El Gobierno promulgó las modificaciones en Bienes Personales

Pese a que la oposición judicializó la sesión del Senado en la que se aprobaron los cambios, Alberto Fernández firmó este viernes el decreto mediante el cual se promulgó la ley

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El Gobierno promulgó la ley que modifica el impuesto a los Bienes Personales
El Gobierno promulgó la ley que modifica el impuesto a los Bienes Personales

En el último día del año, el Gobierno nacional promulgó las modificaciones al impuesto a los Bienes Personales que fueron aprobadas este miércoles por la Cámara de Senadores.

A través del Decreto 904/2021 publicado este viernes en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo promulgó la Ley N°27.667 mediante la cual se eleva de dos a seis millones de pesos el monto para los bienes particulares, y de 18 millones a 30 millones de pesos el valor a partir del cual se paga por la casa-habitación.

Los cambios en la norma fueron sancionados en las últimas dos sesiones de 2021 donde primó la polémica. En la Cámara de Diputados el oficialismo se impuso en una reñida votación -127 a 126- en la que dos legisladores del interbloque de Juntos por el Cambio, Gabriela Brouwer de Koning (UCR-Evolución) y Álvaro González (PRO), se ausentaron por estar de viaje con sus respectivas familias.

Mientras que el miércoles, la Cámara Alta dio la sanción definitiva a ley que modifica el impuesto en una sesión en la que el Frente de Todos logró 37 votos afirmativos y solo 1 en contra, y en donde la oposición se retiró del recinto denunciando que se incumplió con el reglamento para alcanzar el quórum.

Juntos por el Cambio consideró que la sesión convocada por el kirchnerismo “es nula” debido a que se formalizó el número necesario para iniciar el debate 10 minutos después de la convocatoria que realizó la presidencia del Senado y este jueves presentó un amparo en la Justicia. El pedido se fundamentó en la violación del artículo 15 del Reglamento de Funcionamiento de la Cámara, el cual indica que, luego del horario de citación a sesionar, hay treinta minutos para comenzar dicha sesión.

Luego de la cuestionadas jornadas, con la sanción definitiva, este viernes el Gobierno promulgó la ley con el decreto que lleva las firmas del presidente, Alberto Fernández, del jefe de Gabinete, Juan Manzur, y del ministro de Economía, Martín Guzmán.

De acuerdo a los cálculos del oficialismo y de la oposición, la suba del monto mínimo no imponible a seis millones de pesos beneficia a unos 500.000 contribuyentes que dejarán de pagar el impuesto o que no comenzarán a tributar en 2022.

El monto mínimo no imponible se ajustará anualmente por la inflación (IPC) correspondiente a octubre del año anterior al del ajuste respecto al mismo mes del año previo. Para el Período Fiscal 2022 se tomará la variación entre octubre de 2022 y octubre de 2021.

La iniciativa fue sancionada el miércoles pasado en el Senado (Foto: Luciano Ingaramo/Comunicación Senado)
La iniciativa fue sancionada el miércoles pasado en el Senado (Foto: Luciano Ingaramo/Comunicación Senado)

En tanto la ley aumenta a 1,50% lo que deben tributar los patrimonios superiores a $100 millones. Para los contribuyentes que superen los $300 millones, el porcentaje se eleva a 1,75 por ciento. Esta suba abarcaría a unos 16.000 contribuyentes.

Para los bienes situados en el exterior, las alicuotas van de 0,7% hasta un máximo de 2,25% para el caso de patrimonios que van de $18 millones en adelante.

Además se delegó en el Poder Ejecutivo la posibilidad de disponer la baja de las alícuotas cuando se realice la repatriación de activos financieros ubicados en el exterior. Esto sucedió cuando estuvieron vigentes las incrementadas para 2019 y 2020. Se puede establecer un 5% de repatriación como sucedió para 2019 y 2020 o un porcentaje mayor.

Consultados por Infobae, expertos en impuestos consideraron que contribuyentes obligados a pagar Bienes Personales con nuevas alícuotas estarían en condiciones de acudir a la Justicia por las irregularidades denunciadas por la oposición durante la sanción de la ley en el Senado.

De hecho, en algunos estudios contables podrían sugerir a sus clientes pagar el tributo utilizando la alícuota de la ley anterior y luego iniciar un largo camino judicial para determinar el monto final a desembolsar.

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