¿Qué datos tienen que brindar los usuarios al completar el formulario? Se deben completar un formulario online (también puede ser presencial) con los datos de las personas mayores de 18 años que conviven en el hogar: ingreso de bolsillo, autómoviles e inmuebles y bienes de lujo (aeronaves o embarcaciones)., según detalló hoy el secretario de Energía, Darío Martínez, cuando implementó el nuevo esquema.
Perderán los subsidios cuando las personas que conviven en el hogar —se suman los datos de cada una— tengan Ingresos mensuales totales del hogar equivalentes o superiores a $348.869 (3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según el Indec), 3 o más vehículos con una antigüedad menor a 5 años, 3 o más inmuebles o una embarcación, una aeronave de lujo o ser titular de activos societarios que demuestren capacidad económica plena.
Se autoriza al Estado Nacional a comprobar la veracidad de toda la información sin poder argumentar la existencia del cualquier secreto previsto legalmente
Una vez ingresados los datos, la asignación de segmento (ingresos altos, medios o menores) es automática según lo declarado en la solicitud pero de carácter provisorio. El Estado Nacional analizará esos datos y los cruzará con bases de datos de AFIP, SINTyS (Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social), la Anses y los registros de la propiedad, entre otros. En caso de inconsistencias entre los datos se podrá asignar una nueva categoría.
Para completar el formulario y solicitar los subsidios a los servicios de energía eléctrica y gas natural se autoriza al Estado Nacional a comprobar la veracidad de toda la información sin poder argumentar la existencia del cualquier secreto previsto legalmente, como el secreto fiscal o el secreto financiero.
“La información que se brinde y verifique será considerada confidencial, gozando de la tutela que el ordenamiento jurídico acuerda a los datos de carácter personal. Al aceptar la opción que sigue autorizás al Estado Nacional a verificar la veracidad de toda la información que vas a brindar en fuentes disponibles en organismos tales como AFIP, SINTyS, ANSES, Registros de la Propiedad, entre otros, renunciando expresamente a oponer a esa verificación cualquier secreto previsto legalmente (fiscal, financiero u otro)”, indica el mensaje previo al acceso al formulario.
“La consecuencia es que la empresa proveedora y los organismos reguladores de los servicios públicos van a tener acceso a esa información. Básicamente, podrán pedirle a la AFIP sus declaraciones juradas para ver si son tan necesitados como dicen ser para merecer el subsidio”, explicó Maximiliano Batista, partner de MHR especialista en impuestos.
“El secreto fiscal como existe en interés del contribuyente puede ser renunciable por los particulares. Pero no me parece que se establezcan excepciones al mismo fundados como requisito para obtener un subsidio” (Cardozo)
“Es solo un trámite por este tema puntual. También podrán pedir información a los bancos sobre sus movimientos. Pero está el riesgo de que quienes reciben esta información pueden no estar capacitados para manejar información confidencial y accidentalmente revelarla a terceros”, dijo Batista.
“Es una inconsistencia del formulario. Un error de concepto también porque ningún organismo del Estado puede acumular datos sensibles ni prohibidos por ley. Me parece que se quisieron cubrir para que nadie invoque está cuestión, pero no les va a agregar nada. No tiene tanta gravedad, pero es cuasi ilegal exigir la renuncia”, aseguró Claudio Boada, presidente de la Unión de Usuarios y Consumidores.
“Puedo entender la pretensión del Poder Ejecutivo de contar con esa información para que ninguna persona goce de un subsidio sin que le corresponda. Obviamente no estoy de acuerdo que para obtener esa información se deba renunciar al secreto fiscal, que es un valor que excede ampliamente el del interés particular, para ser un valor de la sociedad toda”, dijo Horacio Felix Cardozo, subdirector del observatorio Penal Tributario de la UBA y docente universitario.
“El secreto fiscal como existe en interés del contribuyente puede ser renunciable por los particulares. Pero no me parece que se establezcan excepciones al mismo fundados como requisito para obtener un subsidio. No me gustaría, como ciudadano que para gozar de un beneficio del estado me exijan renunciar a derechos como este que tienen siglos de tradición en el mundo”, concluyó.
Lo cierto es que sin esa tilde en el famoso formulario, no se puede avanzar con la solicitud de mantener los subsidios. Por ahora, o se renuncia al derecho de secreto fiscal y el secreto financiero, o nada.
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