El Gobierno publicó este jueves un decreto para comenzar a implementar la segmentación de tarifas a partir de este mes. Según el texto oficial, a partir de junio de este año, los usuarios de los servicios públicos de electricidad y gas serán divididos en tres niveles, con diferentes tarifas y aumentos durante el año. El 10% de los hogares con mayores ingresos (por encima de $333.410) dejará de recibir subsidios y comenzará a pagar la tarifa plena, en forma gradual.
¿Cómo quedarán conformados los tres grupos de usuarios?
Nivel 1 – Mayores Ingresos
Son los usuarios que tendrán a su cargo el costo pleno del componente energía de cada servicio. Serán incluidos los que reúnan al menos una de estas condiciones (se toma en conjunto a los integrantes del hogar):
- Ingresos mensuales netos superiores a 3,5 Canastas Básicas Totales (CBT) para un hogar 2 según el Indec. De acuerdo a los datos de abril, son ingresos por encima de $333.410.
- Ser titulares de tres o más automóviles con antigüedad menor a cinco años.
- Ser titulares de tres o más inmuebles
- Ser titulares de una o más aeronaves o embarcaciones de lujo
- Ser titulares de activos societarios que exterioricen capacidad económica plena.
“Los usuarios comprendidos en el segmento del Nivel 1 pagarán el costo pleno de los servicios públicos de energía eléctrica y gas natural por red contenido en la factura, según corresponda. Este proceso se realizara en forma gradual y en tercios bimestrales, de modo tal que, al finalizar el año en curso, estén abonando el costo pleno de la energía que se les factura”, se detalló en el texto oficial
Nivel 2 – Menores Ingresos
Para estos usuarios, el impacto en factura por el aumento del componente de la energía equivaldrá a un incremento total anual de hasta el 40% del Coeficiente de Variación Salarial (CVS) del año anterior. Como el indicador tuvo una variación del 53,4%, los incrementos en este segmento para todo 2022 no deben superar el 21,4%.
Se tienen que reunir alguna de las siguientes condiciones:
- Ingresos netos menores a un valor equivalente a una Canasta Básica Total (CBT) para un hogar 2 según el Indec. Para abril, ese valor equivale a $95.260.
- Integrante del hogar con Certificado de Vivienda (ReNaBaP)
- Domicilio donde funcione un comedor o merendero comunitario registrado
- Al menos un integrante del hogar posea Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur
- Al menos un integrante posea certificado de discapacidad expedido por autoridad competente y, considerando a los integrantes del hogar en conjunto, tengan un ingreso neto menor a 1,5 Canastas Básicas Totales (CBT).
Nivel 3 – Ingresos Medios
Usuarios y usuarias no comprendidos en los niveles 1 y 2. El impacto en factura que genere la corrección del componente del valor de la energía en la factura equivaldrá a un incremento total anual no mayor al 80% del Coeficiente de Variación Salarial (CVS) del año anterior. De esta forma, para todo 2022 las tarifas no deben incrementarse en más de un 42,7%.
Serán incluidos en este nivel quienes tienen las condiciones para integrar el Nivel 2 pero a su vez son propietarios de dos o más inmuebles (se toman a todos los integrantes del hogar) o de un vehículo de hasta tres años de antigüedad, excepto los hogares donde exista al menos un o una conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD).
Cerruti informó que los segmentos 2 y 3 no van a tener ningún otro aumento en lo que resta del año.

En las audiencias sobre aumentos y segmentación de tarifas que se llevaron adelante a comienzos de mayo, fuentes oficiales estimaron que, como resultado del cruce de la información de empresas distribuidoras, entes y autoridades regulatorias y la información disponible en el SINTyS sobre ingresos y patrimonio de los usuarios, se encuentran incluidos dentro del grupo que dejará de recibir subsidios hasta 1.631.846 usuarios de servicio eléctrico (que representan el 10,1% del total) y 1.178.248 usuarios de gas residencial (12,9% del total).
A partir de la segmentación, se creará un Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE) donde se deberán inscribir los usuarios residenciales que soliciten el subsidio del Estado Nacional, sean o no titulares. Así se conformará el padrón de beneficiarios del régimen de subsidios sobre la base de las declaraciones juradas presentadas. La Subsecretaría de Planeamiento Energético podrá requerir, periódicamente, los cruces de información necesarios para verificar la veracidad de las declaraciones juradas.
Los beneficiarios de programas sociales nacionales (AUH, AUE, AUD, Progresar, Potenciar Trabajo, entre otros) podrán ser incluidos en el padrón de beneficiarios del nivel de Menores Ingresos, sobre la base de la información con la que cuenta el Estado en sus registros.
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