
Con la cercanía del fin de año se inició el período de otorgamiento de vacaciones conforme la Ley de Contrato de Trabajo. En ese sentido, tanto empleadores como empleados deben tener en cuenta varias claves sobre la forma en que está estructurado el descanso vacacional, más los derechos y obligaciones que tiene cada una de las partes.
El contador Sebastián Domínguez, de SDC Asesores Tributarios, elaboró una serie de 9 claves a tener en cuenta a la hora de acordar las vacaciones.
1. Época de Otorgamiento
Como norma general, las vacaciones deberán ser concedidas en forma obligatoria entre el 1º de octubre de 2021 y el 30 de abril de 2022.
2. Omisión de Otorgamiento
Si el empleador omite otorgar las vacaciones, el trabajador puede hacer uso del derecho de tomárselas siempre que las mismas concluyan antes del 31 de mayo de 2022, previa notificación fehaciente al mismo.
3. Comunicación de las vacaciones
El empleador debe comunicar al trabajador el período durante el cual gozará de las vacaciones en forma escrita y con una anticipación mínima de cuarenta y cinco (45) días.
Los convenios colectivos de trabajo pueden establecer un plazo más amplio.
Por ejemplo, en el caso de empleados de comercio, el convenio establece que debe realizarse la comunicación con una anticipación mínima de sesenta (60) días.
4. Plazo de vacaciones
De acuerdo a la antigüedad en el empleo, el trabajador tiene derecho al plazo de vacaciones que corresponda según la Ley o según el Convenio Coletivo de Trabajo, si este amplia el plazo.
5. Requisitos para su goce
El trabajador debe haber prestado servicios como mínimo durante la mitad de los días hábiles comprendidos en el año calendario o aniversario respectivo. Se computan como trabajados los días en que no preste servicios por gozar de una licencia legal o convencional, los días feriados en que el trabajador debiera normalmente prestar servicios o por estar afectado por una enfermedad inculpable o por infortunio en el trabajo, o por otras causas no imputables al mismo. Si el trabajador no llega a totalizar el tiempo mínimo de trabajo requerido, gozará de un período de descanso anual, en proporción de un (1) día de descanso por cada veinte (20) días de trabajo efectivo.
6. Inicio de las vacaciones
La licencia por vacaciones debe iniciarse un día lunes o a partir del primer día hábil siguiente si el mismo fuera feriado.
7. Retribución durante las vacaciones
La licencia por vacaciones es paga y se realiza un cálculo por el cual el empleado recibe un plus vacacional.
8. Momento del pago de la retribución
El pago debe realizarse antes de la iniciación del período de vacaciones.
9. Régimen especial para pequeñas y medianas empresas
La Ley 24.467 que regula a las pequeñas y medianas empresas (PyMes), establece la posibilidad de realizar algunas modificaciones al régimen general de vacaciones a través de la negociación colectiva por lo que habrá que analizar cada convenio particularmente.
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