Sector crítico: la AFIP suspendió hasta fin de año ejecuciones fiscales y embargos sobre empresas de salud

El Ministerio de Salud definirá cuál es el alcance de la medida. Para el resto de los contribuyentes la suspensión de ejecuciones y embargos finalizó a principios de febrero

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Edificio fachada AFIP
AFIP extenderá la suspensión de ejecuciones y embargos para empresas ligadas al sector salud (Foto: AFIP)

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió suspender hasta el 31 de diciembre el inicio de los juicios de ejecución fiscal y la traba de embargos a empresas e instituciones prestadoras de servicios de salud. Según informó el organismo tributario, el Ministerio de Salud definirá el listado definitivo de los prestadores que serán beneficiados. Para el resto de los contribuyentes la suspensión de ejecuciones y embargos finalizó a principios de febrero.

“La herramienta es el resultado del trabajo conjunto entre la AFIP y el Ministerio de Salud de la necesidad para adoptar medidas transitorias de protección y alivio fiscal a los contribuyentes del sector. La medida busca garantizar el normal desempeño y funcionamiento de los establecimientos, instituciones y demás prestadores que lo conforman”, explicaron desde el organismo que dirige Mercedes Marcó del Pont.

El Ministerio de Salud definirá el listado de prestadores que serán beneficiados por la norma. La Resolución General 5154, que será publicada este lunes en el Boletín Oficial, precisa que entre los beneficiarios estarán prestadores médico-asistenciales, instituciones de salud mental; establecimientos de rehabilitación, residencias geriátricas, empresas de emergencias médicas e internación domiciliaria prestadores del PAMI y/o de Agentes del Seguro de Salud. También se incluirán obras sociales nacionales y provinciales.

“Las ejecuciones fiscales estuvieron suspendidas durante 19 meses, como parte de las herramientas implementadas para amortiguar los efectos económicos de la pandemia del COVID-19. La medida finalizó a fines de 2021 para todos los sectores y el organismo comenzó en febrero a radicar boletas de deuda que le permiten avanzar con las ejecuciones fiscales. La Resolución General 5154 exceptúa hasta fin de 2022 a firmas prestadoras de servicios de salud que defina el Ministerio de Salud”, comunicaron desde el fisco.

Según explicaron desde el organismo, durante los meses de la pandemia, se pusieron a disposición de los contribuyentes distintas herramientas que permitieron avanzar en la regularización de pasivos acumulados. Atribuyeron esas deudas a la crisis económica y a la irrupción de la pandemia. “En línea con el proceso de recuperación económica que experimenta el país y con el objetivo de proteger el interés fiscal, el organismo retomará las ejecuciones fiscales”, informaron.

El Ministerio de Salud determinará cuál será el alcance de la medida dictada por AFIP. (Franco Fafasuli)
El Ministerio de Salud determinará cuál será el alcance de la medida dictada por AFIP. (Franco Fafasuli)

Con todo, desde la AFIP recordaron que los contribuyentes en esa situación todavía pueden regularizar sus pasivos impagos a través de la nueva moratoria y los planes permanentes de pagos. En ese sentido, enfatizaron que antes de llegar a la instancia de ejecución los contribuyentes fueron “intimados y notificados en reiteradas oportunidades”.

El proceso de ejecuciones fiscales comenzó a principios de febrero con los contribuyentes más riesgosos que acumularon las deudas impagas más elevadas. Son alrededor de 100.000 contribuyentes que acumularon deudas impagas en situación de ejecución fiscal por más de $160.000 millones.

Desde la AFIP enfatizaron que, a lo largo del último año y medio, todos ellos fueron notificados sobre su situación a través del Domicilio Fiscal Electrónico. Antes de comenzar con el proceso formal de las ejecuciones fiscales, la AFIP realizó una nueva comunicación con ese universo de contribuyentes para informarles sobre las herramientas disponibles.

Las herramientas para regularizar las deudas vencidas:

- Moratoria-Ley de Alivio Fiscal: Permite regularizar obligaciones tributarias, aduaneras y de la seguridad social vencidas al 31 de agosto de 2021, así como las infracciones relacionadas a esas deudas. La moratoria ofrece la posibilidad de cancelar las deudas en hasta 120 cuotas. La adhesión está habilitada hasta el 15 de marzo de 2022.

- Plan de Facilidades de Pago Permanente: Permite regularizar las obligaciones tributarias, aduaneras y de la seguridad social vencidas con posterioridad al 31 de agosto de 2021. El plan contempla un máximo de 8 cuotas y la posibilidad de que cada contribuyente elabore 6 planes.

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