para peluquería y barbería, por un monto de $2.000.000 en la triple frontera, y decomisó la mercadería.

En en el primer caso, los inspectores del organismo conducido por Carlos Castagneto realizaron acciones de control sobre contribuyentes dedicados a la contratación en el exterior de paquetes turísticos y descubrieron que no ingresaban las percepciones correspondientes al impuesto por la venta de servicios.

Como resultado, se determinó un ajuste de $49.700.000 que fue conformado por los contribuyentes inspeccionados presentando las respectivas declaraciones juradas rectificativas.

Cabe recordar, que el 70% de lo recaudado por el impuesto PAIS, según la ley por la que se creó, debe destinarse a la financiación de financiar programas a cargo de Anses y PAMI, mientras que el 30% restante debe asignarse a la cobertura del costo de obras de vivienda social, del fideicomiso Fondo de Integración Sociourbana, prestaciones del Pami y fomento del turismo nacional.

Intento de contrabando

Mientras tanto, en las últimas horas, agentes especializados de la Dirección General de Aduanas que estaban realizando inspecciones habituales en el Puente Internacional Tancredo Neves, detectaron una serie de irregularidades que derivaron en el secuestro de mercadería de un turista argentino que llegaba desde Paraguay.

El operativo se inició cuando un micro interurbano que recorre Ciudad del Este, Foz do Iguazú y Puerto Iguazú llegó al área de control aduanero. El personal de la Aduana procedió a fiscalizar el ómnibus de la compañía internacional y a los pasajeros.

Durante el control, un ciudadano argentino descendió del vehículo y dijo que provenía de Ciudad del Este, Paraguay. Los agentes aduaneros procedieron a inspeccionar la mochila con la que viajaba el hombre a través de un control no intrusivo: el escáner aduanero.

El equipo tecnológico de la Aduana reveló imágenes que llamaron la atención del personal del organismo: se podían observar una abundancia de bultos metálicos. En ese momento le solicitaron que abriera su equipaje y encontraron una exorbitante cantidad de hojas de afeitar, escondidas entre bultos que transportaba para disimular la carga en infracción.

Los agentes de la Aduana constataron que se trataba de insumos para barberías profesionales y contabilizaron nada menos que 20.800 unidades, con un valor total aproximado de $2.000.000. Por la cantidad, se presume que estaban siendo importadas con fines comerciales.

La totalidad de las hojas de afeitar fueron incautadas por constituir una transgresión al Régimen de Equipaje. En ese marco, la Aduana podría aplicar una multa de $6.000.000, en los términos que establece el artículo 977 del Código Aduanero.

Delito cripto

Cabe recordar, además, que el viernes la Aduana desbarató también una maniobra de contrabando de placas de minado de criptomonedas. Desde el organismo informaron que dos camiones llegaron a la Argentina en tránsito desde Uruguay hasta Paraguay y al momento de ingresar declararon llevar accesorios de electrónica valuados en cerca de USD 150 mil.

No obstante, el control de los agentes aduaneros descubrió que la carga no correspondía a los insumos informados, sino a placas de minado de criptomonedas, valuadas en más de USD 825 mil, más de cinco veces lo declarado.

“Ante la evidencia de que las declaraciones presentadas habían sido inexactas, la Dirección General de Aduanas resolvió la interdicción de la mercadería y de los medios de transporte. En los términos del artículo 954 del Código Aduanero, cabría, en forma combinada, una multa mínima de $211.854.510″.

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