Revés judicial para Carlos Tevez en su pulseada legal contra el impuesto a las Grandes Fortunas

El ex futbolista había planteado que el cobro del impuesto era confiscatorio, considerando que el aporte que tiene que hacer tiene una incidencia de más del 200% respecto de sus rendimientos percibidos durante 2020

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El ex jugador de Boca y la Selección Argentina había alegado ante la Justicia que el cobro de dicho impuesto era confiscatorio, dado que el aporte que debía realizar representaba una incidencia del 200,40% de sus rendimientos percibidos del año 2020 (Reuters)
El ex jugador de Boca y la Selección Argentina había alegado ante la Justicia que el cobro de dicho impuesto era confiscatorio, dado que el aporte que debía realizar representaba una incidencia del 200,40% de sus rendimientos percibidos del año 2020 (Reuters)

El juzgado Contencioso Administrativo Federal 5 rechazó la medida cautelar presentada por el ex futbolista Carlos Tevez, para no pagar el Aporte Solidario y Extraordinario, conocido como impuesto a las Grandes Fortunas, implementado para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia de coronavirus.

La presentación, que en su momento realizaron los letrados del exfutbolista, indicaba que “el cobro de dicho impuesto era confiscatorio, dado que el aporte que debía realizar representaba una incidencia del 200,40% de sus rendimientos percibidos del año 2020, es decir, absorbiendo el equivalente a la renta obtenida en dos ejercicios anuales completos”.

“Cuando la pretensión cautelar se intenta contra la Administración Pública es menester demostrar prima facie -y sin que ello implique un prejuzgamiento de la cuestión de fondo-, la manifiesta arbitrariedad del acto cuestionado, dado el rigor con que debe apreciarse la concurrencia de los supuestos que la tornan admisible”, señala el fallo que rechaza la presentación de Tevez.

Entre los fundamentos, se recuerda que “la procedencia de las medidas cautelares se halla condicionada a que se acredite la apariencia o verosimilitud del derecho invocado por quien las solicita, y el peligro en la demora, que exige que la probabilidad de que la tutela jurídica definitiva que la actora aguarda de la sentencia a pronunciarse en el proceso principal iniciado o a iniciarse, no pueda, en los hechos, realizarse, es decir, que a raíz del transcurso del tiempo los efectos del fallo final resulten prácticamente inoperantes”.

El capitán y diez de Boca, que jugó la mayoría de su carrera profesional en el exterior, principalmente en Europa, justamente estaba entre las 11.855 personas naturales que reportó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)

Cabe recordar que desde fines de enero de este año, empezó a regir en el país el impuesto extraordinario a las grandes fortunas, una ley aprobada en diciembre del año pasado establecida como un “aporte solidario” que grava de manera progresiva a las personas que tengan un patrimonio igual o mayor a los $200 millones de pesos, es decir, un poco más de dos millones de dólares.

El juzgado Contencioso Administrativo Federal 5 rechazó la medida cautelar presentada por el ex futbolista Carlos Tevez REUTERS/Guilherme Dionizio
El juzgado Contencioso Administrativo Federal 5 rechazó la medida cautelar presentada por el ex futbolista Carlos Tevez REUTERS/Guilherme Dionizio

El pago es del dos por ciento sobre los bienes que tiene en su patrimonio la persona alcanzada. El capitán y diez de Boca, que jugó la mayoría de su carrera profesional en el exterior, principalmente en Europa, justamente estaba entre las 11.855 personas naturales que reportó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

La AFIP inició diciembre habiendo recaudado poco menos del 60% de lo que buscaba con el impuesto extraordinario para las grandes fortunas. Al último día de noviembre el fisco recolectó $237.300 millones. De esa forma, desde que operó el vencimiento del pago voluntario sumó $10.000 millones por ejecuciones fiscales.

El organismo tributario estimaba, durante la discusión legislativa del impuesto a la riqueza, un techo potencial de recaudación de unos $400.000 millones. Desde que se puso en marcha el tributo especial lo pagaron unas 10.600 personas con patrimonios superiores a los 200 millones de pesos.

La mayor parte del monto del aporte solidario fue recibido por AFIP en la fecha de cierre del llamado a realizar la declaración jurada, que fue en abril pasado. Tras esa fecha de corte, la recaudación redondeó unos $223.000 millones y fue alcanzado un universo cercano al 80% de los que se esperaba que pagaran el tributo en ese momento, de acuerdo a la información con la que contaba el fisco.

Con información de Télam

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