Criptomonedas: qué opciones se analizan para implementar el impuesto al cheque

En medio del malestar entre la fintech por una medida “inesperada”, los expertos analizan cuál podría ser la reglamentación que disponga la AFIP para quienes compren Bitcoin y otras monedas digitales. Por qué la medida no tendría un objetivo únicamente recaudatorio

Foto EFE/MAXIM SHIPENKOV

El ecosistema fintech quedó convulsionado por el decreto publicado ayer por el Gobierno que dispuso la aplicación del impuesto al cheque a toda operación vinculada a criptomonedas. La decisión los tomó por sorpresa y provocó enojos, máxime en un contexto de fluido contacto entre el ministerio de Economía y la Cámara Argentina de Fintech para elaborar el régimen tributario del plan Transferencias 3.0, con el que se espera una fuerte expansión de los pagos con código QR. Al mismo tiempo que se sancionaron todas las exenciones necesarias para que ese plan funcione, se decidió gravar las operaciones con criptomonedas.

Algunas voces del mundo fintech no ven detrás de la decisión oficial el típico afán recaudatorio que está detrás de cualquier impuesto, sino que arriesgan dos motivos de otra índole. Uno es que las múltiples formas en que los exchanges argentinos se proveen de criptomonedas, en algún punto, implican una salida de dólares del país, y que para evitarlo se pondrán todas las trabas disponibles. En ese sentido, según pudo saber Infobae, varias de esas billeteras locales están recibiendo inspecciones del Banco Central para establecer si están haciendo intermediación financiera, actividad reservada a los bancos.

Otra cuestión central es que todas las fintech que hoy gozan de la excepción del impuesto al cheque podrían perder ese beneficio si comienzan a operar con criptomonedas. Por ello, el decreto conocido ayer es un gran factor para desincentivar a las billeteras digitales más populares del país (Mercado Pago, Ualá, Naranja X y otras) a que ofrezcan el acceso a las criptomonedas a sus millones de clientes. Si lo hacen, perderán un beneficio impositivo vital.

“La norma tendrá un impacto inmediato sobre las operaciones formales, que se volcarán al mercado informal. Así, el Estado perderá visibilidad sobre estas transacciones, que no disminuirán en cantidad ni en volumen, considerando el auge en el que se encuentran a nivel global y local” (Cámara Argentina de Fintech)

Mientras tanto, hay que esperar: el impuesto no comenzará a aplicarse hasta que la AFIP reglamente ese decreto, ya que su texto dice que el tributo se aplicará “en los términos que defina la normativa aplicable”. Si bien todavía no se pueden tener certezas sobre la implementación que decidirá la AFIP, entre los expertos en impuestos ven dos posibilidades. La primera, es que la alícuota del 0,6% se aplique únicamente en el cash in y el cash out, es decir, cada vez que alguien ingresa pesos desde una cuenta a su billetera para comprar criptomonedas o cada vez que los retira.

La segunda opción es la que más preocupa por estas horas a las fintech: que el impuesto al cheque se aplique en todas las operaciones dentro del exchange, aún sin retirar el dinero. De ese modo, quienes hacen trading con criptomonedas y pueden comprar y vender distintas monedas incluso a lo largo del día, tendrían un costo impositivo que dejaría en el camino gran parte de la rentabilidad. El decreto menciona “cualquier otra operación” sobre criptomonedas y ese criterio amplio abona esta segunda posibilidad.

A la vez, los expertos entienden que quienes deberán pagar el impuesto serán las billeteras y no los usuarios finales. De esa manera, cada fintech podría decidir la forma de absorber ese costo, como parte de su política comercial. El impuesto podría estar incluido así dentro de las comisiones o de los spreads de cada operación. Pero tampoco hay certezas sobre ese punto.

Las grandes ganadoras de la medida del Gobierno serán las billeteras como Binance o Paxful, lejos de cualquier control oficial. Foto: REUTERS/Darrin Zammit Lupi

“Veníamos trabajando en conjunto con el Gobierno en el régimen impositivo del programa Transferencias 3.0 y nunca se habló sobre las criptomonedas. Fue un balde de agua fría”, señaló Fernando Quiroga, socio de KPMG y asesor tributario de la Cámara Argentina de Fintech. El experto destacó que las exchanges administran fondos de terceros, por lo que su capacidad contributiva no se condice con los montos que manejan.

“Para las plataformas de pago existían exenciones desde el decreto 485 de 2017. Cuando este año se sancionó el decreto 301, se interpretó que las plataformas de criptomonedas quedaban incluidas dentro de esas excepciones”, agregó.

En contraposición, desde el ámbito oficial existe la postura de que la normativa vigente no exceptuaba a las operaciones de las fintech que operan con criptomonedas, y que éstas estaban usando un beneficio orientado a la inclusión financiera pensado para otras plataformas de pago. La reglamentación original del impuesto al cheque, además, es muy amplia e incluye toda clase de movimiento de fondos, por lo que las excepciones deben ser taxativas.

Todas las fintech que hoy gozan de la excepción del impuesto al cheque podrían perder ese beneficio si comienzan a operar con criptomonedas

Tras conocerse el decreto, la Cámara Argentina de Fintech emitió un comunicado en el que destacó que la inclusión de ese artículo en el decreto fue “una noticia inesperada”, sobre todo “teniendo en cuenta el intenso trabajo en conjunto que nuestra institución y diversos organismos públicos estamos desarrollando en el marco de múltiples iniciativas regulatorias, como Transferencias 3.0, entre muchas otras.”

“La norma tendrá un impacto inmediato sobre las operaciones formales, que -al ver incrementados sus costos- se volcarán al mercado informal. Así, el Estado perderá visibilidad sobre estas transacciones, que no disminuirán en cantidad ni en volumen, considerando el auge en el que se encuentran a nivel global y local. Además, la medida afectará la operatoria de una actividad que se encuentra en pleno desarrollo en todo el mundo y que aporta crecimiento, innovación, dinamismo, inclusión, y generación de empleo al sistema.”, agregó la Cámara.

La mención sobre el “mercado informal” se vincula a las operaciones “P2P”, o entre personas, que ofrecen empresas de alcance global como Binance o Paxful, las cuales están fuera del alcance de cualquier control impositivo y, por lo tanto, resultarían las grandes ganadores de la aplicación del impuesto. De ese modo, el decreto estimularía la operatoria a través de esas aplicaciones y penalizaría con el impuesto a las más de 15 exchanges locales que, según explican en la Cámara, cumplen con políticas de “conozca a su cliente” y de averiguación del origen de los fondos.

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