La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó ayer la actualización que va a regir a partir del primero de enero para el mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias y los valores de las deducciones especiales que se pueden aplicar. Los cambios surgen de la actualización de todos los parámetros del impuestomediante el índice salarial Ripte, que alcanzó un 50,62%, según informaron fuentes oficiales.
Como resultado, cambiaron el mínimo no imponible, los montos de las deducciones anuales y todas las escalas del tributo. Así, A partir de 2022, pagarán el impuesto a las Ganancias todos aquellos trabajadores que tengan un salario bruto superior a 252.937 pesos mensuales. La cifra surge de aplicar el Ripte a los $150.000 de deducción especial fijada por Ley este año. Ese piso más tarde se ajustó a $175.000, el nivel vigente, pero la actualización es a partir del monto original.
Pero así como se ajustó al alza un 50,62% el mínimo no imponible, todas las escalas y deducciones sufrieron un ajuste idéntico.
El incremento en las remuneraciones alcanzadas por el Impuesto a las Ganancias también se da para los salarios mensuales de entre $225.937 y $260.580 brutos. A la vez, no se descontará ganancias por el Sueldo Anual Complementario (o medio aguinaldo) a aquellos trabajadores cuya remuneración promedio mensual del primer semestre no supere los $225.937, informaron fuentes de AFIP.
Además, con la aplicación del 50,62% que surge del RIPTE se actualiza también el mínimo no imponible, que quedó en 2022 en $252.564,84 por año. A su vez, la deducción por cónyuge pasará a $235.457,25 mientras que por hijo es de $118.741,97 y llegará a $237.483,94 en el caso de los hijos incapacitados para el trabajo.
Para compensar los efectos de la inflación, durante 2021 el piso a partir del cual se debe pagar Ganancias para los empleados en relación de dependencia fue elevado en dos oportunidades. La primera de ellas fue cuando se fijaron los ya mencionados $150.000 brutos en junio a través de la ley 27.617.
Con posterioridad a esa decisión, y para evitar que los salarios perdieran poder de compra, el Poder Ejecutivo elevó ese monto hasta $175.000 en septiembre a través del decreto 620, bajo la forma de un adelanto a cuenta del incremento anual.
Según recordaron fuentes oficiales, el Decreto 620 había puntualizado que anticipaba de manera parcial la actualización correspondiente al año completo. Por tal motivo, el cálculo de enero se realiza tomando como punto de partida el valor inicial de $150.000 estipulado por el Congreso.
Lo mismo pasa con las deducciones. La deducción por cónyuge se incrementará a $235.457,25 mientras que por hijo es de $118.741,97 y llegará a $237.483,94 en el caso de los hijos incapacitados para el trabajo.
La posibilidad de Gobierno de hacer esta actualización sobre el piso del impuesto a las Ganancias para los trabajadores en relación de dependencia llegó a través de la ley aprobada en Diputados el martes pasado que modificó otro impuesto, el de Bienes Personales. Ocurre que esa atribución del Gobierno estaba establecida en el fallido proyecto de Presupuesto 2022 que el oficialismo no pudo aprobar la semana pasada. Al no haber Presupuesto, la facultad hubiese caducado el próximo 31 de diciembre.
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