A través de distintas plataformas digitales, el financiamiento colectivo —o crowdfunding— emprendedores pueden lograr financiamiento para su proyecto, una alternativa en crecimiento dentro del mercado local. Por medio de estas plataformas. personas humanas o jurídicas que actúan como inversores y permiten el desarrollo de un proyecto productivo de bienes o servicios.
Este financiamiento se puede realizar a través de la emisión de valores de capital (acciones, certificados de participación de fideicomisos o préstamos convertibles en acciones). Ahora, la Comisión Nacional de Valores (CNV) se propuso realizar modificaciones a la norma que regula estas plataformas, con el fin de desarrollar estos instrumento en el mercado local.
Este miércoles, se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 922, donde se detallan los cambios que se implementarán en la norma vigente sobre financiamiento colectivo (crowdfunding) en base a la experiencia local e internacional.
Entre las principales modificaciones propuestas se encuentran:
- Ampliación del alcance de proyectos de financiamiento colectivo a ser financiados, además de los destinados al fomento del Capital Emprendedor
- Incremento o actualización del monto del patrimonio neto mínimo de las Plataformas de Financiamiento Colectivo (PFC) utilizando las Unidades de Valor Adquisitivo (UVA) actualizables por el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER).
- Incremento de los porcentajes en que podrán participar los inversores, calificados y no calificados, de cada proyecto de financiamiento colectivo
- La posibilidad de que las plataformas puedan participar de proyectos publicados en su propio sitio y en otras plataformas con el fin de dinamizar inversiones
- Obligación de las PFC de publicar sus participaciones en los distintos proyectos
- Prohibición a la PFC o sus responsables de ser fiduciario de proyectos de financiamiento colectivo que empleen un fideicomiso como vehículo para la inversión.
“La medida está destinada a fomentar el financiamiento de la industria de capital emprendedor a través del mercado de capitales y es otro instrumento del organismo creado, en este caso, con la aspiración de acrecentar los proyectos productivos, sustentables y sociales”, explicó la CNV en un comunicado.
Con todo, los interesados en comentar la norma pueden hacerlo antes del 1° de abril en a través del sitio www.argentina.gob.ar/cnv.
Quedan excluidas de esta regulación la recaudación de fondos con fines benéficos, las donaciones, la venta directa de bienes o servicios. “El financiamiento no se considerará venta directa de bienes y servicios sino una participación en un Proyecto de Financiamiento Colectivo cuando en la publicidad del proyecto se lo promueva como una inversión”, según la normativa.
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