Luego de la reunión del Consejo del Salario Mínimo Vital y Móvil en la que se acordó un aumento del 7% con una próxima revisión en octubre, el entendimiento fue oficializado este jueves por medio de la Resolución 11/2022 en el Boletín Oficial, donde se detallan los montos de las próximas remuneraciones.
En la reunión se destacó que el salario mínimo tendrá en diciembre un incremento interanual del 80,9% y en marzo de 2023 del 75,5%. De manera que después de dicho periodo se volverán a analizar los montos acordados.
De ese modo, se avaló la suba en los haberes dado que el consenso obtenido en el ámbito del Consejo Nacional del Empleo, la productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil “contribuye al fortalecimiento del diálogo social y de la cultura democrática en el campo de las relaciones del trabajo”, indica la resolución.
Respecto a cómo serán las remuneraciones, en el Boletín Oficial se detalló que a partir del 1 de septiembre todos los trabajadores mensualizados con jornada completa pasarán a cobrar un salario de $51.200. Además, se destacó que los trabajadores jornalizados también tendrán un aumento proporcional de $256 pesos por hora.
A partir del 1 de octubre los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo pasarán a cobrar $54.550 “con excepción de las situaciones previstas en los artículos 92 ter y 198, del mismo cuerpo legal, que lo percibirán en su debida proporción, y de $272,75 por hora para los trabajadores jornalizados” indica el articulo b de la resolución.
En noviembre, el aumento pasará a $57.900 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, mientras que los trabajadores jornalizados pasarán a $289,50 la hora.
Más allá de la suba del salario mínimo, la Resolución publicada indica que también habrá un aumento en las prestaciones por desempleo. Al respecto se indicó que serán de $14.222 y $23.704 respectivamente, a partir del 1° de Septiembre de 2022. Luego, el monto se elevará a $15,153 y $25.254 a partir del 1 de octubre, y la cifra también será incrementada a $16.083 y $26.805 a partir del 1 de noviembre.
A partir del último acuerdo, el monto del salario mínimo, vital y móvil, había pasado de $33.000 a $47.850 para agosto. El aumento definido fue de 18% en abril, 10% en junio, 10% en agosto y 7% en diciembre.
Sin embargo, el establecimiento de una nueva pauta mínima de remuneraciones tiene menos impacto en los convenios colectivos de trabajo privados, dado que en su mayoría están por encima del salario mínimo, como dentro del propio Estado. Esto sucede porque existen una serie de programas sociales que se actualizan de acuerdo al reajuste del piso de ingresos.
En cuanto al programa Potenciar Trabajo, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, sus montos se actualizan con los mismos porcentajes que el salario mínimo. El programa implica una carga horaria de media jornada en trabajos de distintos rubros, y recibe un monto igual al 50% del salario mínimo.
Un cambio en el salario mínimo también impacta en parte del sistema previsional. Es el caso de las jubilaciones de personas que completen los 30 años de aportes: sus haberes deberán ser como mínimo equivalentes al 82% del salario mínimo, vital y móvil.
Finalmente, en el caso de las Becas Progresar el impacto es indirecto. Para esta ayuda salarial destinada a estudiantes universitarios, el salario mínimo vital y móvil funciona como tope para la entrega de la beca de estudio. El beneficiario que es menor de 24 años, lo cobra si su familia gana menos de tres salarios mínimos. Por último, la prestación que otorga Anses por desocupación replica el mismo ritmo de suba que se acuerde para el piso de remuneraciones.
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