La Secretaría de Comercio estableció los requisitos, términos y condiciones que deben cumplir los consumidores que quieran comprar electrodomésticos, televisores y celulares a través del nuevo programa de financiación en cuotas Ahora 30, que entró en vigencia este viernes pero que aun no está disponible en los comercios y cadenas.
A través de dos Resoluciones publicadas en el Boletín Oficial se establecieron los siguientes términos para acceder al nuevo programa de financiación:
- El plazo de vigencia regirá desde este viernes hasta el 22 de diciembre de 2022 o hasta que el volumen de operaciones alcance la suma de $100 millones (la primera condición que se cumpla). Con todo, el plazo de vigencia será prorrogable hasta el 19 de enero de 2023.
- Los productos incluidos son bienes de producción nacional de las categorías Línea Blanca -aires acondicionado con tecnología inverter, lavarropas y heladeras- y televisores. También podrán ser adquiridos teléfonos celulares de tecnología 4G de producción nacional.
- Por su parte, los usuarios podrán adquirir los bienes toda vez que el precio de venta al público sin intereses no sea superior a los $200.000, con un financiamiento de 30 cuotas fijas mensuales. Como al sumar el financiamiento se supera ese límite, el tope pasa a ser 400.000 pesos.
- Las emisoras de tarjetas de crédito deberán habilitar un código especial de identificación para que los comercios lo utilicen para las ventas realizadas en el marco del nuevo plan, y a la vez tendrán que enviar a los proveedores un instructivo que indique los pasos a seguir para el cumplimiento de las condiciones del código utilizado.
- Desde el momento en que un comercio es incorporado al listado, los emisores tienen 48 horas hábiles para habilitarlo a operar con el plan.
- Los proveedores o comercios en las operaciones realizadas a través de tarjetas de crédito podrán elegir cobrar en un plazo de 60 días corridos con una tasa máxima de descuento del 37,79% directa, o en un plazo de hasta diez días hábiles con una tasa máxima de descuento del 41,31 % directa, para las ventas realizadas con la modalidad 30 cuotas. Las tasas directas resultan equivalentes a una tasa nominal anual del 48%.
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- Las empresas proveedoras deberán asegurar el normal abastecimiento y la comercialización de la totalidad de los productos que se comprometen a incorporar al programa.
- La obligación de comercialización de los productos del programa no podrá estar sujeta a la compra-venta de otros productos o a cualquier condición no prevista en el mismo.
- La secretaría de Comercio acordará con las empresas de venta al consumidor adheridas al programa un precio máximo de factura de salida de fábrica.
- La Secretaría de Comercio será la encargada de difundir el listado de productos detallados así como también los precios de venta al consumidor acordados y los puntos de venta.
- Para distinguir a los productos que forman parte del Ahora 30, las empresas se comprometerán a añadir, en cada espacio destinado a su exhibición, la señalética con la identificación del programa. La empresa no podrá superponer ningún tipo de indicadores o carteles que no tengan que ver con el programa.
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- Las empresas deberán informar a la Secretaría en forma mensual, entre los días 1 y 10 del mes, los pedidos efectuados, el volumen total solicitado al proveedor y el volumen efectivamente recibido.
- El comercio será considerado en infracción cuando no se encuentren ofertados, en una o más sucursales, al menos el 80% de los productos que se hayan comprometido a vender dentro del programa. Y también cuando se establezca alguna restricción por consumidor o grupo familiar al número de productos.
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