Con el envión del acuerdo fiscal con EEUU, la AFIP busca “cuentas espejo” de argentinos en ese país

Se trata de contribuyentes que tienen algunos activos declarados y otros no; aclaran el alcance de los convenios fiscales firmados con Washington

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Carlos Castagneto, titular de la
Carlos Castagneto, titular de la AFIP

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) busca acelerar el cruce de datos para detectar cuentas bancarias no declaradas de los argentinos en Estados Unidos.

En particular, el titular de la Dirección General de Aduanas, Guillermo Michel, explicó que se trata de detectar “cuentas espejo”, es decir, dos cuentas bancarias: una cuenta declarada A y una cuenta B, sin declarar, del mismo contribuyente.

Además, se aclaró que “contrario a lo que se ha instalado, el acuerdo de intercambio de información financiera que la Argentina firmó con EEUU, que entró en vigor a partir del 1 de enero del presente año, no implica que nuestro país no pueda acceder a información y datos anteriores a la mencionada fecha”.

“Esto es porque, previo al IGA —por las siglas en inglés: Intergovernmental Agreement— rubricado el 5 de diciembre de 2022, la Argentina ya tenía otro Acuerdo con el país norteamericano, en virtud del cual podía intercambiar información con una dinámica caso por caso. Aquél pone a disposición de la AFIP los datos financieros de ciudadanos argentinos con sólo solicitárselos a la administración tributaria estadounidense, la IRS”.

Guillermo Michel y Carlos Castagneto
Guillermo Michel y Carlos Castagneto

Se trata del acuerdo firmado en el gobierno de Mauricio Macri con el Tesoro de Estados Unidos durante la administración de Donald Trump.

En efecto, informaron las fuentes oficiales, “el acuerdo nuevo, enmarcado en la Ley de Cumplimiento Fiscal de Cuentas Extranjeras (Fatca, por sus siglas en inglés), le permitirá a la AFIP acceder a información financiera de ciudadanos argentinos a nivel masivo, a partir de lo cual trabajará en establecer perfiles de riesgo. Detectados los casos que despierten sospechas de evasión, la Argentina podrá pedir información tributaria desde 2018 a la IRS”.

En este sentido, indicaron que “justamente, la principal estrategia en este momento consiste en identificar grupos de contribuyentes argentinos cuyas características permitan inferir que tienen cuentas espejo en EEUU —es decir, dos cuentas bancarias: una cuenta declarada A y una cuenta B, sin declarar. Los agentes de la AFIP saben que muchos bancos les ofrecían a sus clientes esquemas en los que la cuenta A (declarada) tenía vinculada una tarjeta de crédito para consumos, mientras que la cuenta B (secreta) funcionaba como cuenta custodia, para colocar bonos del Tesoro y activos financieros no declarados frente al fisco”.

De este modo, “esta nueva línea de trabajo de la Administración Federal de Ingresos Públicos volverá especialmente atractiva para los contribuyentes la ley de blanqueo de capitales que el Gobierno buscará tratar en el Congreso”, aclararon.

Qué dicen los tributaristas

En 111 de los 113 tratados explicitados por el IRS bajo el formato como el que rubricó con la Argentina la fecha de inicio es junio o noviembre de 2014, independientemente del año en que se firmó el convenio, lo que implica el límite a la retroactividad en el flujo automático de información. Una de las excepciones es la Argentina.

“Eso no sucede para la Argentina y para Vietnam. Significa que no va a haber información automática retroactiva. Esto implica que a estos dos países no ha querido enviar información retroactiva, no obstante está vigente la posibilidad de información a requerimiento, algo que Estados Unidos podrá contestar o no”, explicó el tributarista y CEO de SDC Asesores Tributarios Sebastián Domínguez.

De este modo, convivirán 2 acuerdos: por un lado, el del 2016, que se implementó en 2018 y permite que el Gobierno haga requerimientos individuales y, según manifestó, grupales; y, por el otro, el Fatca modelo 1, que le permitirá al país recibir información del 2023 a partir de septiembre del 2024. El equipo económico trata de destacar que ambos están vinculados y permitirán acrecentar de una u otra manera la base de recaudación de la AFIP.

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