Monotributo 2023: cuáles serán los topes de las nuevas escalas a partir de julio

El mes próximo se actualizarán los valores y condiciones para pertenecer a cada categoría. Cuánto se podrá ganar y cuánto se deberá pagar

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(Foto: AFIP)
(Foto: AFIP)

A partir de julio todas las escalas de monotributo tendrán un incremento del 41,5% en sus topes de ingresos brutos anuales. La medida apunta a generar alivio fiscal a 4.781.614 contribuyentes de todo el país.

El porcentaje de suba surgió de la evolución del índice de movilidad jubilatoria (17,04% en marzo y 20,92% en junio), que da un resultado acumulado del 41,5%.

El aumento en las escalas se produce en julio precisamente porque es el mes donde los monotributistas deben recategorizarse, dado que los períodos de recategorización se producen cada seis meses.

La escala oficial dada a
La escala oficial dada a conocer por Economía

De esta manera, a partir de las modificaciones que comenzarán a regir en el mes de julio, los ingresos brutos de la categoría A pasarán de $ 999.657,23 a $ 1.414.762,58; en la B de $ 1.485.976,96 a $ 2.103.025,45; en la C de $ 2.080.367,73 a $ 2.944.235,60; en la D de $ 2.583.720,42 a $ 3.656.604,33; en la E de $ 3.042.435,05 a $ 4.305.799,15; en la F de $ 3.803.043,82 a $ 5.382.248,94; en la G de $ 4.563.652,57 a $ 6.458.698,71; y en la H de $ 5.650.236,51 a $ 7.996.484,11.

En esta línea, la categoría I subirá de $ 6.323.918,55 a $ 8.949.911,06; la J de $ 7.247.514,92 a $ 10.257.028,68; y la K de $ 8.040.721,19 a $ 11.379.612,01.

En tanto, la cuota mensual -- los importes a pagar por el impuesto integrado y por los aportes a la obra social y al sistema jubilatorio-- se mantienen sin cambios, para las distintas categorías.

Con este nuevo aumento en los topes de facturación, los límites de ingresos brutos anuales de cada categoría quedan de la siguiente manera:

  • Categoría A: pasa de $ 999.657 a $ 1.414.762
  • Categoría B: pasa de $ 1.485.976 a $ 2.103.025
  • Categoría C: pasa de $ 1.557.443 a $ 2.944.235
  • Categoría D: pasa de $ 2.583.720 a $ 3.656.604
  • Categoría E: pasa de $ 3.042.435 a $ 4.305.799
  • Categoría F: pasa de $ 3.803.043 a $ 5.382.248
  • Categoría G: pasa de $ 4.563.652 a $ 6.458.698
  • Categoría H: pasa de $ 5.650.236 a $ 7.996.484
  • Categoría I: pasa de $ 6.323.918 a $ 8.949.911
  • Categoría J: pasa de $ 7.247.514 a $ 10.257.028
  • Categoría K: pasa de $ 8.040.721 a $ 11.379.612

En la actualidad, existen 4.781.614 de monotributistas, de los cuales 2.894.352 pertenecen a la categoría A; 642.137 a la B; 359.565 a la C; 350.964 a la D; 180.989 a la E; 185.074 a la F; 107.562 a la G; 49.608 a la H; 7.471 a la I; 2.575 a la J; y 1.317 a la K, detallaron fuentes del Ministerio de Economía.

¿Tengo que recategorizarme en el monotributo?

En julio regirá el período para la recategorización obligatoria de todos los contribuyentes. Es el trámite por el cual cada monotributista debe observar la facturación de los 12 meses previos y, en caso de ser necesario, reubicarse en la tabla de las categorías acorde a los ingresos.

Según datos del Gobierno, hay
Según datos del Gobierno, hay 4.781.614 monotributistas en el país.

Para evaluar si corresponde una recategorización se debe tener en cuenta la actividad de los últimos 12 meses respecto a la facturación o alguno de los otros parámetros utilizados para el encasillamiento como la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica.

Si los parámetros analizados superan o son inferiores a los de la categoría vigente corresponde realizar la recategorización. Y el importe correspondiente a la nueva categoría se abonará al mes siguiente a la recategorización.

Por otro lado, si transcurrieron menos de 6 meses de la inscripción en el monotributo no corresponde hacer la recategorización. En tanto, aquellos monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción.

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