Por una nueva disposición, las estaciones de servicio deberán retirar las imágenes de los códigos QR -ubicados en columnas, carteles o postes- que se encuentren ubicados cercanos a las áreas de los surtidores y reubicarlos en otros sectores. Aunque la modalidad de pago podrá seguir disponible en esos otros puntos del establecimiento. La medida generó polémica entre los dueños de las estaciones de servicios, ya que en los últimos años las ventas a través de billeteras y pagos electrónicos con QR escaneables tuvieron un importante crecimiento.
Aníbal Mellano, director nacional de Refinación y Comercialización, explicó los motivos por lo que se decidió eliminar el símbolo QR en las islas de carga de combustibles de las expendedoras. “En las áreas clasificadas no está permitido utilizar dispositivos electrónicos que no tengan la categoría de antiexplosivos. Y el código QR induce a la gente a usar el teléfono cerca de los surtidores. Pero esto no implica que no se pueda colocar en otras zonas del establecimiento, como por ejemplo las tiendas de conveniencia”, dijo el funcionario al medio especializado Surtidores.com.
“En las áreas clasificadas no está permitido utilizar dispositivos electrónicos que no tengan la categoría de antiexplosivos. Y el código QR induce a la gente a usar el teléfono cerca de los surtidores” (Mellano)
“Esta decisión le saca la practicidad al código QR porque termina la carga y te tienen que llevar el código arriba del auto para terminar la carga. Es una medida inconsulta porque si nos hubieran consultado podríamos haber buscando la vuelta para que esté en otro lugar. En estos cinco años, no hubo ninguna cuestión peligrosa y creo que algo que funciona bien no lo tenés que tocar”, dijo Gabiel Bornoroni, presidente de Cecha, la cámara que agrupa a los propietarios de estaciones de servicio. La cámara ya solicitó una reunión con las autoridades del área para buscar alguna solución.
La Dirección Nacional de Refinación y Comercialización había fijado en octubre de 2018 el procedimiento para efectuar el pago de combustible mediante el uso de dispositivos móviles por escaneo de código QR. En esa oportunidad, se indicó que el código QR debía ser escaneado desde el interior del vehículo y que el pago debía efectuarse antes o después del expendio (no durante). Esta modalidad de pago debía suspenderse en caso de presencia de derrames u olores fuertes a combustible y se prohibía esta modalidad de pago para motocicletas.
“Durante estos años se observó que las estaciones de servicio exhibían dicho código en áreas clasificadas, muchas veces contiguo al cartel de prohibición de uso del celular, y no accesible al cliente desde el interior del vehículo, obligando al mismo a utilizar el teléfono en zonas clasificadas”, explicaron fuentes oficiales.
Se mantiene la prohibición de utilizar la modalidad de cobro a través de códigos QR para el GNC
Para evitar esto, la nueva medida decidió prohibir la exhibición del código QR en dichas zonas, pero no así del pago. Por otro lado, desde la Dirección detallaron que los dispositivos móviles no son equipos aptos para áreas clasificadas, por lo que su uso indebido en dichos sectores puede conducir a “serios accidentes”. En el texto de la nueva medida recomendaron a las estaciones de servicio implementar un sistema de advertencias de seguridad sobre las aplicaciones de pago para fomentar su correcta utilización por los usuarios.
También informaron que se mantiene la prohibición de utilizar la modalidad de cobro a través de códigos QR para el GNC (Gas Natural Comprimido), lo que debe ser analizado por el Enargas. Con todo, la disposición advierte que si no se cumple la medida habrá sanciones para las estaciones de servicio.
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