Brasil reabre sus fronteras terrestres para los argentinos a partir del sábado

Para ingresar se deberá presentar certificado de vacunación con dos dosis o un examen PCR negativo de coronavirus. Lo anunció este jueves el embajador argentino Daniel Scioli

Guardar
El próximo sábado vuelven a
El próximo sábado vuelven a abrir las fronteras terrestres para que los argentinos puedan ingresar a Brasil

Brasil reabrirá las fronteras terrestres con la Argentina y con otros países a partir de este próximo sábado 11 de diciembre. Para ingresar al país se deberá presentar certificado de vacunación con dos dosis o un examen PCR negativo de coronavirus. La novedad fue dada a conocer este jueves por el embajador argentino en Brasil, Daniel Scioli.

“Buenas noticias! Tal como lo había anticipado, vuelven a abrir las fronteras terrestres para que argentinos y argentinas puedan ingresar a Brasil”, publicó Scioli esta mañana en su cuenta de Twitter.

Según la resolución del Gobierno brasileño, publicada en el Diario Oficial de la Unión, se va a requerir una cuarentena de cinco días a quienes lleguen al país vecino por cualquier medio sin comprobante de vacunación. La nueva resolución del Ejecutivo brasileño deja sin efecto una anterior que apenas permitía el tránsito terrestre por la frontera paraguaya para poder ingresar a Brasil.

Hasta ahora estaba habilitado paso
Hasta ahora estaba habilitado paso fronterizo entre Brasil y Paraguay

A partir del próximo sábado, podrán ingresar por vía terrestre sin comprobante de vacunación los que deban dirigirse a un aeropuerto o tengan autorización especial y quienes ingresen desde la frontera con Paraguay, según la resolución. Están exceptuados de comprobación de PCR o certificado de vacunación los residentes en las llamadas ciudades gemelas de frontera.

El Gobierno brasileño determinó que se deben cumplir los siguientes requisitos para el ingreso al país:

Por vía área

- Presentación a la aerolínea de un test de Covid-19 con resultado negativo realizado dentro de las 24 horas anteriores al momento del embarque o PCR de laboratorio, realizado dentro de las 72 horas previas al momento del embarque.

- Prueba impresa o electrónica de vacunación cuya aplicación de la última dosis o dosis única se haya producido al menos 14 antes de la fecha de viaje.

- Los viajeros que no cuenten con comprobante de vacunación, o cuya aplicación de la última dosis se haya producido al menos 14 días antes de la fecha de salida, podrán ingresar al territorio brasileño, siempre que acepten realizar una cuarentena por cinco días en la ciudad de su destino final.

Por vía terrestre

- Prueba, impresa o electrónica, de vacunación cuya aplicación de la última dosis o dosis única se ha producido, al menos 14 días antes de la fecha de ingreso al país.

- Documento que acredite la realización de una prueba de antígenos con resultado negativo o indetectable dentro de las 24 horas anteriores a la entrada en el país, o RT-PCR de laboratorio, realizadas dentro de las 72 horas previas al ingreso al país.

- Excepcionalmente, quienes no cuenten con comprobante de vacunación y por razones de restricciones de movilidad impuestas por el país en el que se encuentren, no puedan regresar a su país de residencia, podrán ingresar cumpliendo los siguientes requisitos:

  • Una autorización de la autoridad migratoria;
  • Dirigirse directamente al aeropuerto;
  • Obtener una solicitud formal de la embajada o consulado del país de residencia; y presentar los tickets aéreos correspondientes para el regreso a su país de residencia.

- La obligación de presentar comprobante de vacunación o test de Covid-19 no aplica en estos casos :

  • La entrada de un viajero al país, por vía terrestre, entre Brasil y Paraguay, siempre que se cumplan los requisitos migratorios (tener una visa de entrada cuando se requiera).
  • Ingreso de un viajero al país en situación de vulnerabilidad para realizar acciones humanitarias transfronterizas previamente autorizadas por las autoridades sanitarias locales
  • Residentes fronterizos en ciudades gemelas, previa presentación de un documento de residente fronterizo (u otro documento acreditativo), siempre que se garantice la reciprocidad en el trato de los brasileños por parte del país vecino
  • El viajero que realiza el transporte de carga o conductores y asistentes de vehículos de transporte de carga por vía terrestre
  • Los extranjeros cuya entrada esté autorizada específicamente por el Gobierno brasileño por motivos de interés público o por razones humanitarias
  • Funcionario extranjero acreditado ante el Gobierno brasileño

SEGUIR LEYENDO:

Guardar