Bancos y casas de cambio interrumpieron temporalmente la posibilidad de operar dólar MEP y contado con liquidación, debido a las nuevas trabas cambiarias comunicadas anoche por la comisión Nacional de Valores (CNV). Junto con nuevo límites a importadores, las medidas fueron la respuesta a las pérdidas de reservas del Banco Central tanto en el mercado formal como en las plazas de los dólares financieros. Y aunque el nuevo marco regulatorio no impide comprar dólares implícitos en bonos, por hoy muy pocas entidades van a poder ofrecerlos.
“Por el día de hoy va a ser difícil que un banco opere. Mañana seguro”, dijeron desde un banco privado.
“Estamos actualizamos la plataforma para adaptarnos a las nuevas regulaciones: Por unos minutos estará deshabilitada la operación contra especie D”, coincidió por su parte la sociedad de Bolsa Cocos Capital a través de su cuenta de Twitter.
“Por el día de hoy va a ser difícil que un banco opere. Mañana seguro”
“Se encuentra implementado ek sistema de emergencia en nuestra plataforma. Esto implica que el día de hoy, se puede vender contra MEP hasta 50.000 semanales de bonos Ley argentina. No se puede vender contra MEP otros activos ni comprar nada contra MEP. Se puede operar contra pesos sin problema”, agregó una hora más tarde.
El panorama es el habitual. Y a medida que se acumulan las regulaciones cambiarias, también bastante frecuente. Al día siguiente de una nueva vuelta de tuerca al cepo, los distintos mercados del dólar caen en un parate, casi un feriado cambiario de hecho. Y eso se debe a que las entidades deben cambiar sus procesos para asegurarse cumplir con la nueva normativa.
La Resolución 907 de la CNV, publicada hoy en el Boletín oficial, estableció los nuevos límites para operar con dólar MEP y contado con liquidación. Para bancos y casas de cambio, las principales dificultades a las que tienen que adaptarse son dos.
Primero, para poder operar bonos contra dólares -una parte esencial del MEP y el liqui- los clientes tienen que presentar una declaración jurada en la que afirman que en los últimos 30 días no realizaron operaciones que desde hoy impiden las transacciones con esos activos. Y, a su vez, deben comprometerse a través de esa misma declaración a no realizar trades prohibidos en los siguientes 30 días.
Segundo, las sociedades de Bolsa y bancos deben verificar que sus clientes no hayan operado en los últimos 30 días de la manera en que la CNV lo impide, para así negar la posibilidad de comprar dólar MEP o contado con liquidación a esos clientes específicos.
Así resumió Portfolio Personal Inversiones los cambios en el mercado de dólares financieros:
“Quien haya vendido contra dólares títulos ley Argentina en los últimos 30 días o lo piense hacer en los siguientes 30 días, no podrá cursar una venta con liquidación en moneda extranjera de cualquier otro valor negociable que opere en el mercado local -o realizar una transferencia (desde o hacia) el exterior” (PPI)
1. Se limita la compraventa de valores negociables de renta fija nominados en dólares estadounidenses y emitidos bajo ley local al cierre de cada semana (calendario), en el segmento Prioridad Precio Tiempo (PPT) Desde ahora, la cantidad de valores negociables vendidos con liquidación en moneda extranjera no podrá ser mayor a cincuenta mil (50.000) nominales respecto de la cantidad de valores negociables comprados con liquidación en dicha moneda. Es importante tener en cuenta que este límite rige, en forma conjunta, para la venta contra MEP (especie D) y contra Cable (especie C)”.
2. Se podrán cursar órdenes para concertar operaciones con valores negociables con liquidación en moneda extranjera (incluye todos los activos que operan en el mercado local, salvo valores negociables de renta fija nominados y pagaderos en dólares estadounidenses emitidos por la República Argentina bajo Ley Local), o realizar transferencias desde o hacia el exterior, sólo sí el cliente declara que:
a. En los últimos 30 días corridos no concertó operaciones de venta de valores negociables nominados y pagaderos en dólares estadounidenses emitidos por la República Argentina bajo Ley Local, con liquidación en moneda extranjera, en el segmento PPT; y
b. manifiesta que tampoco concertará ventas en los siguientes 30 días corridos de liquidada esa operación.
“En otras palabras, quien haya vendido contra dólares títulos ley Argentina en los últimos 30 días o lo piense hacer en los siguientes 30 días, no podrá cursar una venta con liquidación en moneda extranjera de cualquier otro valor negociable que opere en el mercado local -o realizar una transferencia (desde o hacia) el exterior”, concluyó el informe de PPI.
Aunque la norma no impida que los clientes sigan comprando MEP o Liqui, si hay trabas nuevas a los movimientos desde un mercado al otro. Y para que esas trabas se apliquen, las plataformas online de bancos y casas de cambio tendrán que hacer algunas modificaciones.
“Tenemos que revisar las operaciones de nuestros clientes de los últimos 30 días, a ver quién queda habilitado y quién no”, dijeron desde una sociedad de Bolsa. “Entendemos que mañana vamos a estar otra vez operativos”, agregó.
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