
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) comenzó a intimar a algunos contadores tras cruzar los datos entre clientes y profesionales.
Algunos contadores confirmaron este entrecruzamiento, lo calificaron de “inédito” y explicaron que se “produjo luego de que el Consejo Profesional y algunos contadores presentaran amparo para pedir la prórroga de los vencimientos de las declaraciones juradas de los impuestos anuales” en junio pasado; sobre el filo del vencimiento, la Justicia le ordenó a la AFIP que postergara los vencimientos anuales de Bienes Personales y Ganancias por la presentación del consejo profesional porteño, al que luego adhirieron sus pares de las provincias.
“La guerra está declarada”, indicó Nicolás Boglione en Twitter con la carta de la intimación, en la que explicó que “la AFIP comenzó a fiscalizar a Contadores por el cruzamiento de datos con las DDJJ presentadas de los clientes (PJ) y su categoria del Monotributo”.
En la intimación electrónica afirman que “se registraron inconsistencias por su permanencia o categorización en el régimen simplificado de pequeños contribuyentes”.

“Dichas inconsistencias se relacionan a los ingresos declarados según su facturación propia emitida y la información obrante en esta AFIP donde usted figura como contador de las DDJJ presentadas por distintos contribuyentes”, señaló.
“Asimismo se le requiere que regularice su situación por diferencias entre facturación emitida y los honorarios percibidos por la confección de dichas DDJJ desde el período 01-2020 hasta la fecha”, precisó la AFIP.
El profesional indicó que “se los notifica por medio de una inducción, pero con agente fiscal designado y plazo de cumplimiento, para verificar los honorarios facturados. Es una presunción de honorarios, que puede surgir de la falta de facturación de honorarios (mensuales, anuales) o la falta de facturación de la confección y legalización del Balance”.
La AFIP tiene los datos por “las delegaciones de clave fiscal que realiza el cliente al CUIT del contador; estimo que por este punto comienzan a surgir las intimaciones”.
“Hay que recordar que hace unos meses el Consejo de CABA presentó un amparo para la prórroga del Impuesto a las Ganancias, personas humanas y sucesiones indivisas, que luego todos los consejos del país, adhirieron. Razón por la cual, considero que la AFIP comienza a avanzar sobre los contadores, ya que dispone de mucha información para realizar verificaciones”.
“La AFIP también cuenta con los IP de conexión a internet en cada acceso con clave fiscal, que es otro medio que puede utilizar como presunción para establecer la relación con el cliente”, precisó.
Sebastián Domínguez indicó que “son datos de cruzamiento de datos que surge fácilmente; hasta ahora la AFIP no lo había hecho, pero parece que ahora empezó a hacerlo”.
“En el futuro seguramente la AFIP comenzará a cruzar la facturación de los contadores de personas a los que les hacen las declaraciones juradas, dado que están analizando los IP desde donde se presentaban las declaraciones juradas porque había mucha gente que le aparece que estaban cubiertos por el amparo de la Justicia por la prórroga de los vencimientos”, aclaró Domínguez.
Marcos Felice consideró “peligrosa” la actitud de la AFIP y opinó que es una “revancha” tras el planteo de los profesionales al organismo fiscal para que postergara unas semanas los vencimientos anuales, en un cruce que llegó a la Justicia.
“Si no teníamos diálogo con la conducción anterior, ahora con esto queda claro que será más complicado”, apuntó Felice.
Horacio Cardozo indicó que “la intimación es una locura; nadie puede pretender no ser fiscalizado o no pagar correctamente los impuestos, pero en la Argentina hay bolsones de evasión descomunales que la AFIP no controla; esto parece más una revancha o represalia con aquellos profesionales monotributistas a los que han cruzado las facturas con los balances presentados”.
“Ante empresas o contribuyentes a los que no le han facturado, quieren presumir que hay evasión; los contadores sienten q esto es una guerra”, señaló Cardozo.
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