Cómo saber si el Banco Central inhabilitó tu cuenta en dólares

Los clientes bancarios tienen que tener presente las condiciones del BCRA para que una cuenta en moneda extranjera deje de estar operativa

Para operar en dólares hay que tener en cuenta la normativa vigente.

Todo aquel que tenga una caja de ahorro en dólares en el banco debe tener en cuenta la normativa vigente, pues la misma puede quedar inhabilitada para operar si en ella no se registran movimientos en el transcurso de los 180 días.

Sucede que por lo establecido en la Comunicación “A” 7072 del Banco Central, con fecha 16 de julio del año 2020, se dispuso que en el marco de la política “conozca a su cliente” se les pide a los bancos tomar recaudos especiales de manera previa a la efectivización de una transferencia, a los fines de “minimizar el riesgo, particularmente con respecto a las cuentas” que presenten algunas de las siguientes características:

1) Cuentas de destino que no hayan sido previamente asociadas por el originante de la transferencia a través de cajeros automáticos, en sede de la entidad financiera o por cualquier otro mecanismo que ella considere pertinente.

2) Cuentas de destino que no registren una antigüedad mayor a 180 días desde su apertura.

3) Cuentas que no hayan registrado depósitos o extracciones en los 180 días anteriores a la fecha en que sea ordenada la transferencia inmediata.

4) Cuentas de destino nominadas en moneda extranjera a partir de una segunda transferencia recibida durante el mes calendario, las entidades receptoras deberán diferir la acreditación hasta eliminar cualquier sospecha de incumplimiento normativo en lo que refiere a la compra de moneda extranjera por parte de personas humanas residentes para la formación de activos externos. Para ello, podrán requerir al cliente receptor que justifique el motivo de la transferencia. El diferimiento previsto no podrá exceder las 13 horas del día hábil siguiente.

El Banco Central indicó que “en caso de no producirse la justificación del movimiento en el término previsto, la entidad receptora deberá proceder al rechazo de la transferencia. La entidad podrá exceptuar aquellas cuentas que por su propia actividad puedan justificar la recurrencia de esta operatoria”.

Una fuente de la banca privada precisó que “esto no implica una inhabilitación de la caja de ahorros sino que para recibir fondos debe cumplirse con esas exigencias o particularidades. En forma adicional a lo precedente si una persona hubiera excedido el límite de compra de los USD 200 mensuales el BCRA inhabilita la operatoria de compra venta, hasta tanto se regularice, pero no la cuenta”, acotó.

¿Cómo verificar si mi cuenta en dólares está bloqueada?

¿Cómo hacer para verificar si la cuenta en dólares está bloqueada e imposibilitada para hacer transferencias? Pues es muy sencillo: se hace una transferencia desde otra cuenta a la cuenta de nuestra titularidad. Si la misma está inhabilitada, no se permite la operación y tira un “mensaje de error”.

Cuenta no habilitada

“No se trata, en ningún caso, de una inhabilitación o cierre de cuenta ordenado por el BCRA, sino más bien recaudos de seguridad que deben observar las entidades, tanto para transferencias de moneda extranjera como de moneda nacional”, comentó a Infobae una fuente del mercado. “La habilitación o no para operar en el mercado de cambios no depende de la certificación del ANSeS, ni es este el organismo que determina quienes se encuentran habilitados y quiénes no”, agregó.

¿Quiénes pueden comprar dólar “ahorro”?

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) permite que sus beneficiarios puedan realizar diversos trámites y consultas a través de “Mi ANSES”, la página web oficial del organismo previsional.

Entre las consultas a realizar, los titulares de cualquier prestación pueden chequear si tienen acceso a la compra mensual de USD 200 del dólar “ahorro” o “solidario”, al que se le aplica un 30% de carga por el Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS) más un 35% como adelanto del pago del Impuesto a las Ganancias.

Cualquier persona puede chequear si está habilitada para comprar dólar ahorro al tramitar el comprobante de Certificación Negativa. Si al ingresar los datos aparece la notificación “No es posible emitir la certificación negativa”, significa que se podrá acceder a la compra de dólar ahorro.

La Certificación Negativa es un comprobante que emite Anses y tiene una validez de 30 días Télam

La Certificación Negativa es un comprobante que emite Anses y tiene una validez de 30 días ¿Cómo se obtiene?

1) Entrar a la página oficial de Anses.

2) Seleccionar en el inicio la opción de “Certificación negativa”.

3) Hacer click en “Ingresar a la consulta”.

4) Colocar número de CUIL y período a consultar. Recordá que se puede consultar por un período dentro de los últimos 6 meses y no anterior.

5) Si no se registra ninguna de las prestaciones mencionadas antes, figurará el listado completo y el mensaje: “Es posible emitir la certificación” o “No es posible emitir la certificación”.

6) Se deberá hacer click en “descargar constancia” para obtener la certificación, e imprimirla de ser necesario.

Es muy importante tener en cuenta que para obtener la Certificación Negativa hay que dejar constancia de que el ahorrista no integra los siguientes grupos, que quedan impedidos de comprar dólar “solidario”:

1) Quienes operaron dólares financieros (dólar MEP o dólar CCL) en los últimos 90 días.

2) Los que cobraron su último salario a través de los programas de Asistencia a la Producción y el Trabajo (ATP) y Programa de Recuperación Productiva 2 (Repro 2).

3) Los que cobraron prestaciones sociales de ANSES: Asignación Universal por Hijo (AUH), por Embarazo (AUE), Pensión No Contributiva (PNC)

4) Monotributistas que tengan en curso créditos a tasa subsidiada (tasa cero).

5) Personas sin ingresos estables registrados.

6) Cotitulares de cuentas bancarias.

7) Individuos que gastaron con tarjeta su cupo de 200 dólares. Esto incluye, por ejemplo, el pago de Netflix o Spotify en dólares.

8) Quienes tengan un plan de pago a 12 cuotas por deudas con tarjeta de crédito.

9) Personas que refinanciaron con bancos sus deudas por créditos personales, prendarios o hipotecarios.

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