Los tributaristas afirmaron que el impuesto a las Ganancias debe pagarse a partir de los salarios mayores a los $ 300.000 brutos mensuales si se toma en cuenta el aumento del costo de vida del último año.
Aunque muchos economistas señalan en forma correcta que Ganancias es un impuesto progresivo desde el punto de vista conceptual, siempre se debe analizar el contexto del sistema tributario en una economía con alta inflación para entender si el tributo se cobra sobre la renta efectiva o nominal.
Los expertos calificaron de tímida la propuesta de aumento del presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, quien le exigió al ministro Martín Guzmán que actualizara de inmediato el piso para pagar este tributo, en vez de hacerlo en enero de 2023, como está previsto en la ley. Tal como informó Infobae, Massa quiere que la deducción especial pase de $ 225 mil a $ 275 mil y que se implemente antes del pago del medio aguinaldo el mes próximo, pero en la Casa de Gobierno le bajaron el pulgar. Sin embargo, por la tarde, desde el Palacio de Hacienda aclararon a Infobae que así se hará.
“El piso para pagar debería ser $ 298.000 al considerar diciembre a diciembre, porque con una suma menor se quedarán cortos en dos meses” (Litvin)
En este contexto, los expertos consultados por Infobae indicaron que el mínimo debe ajustarse por inflación y en forma automática, cada tres meses.
Al respecto, César Litvin sostuvo que “el piso para pagar debería ser $ 298.000 al considerar diciembre a diciembre, porque con una suma menor se quedarán cortos en dos meses”.
De todos modos, Litvin afirmó que el aumento de la deducción especial –delegado por el Congreso en el Poder Ejecutivo- es insuficiente: “Es una pésima técnica legislativa, es un analgésico que no cura porque el problema es mucho mayor. Por eso debería actualizarse cada 3 meses en forma automática por el IPC y no por el Ripte, con todas las actualizaciones personales y las tablas”.
“El camino correcto es modificar así la ley para que capte capacidades económicas relevantes, ya que de lo contrario capta rentas ficticias; y es mejor IPC que el Ripte, para que la gente tenga mayor poder adquisitivo en la compra de alimentos”, expresó.
Además, consideró que “hay que equiparar el piso entre asalariados y autónomos, que siempre son olvidados y ninguneados, porque si ganan más de 65 mil pesos ya pagan ganancias, mientras que el piso para los asalariados es de $ 225 mil”.
“Hay que equipararlos en las deducciones. Y el sistema de deducción especial tampoco discrimina entre soltero y casado, que si tiene cónyuge y tres hijos paga proporcionalmente más que un soltero”, concluyó.
“Los valores han quedado demasiado desactualizados, causando un daño al trabajador” (Ghirardotti)
Ana Sabio indicó que “como se viene dando la aceleración de precios este porcentaje quedara rápidamente fuera de alcance y desactualizado, pero por lo menos hoy, debo aclarar, se acerca a la realidad de ‘capacidad de compra’ que rápidamente se dispara. Vale aclarar que se están generando obligación de pagar impuesto a las ganancias sobre el salario, que se resume a la fuerza productiva de la persona, lejos esta este concepto de ser ganancia netamente”.
La especialista dijo que “no se tiene en cuenta la perdida de valor adquisitivo a valor dólar, porque si nos ponemos a pensar lo que un asalariado cobraba en dólares en 2017, hoy este ingreso se vio disminuido en un 70 por ciento”.
Mariano Ghirardotti sugirió que “los valores han quedado demasiado desactualizados, causando un daño al trabajador. Es de destacar que, en enero se modificaron los montos de salarios brutos alcanzados por el beneficio excepcional de la deducción especial incrementada, los valores establecidos entonces fueron de $ 225.937, además de un régimen intermedio que beneficiaba a quienes hayan obtenido un sueldo bruto de $ 260.580, estimando una inflación para mayo del 6%, estos importes actualizados desde enero por IPC nos darían una cifra de aproximadamente $ 281.283,10 y $ 324.412,34 respectivamente”.
En tanto, Félix Rolando de Andersen Argentina sostuvo que “las deducciones personales del impuesto deberían incrementarse en la misma medida que los últimos incrementos homologados, de modo de no neutralizar el umbral de imposición que se estableció oportunamente”. De este modo, “considerando por ejemplo el último ajuste salarial de los empleados de Comercio (de abril 2022) deberían ajustarse los actuales mínimos en aproximadamente un 50% para el año 2022″.
Además, afirmó que “habría que ajustar también los tramos de la escala progresiva y disponer el aumento de otros montos que figuran en la ley que se encuentran totalmente desactualizados tales como: deducción de intereses hipotecarios, gastos de sepelio y otros”.
“Sería conveniente que todos estos incrementos se dispusieran en forma general, incluyendo a los trabajadores autónomos”, indicó Rolando.
Más complicaciones
A su vez, Sebastián Domínguez dijo que “la reforma de 2021 vino a complicar aún más las liquidaciones del impuesto a las ganancias de los empleados, al generar asimetrías más profundas con los trabajadores autónomos”.
“Estos problemas se presentan para los empleadores y los profesionales que tienen que realizar los cálculos de las retenciones, para los empleados que no conocen bien como se determinan las retenciones y para la AFIP que debe controlarlo”, explicó.
Asimismo, “la decisión de ajustar anualmente por la variación del Ripte generó que a partir de enero 2022 se determinen los nuevos valores tomando la variación del Ripte de octubre 2021 versus octubre 2020, todos períodos con una inflación mucho menor a la actual”.
“Esto hace que por el sólo hecho de recibir aumentos de sueldos para mantener el poder adquisitivo del salario, haya empleados que pasen a tributar ganancias o acrecentar la tributación en empleados que ya lo hacen”, explicó. Es decir, “se paga impuesto sobre ganancias que no son reales sino meramente nominales”.
“En un país con una inflación del 6% mensual como la actual, se debería establecer un mecanismo automático de ajuste por la variación del IPC, por lo menos semestral y si la inflación sigue este camino, realizarlo en forma trimestral”.
“El monto se debería actualizar de $ 225.937 a $ 315.000, es decir, alrededor de un 40% considerando la inflación de abril y la estimada para mayo y junio, inclusive, se acercaría al 6% mensual”.
“Es imprescindible que se modifique la ley y vuelva al mecanismo tradicional donde se aplican deducciones por montos fijos en lugar de deducciones incrementadas diferentes para la situación de cada empleado”, afirmó Domínguez.
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