Las cámaras que nuclean a las empresas aéreas que operan en el país y a las agencias de turismo mantuvieron una reunión con las autoridades del Banco Central (BCRA), en la que se ratificó la medida que prohíbe la financiación en cuotas con tarjetas de crédito para la compra de pasajes aéreos hacia el exterior y otros servicios turísticos. En el encuentro estuvieron presentes el vicepresidente del BCRA, Sergio Woyecheszen, y la jefa de gabinete de la cartera de Turismo, Geraldine Oniszczuk. Por el lado de las empresas participaron representantes de las cámaras de las empresas aéreas (IATA y Jurca) y de las agencias de viajes (Faevyt y Facve).
La Federación Argentina de Asociaciones de Empresas de Viajes y Turismo (Faevyt) llevó a la reunión un documento en el cual advirtió sobre los posibles impactos negativos que tendrá la medida para la economía del turismo argentino.
Según el documento, una medida como la que se implementó afectará principalmente al segmento de clase media que todavía no se resigna a no poder viajar al extranjero. Mientras tanto, los sectores de mayores ingresos no se verían afectados ya que se pueden permitir pagar al contado sin modificar sus planes de viaje.
Por supuesto que la clase media-baja no entra en esta discusión, ya que, según los datos aportados por Faevyt, este sector ya vio afectada su posibilidad de viajar años atrás. En 2019 se registró una caída del 28,6% del déficit de dólares por turismo, lo que se explica por “el efecto ingreso y el efecto precio de la divisa que encareció de manera sustantiva el turismo al exterior para buena parte de la clase media y media-baja”.
Otro dato importante que aporta el documento es que solamente el 40% de los argentinos que salen del país lo hacen por motivos turísticos, es decir que la mayoría de los egresos se realizan por motivos laborales, de estudio, familiares, médicos u otras razones.
Según las agencias de viajes la medida afectará principalmente a la clase media
Por otra parte, las agencias de viajes creen que el turismo está siendo injustamente castigado, ya que según sus datos, apenas un dólar de cada cuatro que egresa del país se explica por la compra de servicios de transporte -pasajes aéreos- o la compra de paquetes de las agencias operadoras de turismo. Los 3 dólares restantes se explican por la cancelación de tarjetas, de este segmento, Faevyt estima que un porcentaje muy menor responde a la cancelación de pagos relacionados al turismo. De hecho, la mayor proporción se explica por pagos de e-commerce, suscripciones a servicios digitales y otros consumos no presenciales con empresas radicadas en el exterior.
Es por todo esto que las cámaras que representan a las aerolíneas y a las agencias de viajes solicitan que se derogue la norma que prohíbe las cuotas a los viajes al exterior, o que al menos esa prohibición se limite a la venta con cuotas subsidiadas por el estado. Además piden convocar de forma urgente una mesa de trabajo donde se pueda discutir en conjunto con el BCRA cualquier suba en el gasto del rubro viajes buscando que se mantenga estable durante la pandemia.
Para concluir el documento, Faevyt mostró sus dos fundamentos jurídicos del rechazo a la medida. El primero es que, en su criterio, restringe el “derecho a ejercer toda industria lícita, comerciar y asociarse con fines útiles” consagrado en la Constitución. Del mismo modo, viola la garantía a la seguridad jurídica reconocida por la Corte Suprema de Justicia en la ley de Tarjetas de Crédito.
Además marcaron que la medida vulnera el artículo 28 de la Constitución “en tanto altera los derechos de los usuarios -y de las empresas en consecuencia- atento modifica de hecho el derecho de los consumidores”, a la vez que consideraron que acceder a la financiación en cuotas “es derecho subjetivo privado adquirido al amparo de las leyes indicadas”.
A modo de cierre citaron la siguiente frase del texto constitucional ya que, según Faevyt, la medida impacta directamente y de forma negativa en la libertad de comercio de las empresas que integran la industria de los viajes y el turismo: “los usuarios de bienes y servicios tienen derecho , en la relación de consumo, a la protección de sus... intereses económicos... a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno”.
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