La AFIP fijó nuevos plazos para la moratoria: cómo aprovechar los beneficios y hasta cuándo hay tiempo

Según el organismo dirigido por Mercedes Marcó del Pont, la Ley de Alivio Fiscal contempla un conjunto de medidas para acompañar a los contribuyentes en el proceso de recuperación económica

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La solicitud para la condonación de deudas inferiores a $100.000 podrá realizarse hasta el 16 de marzo (Foto: AFIP).
La solicitud para la condonación de deudas inferiores a $100.000 podrá realizarse hasta el 16 de marzo (Foto: AFIP).

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que otorgará más tiempo para que los contribuyentes puedan acceder a los beneficios previstos en la Ley de Alivio Fiscal.

Según detalló el ente recaudador el último jueves, la solicitud para la condonación de deudas inferiores a $100.000 podrá realizarse hasta el 16 de marzo, en tanto que la adhesión a la moratoria y los beneficios para contribuyentes cumplidores se extenderán hasta el 31 de marzo.

La normativa de alivio fiscal contempla un conjunto de medidas para acompañar a los contribuyentes en el proceso de recuperación económica, indicó el organismo que dirige Mercedes Marcó del Pont.

La extensión de los plazos está prevista en la Resolución General 5157/22 que será publicada en el Boletín Oficial.

Condonación de deudas

¿Cuál es el nuevo plazo? Se podrá acceder al perdón fiscal hasta el próximo 16 de marzo.

¿Quiénes pueden solicitarlas? Entidades y organizaciones sin fines de lucro como clubes de barrio, cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas populares y organizaciones comunitarias podrán pedir la condonación de deudas. Sin embargo, también abarca deudas inferiores a $100.000 de monotributistas y otros pequeños contribuyentes, y de micro y pequeñas empresas que cuenten con el Certificado MiPME.

¿Cómo se deberá realizar la solicitud? Para ingresar el pedido se deberá ingresar al sitio web de la AFIP, dentro del servicio “Condonación de deudas - Título I - Ley 27.653″ con clave fiscal nivel de seguridad 3.

En caso de que la AFIP detecte inconsistencias o la falta de alguno de los requisitos necesarios para acceder al beneficio, las y los contribuyentes podrán manifestar su disconformidad hasta el 16 de marzo inclusive.

El plan de regularización de deudas forma parte de los beneficios previstos en la Ley de Alivio Fiscal (Foto: AFIP).
El plan de regularización de deudas forma parte de los beneficios previstos en la Ley de Alivio Fiscal (Foto: AFIP).

Moratoria

El plan de regularización de deudas forma parte de los beneficios previstos en la Ley de Alivio Fiscal, de acuerdo con la Administración Federal de Ingresos Públicos.

¿Hasta cuándo se podrá realizar la adhesión? La adhesión al plan de regularización está habilitada hasta el 31 de marzo de 2022 mientras que la primera cuota vencerá el 16 de abril de 2022 y las subsiguientes los días 16 de cada mes.

La AFIP precisó que el plan de facilidades de pago permite solicitar el beneficio por deudas impositivas, aduaneras o de la seguridad social, incluidos intereses, multas y demás sanciones firmes relacionadas, vencidas al 31 de agosto de 2021 inclusive.

Por otra parte, resaltó el organismo, los deudores en concurso preventivo podrán adherirse a la moratoria hasta el 31 de marzo de 2022 inclusive.

Los nuevos plazos establecidos por la AFIP.
Los nuevos plazos establecidos por la AFIP.

Contribuyentes cumplidores

¿Hasta cuándo tendrán tiempo los contribuyentes cumplidores? Se podrá acceder a los distintos beneficios establecidos en la norma de alivio fiscal hasta el 31 de marzo. Los monotributistas podrán acceder a la eximición del componente impositivo del pago mensual que se efectuará a partir del período fiscal mayo de 2022.

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