“Registradas”: cuáles son los ejes del programa que paga hasta el 50% del sueldo de trabajadoras de casas particulares

El plan oficial apunta a recuperar empleos perdidos durante la pandemia y contribuir a una mayor formalización en el sector. En tanto, quienes presten servicios en casas particulares, podrán estar inscriptos únicamente con un solo empleador

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Para poder ingresar al programa,
Para poder ingresar al programa, el empleador deberá percibir ingresos mensuales inferiores al mínimo no imponible de Ganancias, y no podrá despedir al trabajador para inscribirlo como una nueva contratación (Shutterstock)

El Gobierno puso en marcha el Programa “Registradas” que busca incentivar la registración de empleadas de casas particulares a través de distintos beneficios. El pago durante seis meses por parte del Estado de hasta el 50% de los sueldos de las nuevas contrataciones de trabajadoras de casa particulares es el eje central del mismo, que además contempla un monto máximo del beneficio de $15.000 y apunta a recuperar empleos perdidos durante la pandemia, apoyar a los empleadores y contribuir a una mayor formalización en el sector.

Quienes quieran acceder a los beneficios de esta iniciativa conjunta de los ministerios de las Mujeres, Economía, Trabajo y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) podrán inscribir a las nuevas trabajadoras a partir del primero de octubre y durante tres meses, hasta el 31 de diciembre, cuando concluya la vigencia del programa, en el que el Gobierno espera que se anoten como mínimo 90.000 trabajadoras de casas particulares.

El plan consiste en el aporte de una suma mensual de entre el 30 y el 50% de la remuneración neta mensual que el empleador declara que abonará al trabajador al momento de la inscripción, por un plazo de seis meses.

Para poder ingresar al programa, el empleador deberá percibir ingresos mensuales inferiores al mínimo no imponible de Ganancias, y no podrá despedir al trabajador para inscribirlo como una nueva contratación.

Quienes quieran acceder a los beneficios de esta iniciativa conjunta de los ministerios de las Mujeres, Economía, Trabajo y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) podrán inscribir a las nuevas trabajadoras a partir del primero de octubre y durante tres meses, hasta el 31 de diciembre

El Estado aportará el 50% de la remuneración neta mensual mínima de la nueva contratación cuando el empleador perciba un ingreso bruto mensual inferior al 70% del mínimo no imponible del impuesto a las Ganancias, porcentaje que actualmente representa la suma de 117.374 pesos.

En tanto, contribuirá con el 30% de la remuneración neta mensual en el caso de que los empleadores tengan un ingreso bruto mensual comprendido entre el 70% y 100% del mínimo no imponible del mismo impuesto.

Entre los requisitos figura además que durante los 12 meses inmediatos anteriores a la entrada en vigencia del decreto que establezca el programa, el empleador debe haber percibido un promedio mensual de ingresos brutos, de cualquier naturaleza, igual o inferior al mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias, actualmente fijado en 175.000 pesos.

Cómo ingresar al programa

Para acceder al beneficio, el empleador deberá dar de alta al nuevo trabajador en la AFIP, tras lo cual se creará una cuenta sueldo en el Banco de la Nación donde el Estado transferirá el aporte del salario que corresponda a la declaración efectuada por el empleador, quien, a su vez, depositará allí el porcentaje restante del haber.

Quienes presten servicios en casas particulares, deberán trabajar como mínimo 12 horas semanales y podrán estar inscriptos únicamente con un solo empleador. Tampoco podrán estar inscripto dos veces al programa.

El acceso a esta modalidad no genera incompatibilidad con otros beneficios, asignaciones y programas sociales, con excepción de la pensión no contributiva por invalidez, pensión no contributiva madre de siete hijos y pensión no contributiva por vejez.

El Estado aportará el 50%
El Estado aportará el 50% de la remuneración neta mensual mínima de la nueva contratación cuando el empleador perciba un ingreso bruto mensual inferior al 70% del mínimo no imponible del impuesto a las Ganancias, porcentaje que actualmente representa la suma de 117.374 pesos (Shutterstock)

En tanto, el empleador estará obligado a mantener el puesto de trabajo los cuatro meses posteriores a la finalización del beneficio, y durante todo el plazo de su percepción será responsable de los aportes, contribuciones y cuota de la ART del trabajador inscripto.

Quienes presten servicios en casas particulares, deberán trabajar como mínimo 12 horas semanales y podrán estar inscriptos únicamente con un solo empleador. Tampoco podrán estar inscripto dos veces al programa

Se prevé además la creación un comité de seguimiento, integrado por representantes de los ministerios de Mujeres, de Trabajo, y de Economía; la AFIP y el Banco de la Nación, que hará informes periódicos sobre la marcha de la aplicación del plan.

En ese marco, el Gobierno espera que un mínimo de 90.000 trabajadoras del servicio doméstico sean alcanzadas por el plan. Así lo expresó la directora nacional de Economía y Género del Ministerio de Economía, Mercedes D`Alessandro, quien consignó que la aspiración “de máxima es recuperar los 300.000 empleos que se perdieron en la pandemia”.

D’Alessandro remarcó que el plan busca tanto la creación de empleo registrado, como generar las condiciones para que mujeres de ingresos medios y altos puedan salir a trabajar, luego del “retroceso en la fuerza laboral en todos los niveles de ingresos” registrado en el marco de la pandemia de coronavirus.

“El trabajo doméstico es la tercera rama de inserción laboral de las mujeres”, indicó la funcionaria, quien precisó que, antes de la aparición del coronavirus, esta actividad era la segunda.

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