
La Justicia habilitó el embargo de activos en billeteras digitales con criptomonedas de personas acusadas de robar información fiscal vinculada al blanqueo fiscal desarrollado en el gobierno de Mauricio Macri.
Se trata de una decisión de la Cámara de Casación Penal, que confirmó un fallo de primera y segunda instancia al declarar “inadmisibles los recursos de casación interpuestos por las defensas particulares” de los acusados.
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La Cámara Federal había dictado el embargo preventivo de las criptomonedas que los acusados “registran en las empresas Binance y Ripio, procediéndose al bloqueo de sus cuentas y billeteras virtuales, medida esta que deberá ser llevada a cabo por la Fiscalía interviniente con la colaboración de la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia”. La decisión fue firmada por los jueces de Casación Daniel Petrone, Juan Carlos Gemignani y Mariano Borinsky.
Los abogados habían expresado que “no se acreditaron cuáles serían las razones que permitirían fundamentar que esos bienes resultarían ser el producido de los supuestos delitos investigados en la causa de referencia”, es decir, el robo de datos del blanqueo desarrollado en el gobierno de Cambiemos.
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Casación recordó que “la presente causa, en trámite por ante el Juzgado Criminal y Correccional Federal Nro. 6 de esta ciudad, tuvo su origen a partir de la extracción de testimonios de lo actuado en causa caratulada “K., S. H. y otros s/violación de Secretos y Asociación Ilícita”.
A los autores, que formaban parte de la AFIP, se los acusó de ser responsables del delito de asociación ilícita “en carácter de jefe u organizador, en concurso real con el delito de violación de secretos en calidad de partícipe necesario”.
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Funcionarios de la AFIP, según la Justicia, formaron parte “de manera sistemática y coordinada, proporcionaron datos secretos del referido organismo” concordantes a cambio de diversas “sumas de dinero que eran distribuidas entre distintos agentes, a un grupo de empresas que giran con el nombre ‘ADS’ (dedicadas a la comercialización de Reportes con datos financieros) de información amparada por el secreto fiscal”.
Estos datos se ofrecían y comercializaban en el mercado “compartiendo entre los miembros de la organización los beneficios económicos que percibía la empresa”.
“Los funcionarios públicos se valían de sus cargos administración y/o de sus conocimientos técnicos especializados en materia informática, para desarrollar herramientas informáticas que les permitían acceder a información confidencial sin dejar rastros de sus accesos, e incluso hacerlo de manera remota”, recordó el Tribunal.
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Caso testigo
El abogado experto en impuestos Diego Fraga expresó a Infobae que “es un caso del cual pueden obtenerse datos muy interesantes: el primero de todos es que tanto el Ministerio Público Fiscal como la Justicia Federal analizaron -por primera vez, según surge de las sentencias que se publican- bienes que habían sido ingresados en un régimen legal de blanqueo a efectos de disimular su presunto origen delictual”.
“Esto es muy importante porque, en general, cuando se aprueba un blanqueo impositivo, aunque se incluyan cláusulas tendientes a evitar que se blanqueen activos provenientes de otros delitos (por ejemplo, corrupción, narcotráfico, u otros), en la práctica los controles son prácticamente inexistentes por parte del Estado”.
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En este caso, “se llegó a la detección de los fondos a raíz de una causa previamente iniciada por asociación ilícita”.
“Otra cuestión interesante que surge de esta causa es -además de las consecuencias derivadas de la investigación penal- es el posible decaimiento del blanqueo impositivo por esta causal del origen de los fondos”, aclaró Fraga.
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También resulta novedosa “la medida cautelar trabada por la Justicia sobre criptoactivos de los acusados, en este caso, alcanzando a exchanges con operaciones en la Argentina (Ripio y Binance)”. Finalmente, “otro punto trascendente a destacar es que la causa penal se había iniciado debido a una asociación ilícita que comerciaba con información protegida por el secreto fiscal, lo que denota la fragilidad de toda la información sensible en poder del fisco”.
“Afortunadamente, en este caso se ha podido investigar y enjuiciar a los presuntos responsables de este uso peligroso de los datos tributarios”, destacó Fraga.
Los antecedentes
El caso se inició por la filtración de datos del sinceramiento fiscal que fueron publicados en el diario Página 12 del 27 de agosto de 2017, que había firmado el periodista Horacio Verbitsky, respecto de cinco contribuyentes del entorno o familiares de altos funcionarios del Poder Ejecutivo, relata la resolución de la Cámara Federal. Entre ellos estaba Gianfranco Macri, hermano del presidente en aquel entonces.
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La AFIP lo denunció, según informó Infobae: “Hizo saber que era el único organismo que tenía registro de cuestiones como el monto exteriorizado, la alícuota aplicable, la composición de los bienes exteriorizados, las fechas de corte y los pagos. Todos, con algunas imprecisiones, figuraban en la nota periodística”.
De esta manera, “comenzó una auditoría interna por parte de la AFIP para averiguar de dónde había surgido la filtración y se extrajeron copias de las computadoras usadas por funcionario y empleados. Las pruebas apuntaron a Alejandro Adducci, entonces jefe de la Sección Informática de la AFIP; y Martín del Cuadro, jefe del Departamento de Desarrollo de Informática y Fiscalización, que tenían en sus ordenadores una suerte de aplicación encubierta para acceder a información secreta de la AFIP.
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“Eran los únicos que podían acceder al sistema. Ningún otro agente”, se indicó. A ellos, señaló la causa, se les sumaría Sebastián Karamanian, entonces jefe de División de Desarrollo de Sistemas de Selección y Seguimiento de Fiscalización, quien consultó la base de datos de sinceramiento el 13 de junio de 2017, a través de un puente virtual, desde un punto exterior al organismo y con un usuario que no le correspondía.
El blanqueo realizado en el gobierno anterior logró captar USD 110.000 millones, la mayor suma en una medida de esta naturaleza en la Argentina.
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