Acuerdo con EEUU: la AFIP estableció el mecanismo que pondrá en marcha el intercambio con el IRS en 2023

La reglamentación, que era el requisito para aplicar el acuerdo firmado entre ambos países, permitirá conocer los datos de ciudadanos argentinos o estadounidenses que tengan activos en la otra jurisdicción desde 2024; qué datos se girarán

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Los bancos deberán poner la
Los bancos deberán poner la información a disposición del ente recaudador el 30 de junio de cada año (AFIP)

El Gobierno aceleró los últimos trámites para que el acuerdo de intercambio automático de información tributaria con Estados Unidos comience a regir en 2023 y el país reciba así los datos a partir del 2024. Se trata recíproco, por el que las cuentas de los argentinos en el sistema financiero estadounidense pasarán a ser más accesibles para el fisco argentino.

Con una resolución general, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) también estableció el mecanismo mediante el cual los bancos argentinos deberán informar anualmente la información fiscal de personas estadounidenses que posean cuentas en la Argentina. Hasta ahora, este envío se hacía en forma directa al IRS y ahora se canalizará a través de la AFIP.

“La reglamentación es el resultado del acuerdo firmado para intercambiar, de manera automática entre los dos países, los datos de ciudadanos argentinos o estadounidenses que tengan activos en la otra jurisdicción, con el objetivo de desarticular eventuales maniobras de evasión y elusión fiscal por medio del ocultamiento o la subdeclaración de bienes”, informó el ente recaudador argentino que conduce Carlos Castagneto.

“La reglamentación es el resultado del acuerdo firmado para intercambiar, de manera automática entre los dos países, los datos de ciudadanos argentinos o estadounidenses que tengan activos en la otra jurisdicción”

Según explica la comunicación oficial, a partir de ahora las entidades financieras argentinas tendrán que remitir una vez por año a la AFIP la identificación del titular de la cuenta, el saldo o valor de la misma al finalizar el año calendario o al momento inmediatamente anterior si fue cerrada, y los intereses o dividendos obtenidos con esas inversiones. Los procedimientos se diferencian según se trate o no de cuentas preexistentes a la fecha de entrada del acuerdo, si pertenecen a personas humanas o jurídicas, y el monto de los saldos.

“La AFIP estableció que la información debe ser remitida por las entidades financieras hasta el 30 de junio del año siguiente al que corresponde el reporte. De esta forma, el organismo enviará la información al Internal Revenue Service (IRS) como máximo hasta el 30 de septiembre de cada año”, detalló el organismo.

Además, la AFIP recibirá de manera similar por parte de su par estadounidense la información fiscal relativa a argentinos que posean activos en ese país.

Por otro lado, la AFIP recordó cómo son los términos generales de la información que remitirá Estados Unidos a a la Argentina, conforme surge de los términos del Acuerdo FATCA.

Respecto de cada cuenta reportable, el fisco argentino contará con información como la identificación del titular de cuenta; número de cuenta; identificación de la entidad financiera; monto bruto de intereses o dividendos pagados en la cuenta; monto bruto de otras fuentes de ingresos de origen americano acreditados en la cuenta.

“La AFIP estableció que la información debe ser remitida por las entidades financieras hasta el 30 de junio del año siguiente al que corresponde el reporte”

Argentina tendrá disponibles esos datos el 30 de septiembre del año siguiente al del reporte.

Según establece el pacto, EEUU deberá remitir una nota a Argentina que dé cuenta del cumplimiento de los correspondientes estándares de seguridad de la información y de la infraestructura para el intercambio automático.

La AFIP indicó que “los procedimientos se diferencian, por un lado, según se trate de cuentas preexistentes (que son aquellas existentes a la fecha de entrada en vigencia del Acuerdo FACTCA) o cuentas nuevas (las que se abren con posterioridad) y, por otro lado, según se trate de cuentas de personas humanas o de entidades”.

También se diferencian los controles para cuentas con saldos entre USD 50.000 y USD 1.000.000.- (a las que se denomina cuentas de “Menor Valor”), de aquellas que superan este último monto (a las que se denomina cuentas de “Mayor Valor”) y que requieren un procedimiento de revisión reforzada”.

El 5 de diciembre se firmó el acuerdo entre ambos gobiernos, a través del ministro Sergio Massa y el embajador Marc Stanley, que fue publicado por el Tesoro esta semana. Allí quedan claros los ejes: la información brindada lógicamente no será retroactiva, arrancará con el período fiscal 2023 y llegará en 2024, abarcará a Delaware igual que al resto de los estados de EEUU, es para personas físicas e implica un tajante compromiso para que no haya filtraciones de los datos.

De este modo, esta poderosa base de datos comenzará a llegar en el próximo gobierno, que contará con una sólida fuente, como ocurre con otros acuerdos bilaterales y el de la OCDE, para reducir las vías de evasión, un objetivo apoyado por el Fondo Monetario Internacional (FMI) y, por lo visto, por el Tesoro de EEUU, pese a las vagas especulaciones de algunos asesores con escaso rigor técnico.

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