Impuesto a los Bienes Personales: la oposición pide tratar el aumento del mínimo no imponible, que no se actualiza desde 2019

La ley debería aprobarse antes del 31 de diciembre para poder tener vigencia en 2022. Si el El mínimo se mantiene en $2 millones, cada vez más contribuyentes tienen que pagar

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Piden que se trate la Ley que eleva el mínimo no imponible del Impuesto a los Bienes Personales
Piden que se trate la Ley que eleva el mínimo no imponible del Impuesto a los Bienes Personales

Un grupo de diputados de la oposición pidió que en la próxima reunión de la Comisión de Presupuesto —prevista para el miércoles 15— además del proyecto de Presupuesto, se trate la Ley que eleva el mínimo no imponible del Impuesto a los Bienes Personales, que ya cuenta con media sanción en el Senado.

Los diputados que realizaron el pedido fueron Martín Tetaz, Alejandro Cacace, Luciano Laspina, Paula Oliveto y Germana Figueroa. El patrimonio a partir del cual los contribuyentes deben pagar Bienes Personales se mantiene en $2 millones desde 2019. Este año, el Senado dio media sanción a un Proyecto de Ley que eleva ese mínimo a $6 millones, pero aun no fue tratado en la Cámara de Diputados.

En un contexto de alta inflación y devaluación del peso, mantener el mínimo pisado en $2 millones genera que cada vez más contribuyentes comiencen a pagar este impuesto

La ley debería aprobarse antes del 31 de diciembre para poder tener vigencia en las declaraciones de impuestos que se presentan en 2022. En un contexto de alta inflación y devaluación del peso, mantener el mínimo pisado en $2 millones genera que cada vez más contribuyentes comiencen a pagar este impuesto.

El Impuesto a los Bienes Personales —que comenzó como un tributo temporal pero ya lleva una vigencia de 30 años— se aplica sobre los bienes, en el país y en el exterior, al 31 de diciembre de cada año. Cuando la valuación total de los bienes supera los $2 millones, hay que inscribirse en el impuesto y presentar una declaración jurada. Están exentos los inmuebles destinados a vivienda familiar (casa-habitación) con una valuación inferior a $18 millones, los depósitos (en pesos y dólares) en cajas de ahorros y en plazo fijo y los títulos y bonos locales.

Esta semana se trató en comisión la Ley de Presupuesto 2022
Esta semana se trató en comisión la Ley de Presupuesto 2022

“Los mínimos actuales están fijos desde el 2019, es decir, desconocen la existencia de la inflación. Dicho desconocimiento lejos de ser accidental, es premeditado, dado que es un aumento de impuestos encubierto”, señaló el tributarista Mariano Ghirardoti.

Según detalló el especialista, cuando se estableció el mínimo de $2 millones este monto representaba aproximadamente USD 33.333. Hoy son apenas USD 10.000. Mientras que el monto exento para la vivienda (casa-habitación) de $18 millones eran USD 300.000 en 2019 y ahora son cerca de USD 90.000 (tomando un dólar no oficial).

Los mínimos actuales están fijos desde el 2019, es decir, desconocen la existencia de la inflación. Dicho desconocimiento lejos de ser accidental, es premeditado, dado que es un aumento de impuestos encubierto (Mariano Ghirardoti)

“Esto es solo tomando como referencia la moneda extranjera, pero en un país donde la inflación ronda el 50% anual, no ajustar estos valores significa desnaturalizar el impuesto que fue creado a efectos de impactar en un determinado contribuyente, con una determinada capacidad contributiva. Entonces, en base a un fenómeno monetario y al no modificar los mínimos, se alcanza un número mucho más elevado de ciudadanos. Se vuelven contribuyentes de Bienes Personales no porque una ley lo indique sino porque el parámetro monetario indicado por la ley en su momento quedó desactualizado”, explicó Ghirardoti.

El Proyecto de Ley que eleva el piso del impuesto fue una iniciativa presentada por el Senador Carlos Caserio, que originalmente proponía un monto mínimo de $8 millones. “La media sanción se obtuvo antes de las elecciones legislativas y después parece que no hay demasiado interés. Si se aprueba antes de fin de año, el tema está solucionado. Si no, como ya tiene media sanción y no pierde estado parlamentario, se puede tratar el año próximo; pero en ese caso, Diputados debería indicar que la vigencia sea retroactiva al 31 de diciembre de 2021. Como es en beneficio de los contribuyentes no hay ningún impedimento”, aclaró el tributarista Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios.

“Lamentablemente si no se aprueba, es otro año más sin actualización. Alguien que tenga poco más de USD 19.000, que son $2 millones al tipo de cambio de divisas del Banco Nación que se debe tomar para el cálculo, ya está alcanzado y podría terminar pagando. La alícuota más alta para bienes en el país es de 1,25%. Esto afectaría a mucha gente que sacó los dólares de las cajas de ahorro por versiones que generaron incertidumbre. Ahora se le genera el el problema de tener que pagar sobre esos dólares”, agregó Domínguez.

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