La AFIP vigila tus bienes: el organismo fiscal intimó a 5.000 contribuyentes a declarar su patrimonio en el exterior

La agencia de recaudación inició una campaña de inducción para que las personas con bienes en el extranjero los declaren en sus presentaciones juradas de Bienes Personales y Ganancias que vencerán este mes

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(Foto: AFIP)
(Foto: AFIP)

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) intimó a 5.000 contribuyentes para que declaren de forma correcta todos los bienes que poseen en el exterior en la declaración jurada de Bienes Personales y exterioricen las rentas derivadas de esos bienes en la declaración del impuesto a las ganancias próximas a vencer durante junio.

La agencia de recaudación informó que “por medio de la utilización de las nuevas tecnologías así como de los acuerdos de intercambio de información que viene realizando con diversos países, las áreas de fiscalización especializadas buscan detectar y corregir situaciones que podrían derivar en incumplimientos fiscales, a un bajo costo operativo y con un alto impacto respecto del riesgo asociado”.

Las tareas de fiscalización y control responden a decisiones del organismo conducido por Carlos Castagneto para reforzar los ingresos fiscales provenientes de sectores de la población con mayor poder adquisitivo. En ese marco, la AFIP inició una campaña de inducción para que las personas que cuentan con bienes en el exterior los incluyan en las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales y Ganancias próximas a vencer durante este mes de junio, correspondientes al período fiscal 2022.

La Ley de Procedimiento Tributario establece, en caso de corresponder, la aplicación de multas y sanciones por la falta de cumplimiento de las obligaciones fiscales.

La semana pasada, la AFIP postergó el vencimiento de la presentación de la declaración jurada y del pago de Ganancias y Bienes Personales. El organismo tributario aplazó 10 días la finalización de este trámite tras un pedido de los contadores porteños.

Las nuevas fechas para la presentación de las declaraciones juradas son ahora el 22 de junio para los CUITs terminados en 0, 1, 2 y 3; un día después, el 23, para los que finalizan en 4, 5 y 6; y el lunes 26 de junio para los que terminan 7, 8 y 9. La fecha de pago serán, respectivamente, 23, 26 y 28 de junio.

Los contadores habían solicitado recientemente una prórroga de esas fechas, que en el calendario original arrancaban el 10 de este mes, es decir, esta semana. Una de las razones que esgrimió el Consejo de Ciencias Económicas es que “del 9 al 13 del mismo mes, están venciendo entre otras las siguientes obligaciones: Libro Sueldos Digital; Formulario 931; SIRE P. Fiscal; SICORE Período Fiscal 05/2023.

“En virtud del objetivo permanente de esta Administración Federal de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, deviene oportuno extender el plazo para que los contribuyentes y/o responsables comprendidos en las normas mencionadas en el primero y el segundo párrafo del considerando, realicen la presentación de la declaración jurada e ingresen el saldo resultante de los mencionados gravámenes”, mencionó la AFIP.

Asimismo, el organismo recordó que las declaraciones juradas de Ganancias y del impuesto Cedular se realizan a través del servicio con clave fiscal “Ganancias Personas Humanas–Portal integrado”. En el caso de Bienes Personales, la presentación se realiza mediante el servicio web con clave fiscal “Bienes Personales Web”.

La presentación de las declaraciones juradas informativas del Ganancias y Bienes Personales vence el 30 de junio. Están obligados a pagar y presentar Bienes Personales aquellos que posean bienes gravados que superen al 31 de diciembre de 2022 los $11.282.141,08 millones.

Los aplicativos estuvieron disponibles el 17 de marzo, 90 días antes de los vencimientos que operan este mes. Entre las principales novedades se incorporó la búsqueda predictiva de rubros para identificar rápidamente el campo donde suministrar la información, la carga automática (mediante la importación de datos) de los pagos a cuenta correspondientes al impuesto a los débitos y créditos en cuentas bancarias en la declaración jurada del impuesto a las Ganancias para personas humanas y un rubro específico para declarar las monedas digitales, monedas virtuales, criptoactivos y similares.

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