El oficialismo de la Cámara de Diputados logró darle media sanción al proyecto de ley que crea el Régimen Simplificado y Cambiario para Pequeños Contribuyentes Tecnológicos, que habilita a cobrar hasta 30.000 dólares por año en concepto de exportación de servicios sin obligación de liquidarlos en el Mercado Único de Cambios.
La iniciativa impulsada por el Ministerio de Economía, también conocida como “monotech”, cosechó 111 votos positivos, 11 negativos y 85 abstenciones. El Frente de Izquierda y el grueso de Juntos por el Cambio se abstuvieron.
Según el proyecto, si se aprueba, quienes adhieran voluntariamente a este régimen cambiario especial deberán pagar al fisco mensualmente una cuota (que incluye en un único monto el impuesto integrado, los aportes jubilatorios y la obra social) de acuerdo a un esquema de escalas diferenciadas.
Un dato llamativo del régimen de “Monotributo Tech”, es que alcanza también a jugadores que desarrollan competencias profesionales de deportes electrónicos o “e-sports”.
La letra chica
En el artículo 1° del proyecto de ley que obtuvo media sanción en Diputados se especifica qué actividades estarán incluidas en el beneficio del Monotributo Tech. En concreto, aclara que “debe tratarse de actividades desarrolladas en el país cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el exterior”.
También quedan comprendidos en el presente régimen los “Pequeños Contribuyentes que participen en competiciones organizadas a nivel profesional”. Es ese punto el que incluye a gamers profesionales.
El artículo n° 2 es el que le pone tope a la facturación mensual permitida para poder acceder al beneficio. “Los ingresos brutos devengados por tales conceptos en los doce meses calendario inmediatos anteriores a la fecha de adhesión al mono tech deberán ser “inferiores o iguales” al equivalente a 30 mil dólares.
Así mismo, se aclara que se deberá cumplir la misma condición para permanecer en el monotech con relación a la suma de tales ingresos brutos devengados en los últimos doce meses inmediatos anteriores a la obtención de cada nuevo ingreso bruto, incluido este último. Dicho de otra forma, no solo se tomará como referencia el año calendario, sino que el contribuyente deberá mantenerse siempre dentro del rango de USD 30 mil anuales, contando doce meses hacia atrás.
El monotech propone cuatro categorías. Las primeras tres serán para quienes no están adheridos al monotributo “local”. La primera incluirá a aquellos contribuyentes que exporten servicios por hasta USD 10.000 anuales (unos USD 833 por mes). La “categoría 2″ contemplará a quienes facturen hasta USD 20.000 por año (1.666 dólares por mes). Por último, la categoría más alta será la que tenga habilitada hasta una facturación anual de USD 30.000, es decir 2.500 dólares por mes. La cuarta categoría es la que corresponde a la integración con otras actividades.
El monto mensual que pagará cada categoría del monotech tiene su “equivalencia” en las escalas del monotributo doméstico. Por lo tanto, la categoría 1, la que factura hasta USD 10.000 anuales, tendrá que pagar el equivalente al tributo integrado (sin contar aportes al SIPA o de obra social) de la escala D, que desde enero abona $9.245,06 por mes; la segunda categoría, con tope de USD 20.000 por año, deberá pagar el monto integrado de los inscriptos a la F, que tras la última actualización pasó a ser de $15.712 mensuales. Por último, quienes queden contemplados en la categoría 3 abonarán el equivalente a la escala H, cuyo valor es de $31.347.
Por su parte, los contribuyentes que se anoten en el monotech, pero que a su vez estén también bajo el monotributo local (es la cuarta categoría que establece el proyecto de ley, deberán sumarse al impuesto integrado de la categoría H, es decir, de $20.460, salvo que su inscripción sea en escalas más altas como la I, J o K, que tienen montos más altos. En esos casos, se respetarán dichas escalas.
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