A la par que avanza la tecnología para facililtar la vida de las personas, también el trabajo de las agencias de recaudación del mundo se vuelve más simple. Por caso, el uso del celular no es sólo una gran herramienta de comunicación sino también de geolocalización de sus portadores para, entre otras cosas, determinar su residencia fiscal. Eso es lo que ocurre en España desde mediados del año pasado cuando la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), el equivalente a la AFIP argentina, decidió iniciar una vigilancia de los contribuyentes a través de la localización de los teléfonos móviles. El objetivo orginal apuntaba a cobrar un nuevo impuesto, denominado la “tasa Google” en ese país, aplicable a las compras digitales que no tuvo mayor éxito recaudatorio. Sin embargo, la información resultante demostró ser de un gran valor para otros menesteres del ente recaudador.
Tras siete meses de aplicación, el diario español Expansión explicó cómo es el mecanismo por el cual, a la manera de un Gran Hermano fiscal, en España los móviles son parte del dispositivo montado por la agencia estatal de impuestos para determinar dónde vive y, por ende, dónde debe tributar un contribuyente. El uso de tarjetas de crédito, el rastreo de redes sociales y las facturas de servicio de las propiedades complementan la información que aporta la ubicación del teléfono en determinado período de tiempo.
Así, la Agencia Tributaria elabora los expedientes a los que tuvo acceso la publicación española. “A través del movimiento las tarjetas de crédito, el consumo del teléfono y las compras de billetes queda acreditada su permanencia en España”, cita el artículo de Expansión, donde se explica que a continuación los informes del ente despliegan una suerte de calendario en colores diferentes que establecen los días en que los contribuyentes han estado en el país, para los que se usa el azul. En rojo se indican los días en que el contribuyente ha permanecido en el lugar de residencia fiscal mientras que en naranja se indican los días de estadía en terceros países. Por ejemplo, un expediente concluye que un contribuyente “ha estado 282 días en España”, por lo que le corresponde entonces tributar en ese país.
“El roaming de su teléfono confirma que las llamadas se hacían desde España. Consideramos sobradamente probados los requisitos para ser considerado residente en el territorio español”, sentencia el informe final de la investigación que, según el diario español, son cada vez más habituales. “Las actuaciones que lleva a cabo la AEAT para determinar la residencia fiscal de las personas físicas como consecuencia de su presencia regular en nuestro país vienen resultando en los últimos meses cada vez más frecuentes, basadas en el análisis automático de ingentes cantidades de información”, explicó Siro Barro, tributarista español a cargo del Departamento de Derecho Fiscal del estudio Escalona&De Fuentes.
Aunque se desconoce con precisión la información que es utlizada, el especialista recuerda que las empresas que facturan más de 6 millones de euro deben informar a Hacienda, de manera detallada y casi inmediata sobre cada una de las facturas que emiten, lo que incluye los datos de identificación del cliente y la compra de bienes o consumos realizados, como los servicios de luz, agua, gas o teléfono. De ahí que para la agencia recaudadora española resulte relativamente “sencillo” rastrear la ubicación de los contribuyentes.
Otro experto, Alejando del Campo, socio de DMS Legal Intelligence de Mallorca, aclara que ente impositivo no sólo rastrea a personas de gran patrimonio o potenciales grandes contribuyentes que han mudado su residencia fiscal sino también a “personas modestas”. Por ejemplo, afirma Del Campo, a jubilados que han decidido vivir en otro país pero pasan parte del año en España. “Estamos viendo que la AEAT pelea cada vez más la residencia fiscal con clientes modestos, a los que apenas reclama unos 10.000 o 20.000 euros”, aportó el especialista consultado por Expansión.
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