“El 90% de los trabajadores no está alcanzado (por Ganancias). Hoy mismo empezamos a trabajar y mirar a Autónomos y monotributistas, para que la semana que viene podamos tener también una propuesta. Lo charlé ayer con el Presidente, luego del anuncio. Tenemos que aliviar la situación, no sólo a trabajadores sino también a Autónomos y monotributista”, dijo el sábado Sergio Massa en una entrevista radial.
Hoy, Infobae accedió al proyecto de ley que impulsa el presidente de la Cámara de Diputados. Se titula: “Alivio fiscal para pequeños contribuyentes y autónomos. Régimen simplificado para pequeños contribuyentes”. Lo firman el propio Massa, Leandro Santoro, Mónica Litza, Alejandro “Topo” Rodríguez y Margarita Stolbizer.
”El dato político es que además de resolver lo de autónomos y monotributistas en la misma ley, al presidente de la cámara lo acompañan, además de Litza y Santoro, el Topo Rodríguez y Stolbizer, lo que en términos prácticos significa que tiene los votos para aprobarlo en el recinto”, destacaron cerca de Massa.
A continuación los detalles del proyecto.
Para Monotributistas:
El proyecto prevé adelantar al 1° de julio la actualización de las escalas de facturación máxima que, según la ley de Monotributo, debía hacerse el 1° de enero de 2023. Es decir: la actualización que debía hacerse al concluir 2022 abarcando todo el año, se dividirá en partes y se le aplicará la inflación del primer semestre. El ajuste, tal como prevé la ley, se hará con la fórmula de movilidad previsional. Al mismo tiempo, el proyecto prevé no modificar las cuotas que mes a mes deben pagar los pequeños contribuyentes. Así se evita “caer” en una categoría más cara por efecto de la inflación.
1. Permitir adelantar al 1 de julio el ajuste para los montos máximos de facturación con la misma idea central que la propuesta de ganancias: se adelanta la aplicación del índice.
2. ¿Qué índice se aplica?: la actualización será del 29,12%, correspondiente al coeficiente acumulado hasta junio 2022.
a. Resolución Anses 26/2022 a marzo 2022: 12,28%.
b. Resolución Anses 128/2022 a junio 2022: 15% (BO el 20/5/2022).
El proyecto prevé adelantar al 1° de julio la actualización de las escalas de facturación máxima para los pequeños contribuyentes que, según la ley de Monotributo, debía hacerse el 1° de enero de 2023
3. Esto coincide con el esquema de Recategorización que aplica AFIP que lo hace cada 6 meses, en enero y julio.
4. Alivio fiscal para monotributistas. De esta manera la cuota queda igual (así se evita el problema del año pasado de cobrar retroactivamente) y solo se “sube” el límite de facturación de cada categoría. El monotributista no “salta” de categoría por el solo efecto de que la inflación fue superior a la prevista en el Presupuesto.
5. Impacta positivamente en 4.498.419 monotributistas y el costo fiscal es cero, solo se actualizan las escalas por las variaciones macroeconómicas.
6. Además, es fácil de comunicar y de implementar en los sistemas de AFIP.
7. No resulta recomendable avanzar en una modificación más profunda del régimen en este año porque sería la segunda propuesta de monotributo (el famoso esquema “puente” y el “cobro retroactivo”) desde el 2020 a la fecha.
El proyecto señala: “Con efecto exclusivo para el caso de los parámetros de ingresos brutos, facúltase al Poder Ejecutivo nacional a adelantar la actualización de manera semestral a julio utilizando el índice de movilidad.”
Así quedarían los topes de facturación anual máxima para cada categoría del Monotributo a partir de julio de 2022:
A $601.959,49
B $894.804,65
C $1.252.726,50
D $1.724.532,59
E $2.277.684,56
F $2.847.105,70
G $3.416.526,83
H $4.229.985,60
I $4.734.330,03
J $5.425.770,00
K $6.019.594,89
Para Autónomos:
Muchos trabajadores autónomos, tales como abogados o contadores, se quejan de un perjuicio en relación a trabajadores en relación de dependencia, que realizan tareas similares pero pagan menos impuesto a las Ganancias. El proyecto sube la deducción especial de ese tributo, lo que permitirá reducir la brecha entre el autónomo y el empleado y, de esa forma, aliviar una situación de inequidad tributaria. Además, se compensa al autónomo con el beneficio que se le da al trabajador en relación de dependencia con la suba del “piso” de Ganancias.
1. Incrementar la deducción especial para los autónomos en 2 veces la ganancia no imponible, pasando la deducción de $505.129,66 a $757.694,52.
Al subir la “deducción especial” de Ganancias para los autónomos, se podrá reducir la brecha entre éstos y los empleados en relación de dependencia y, de esa forma, aliviar una situación de inequidad tributaria
2. Además, para nuevos profesionales se eleva de 1,5 veces a 2,5 veces la ganancia no imponible. Este incremento de la deducción impacta principalmente en los autónomos con ingresos de hasta $8 millones (2 veces el tope de monotributo), que concentran el 95% de los autónomos con impuesto determinado en el impuesto a las Ganancias. Para esos independientes, se estima que la modificación implicará un “ingreso adicional de bolsillo” promedio de $ 52 mil anuales (dependiendo del rango de ingresos y de la tasa efectiva del impuesto) producto del alivio fiscal.
Finalmente, considerando la proyección de recaudación del impuesto a las ganancias para 2022 y contemplando la recaudación efectiva producto de la modificación de las variables macro (principalmente inflación estimada en 33%) el proyecto no representa costo fiscal efectivo respecto de lo proyectado. Sin embargo, el proyecto implica una transferencia de recursos a favor de estos contribuyentes de $ 7.310 millones al año.
Según los autores del proyecto, la cantidad de autónomos aportantes al Régimen de Seguridad Social a diciembre 2021 era de 486.000 contribuyentes. De ellos, se estima que en 2022 pagarán el impuesto a las Ganancias alrededor de 140.000.
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