Desde hoy, España no exigirá más el cumplimiento de una cuarentena obligatoria para los viajeros procedentes de seis países de América Latina y África, entre los cuales está la Argentina. La exigencia buscaba evitar la propagación del coronavirus causada por visitantes que provengan de países catalogados como de alta circulación interna. De este modo, la Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Namibia y Sudáfrica dejan de ser considerados por España como países de alta circulación del virus Sars-CoV-2.
Así, los argentinos que viajen a España podrán hacerlo sin la obligación de realizar la cuarentena obligatoria de 10 días a su llegada. Sin embargo, hasta el momento, el Gobierno habilitó únicamente los vuelos posteriores a agosto de Aerolíneas Argentinas. Level e Iberia, las otras dos aéreas que vuelan hacia el país europeo, tienen habilitadas sus frecuencias hasta el 31 de agosto.
A una semana de fin de mes hay muy pocos vuelos habilitados hacia el país europeo. Son estos:
- Iberia: La compañía española cuenta con un único vuelo desde Ezeiza hacia Madrid el día 27 de agosto. Anunció hace pocos días que sus frecuencias de los días 25 y 30 de agosto serían canceladas y operadas por Level, su empresa de vuelos low cost.
- Level: La empresa aérea de bajo costo, tomará los dos vuelos que canceló Iberia y volará desde Ezeiza hacia Barcelona los días 26 y 31 de agosto.
- Aerolíneas Argentinas: La empresa aérea de bandera cuenta con vuelos hacia Madrid los días 25, 27 y 29 de agosto, y es la única aerolínea que ya conoce sus frecuencias para los primeros cinco días de septiembre. Fuentes oficiales de la compañía confirmaron que volarán hacia la capital española los días 1º, 3 y 5 de septiembre.
Pero quienes viajen a España deben saber que el país exige a los viajeros que cuenten con el esquema completo de vacunación de alguno de los fármacos contra el coronavirus aprobados por la Agencia Europea del Medicamento (EMA) y los que figuran en el listado de emergencia de la Organización Mundial de la Salud (OMS). Tal como lo refleja la orden ministerial publicada en el Boletín Oficial del Estado español (BOE) del 9 de junio de 2021 las vacunas aprobadas son: Pfizer, Moderna, AstraZeneca, Janssen, Sinopharm y Sinovac-Cronavac.
Por el momento, España y los países europeos, no reconocen la vacuna rusa Sputnik V, aunque se espera que Sanidad de ese país se pronuncie sobre la combinación de vacunas, y sobre todo si en la combinación se aceptará el inoculante de origen ruso.
Otro punto importante es que el esquema de vacunación debe haber sido completado un mínimo de 14 días previos al ingreso a España.
En caso de no contar con alguna de las vacunas que España reconoce, las personas que quieran ingresar al país deberán realizarse alguna de las Pruebas Diagnosticadas de Infección Activa (PDIA) que se consideran válidas. Estas son: la PCR (RT-PCR de COVID-19) y otras pruebas moleculares de detección de ARN viral con fiabilidad equivalente para la detección del SARS-CoV-2. No tienen validez las pruebas de diagnóstico rápidas de detección de antígeno o serologías de alto rendimiento.
Sin embargo, el hecho de que España haya quitado la cuarentena obligatoria de diez días para visitantes argentinos, y de otras cinco naciones, no implica que no haya restricciones al ingreso.
Según ya informó Infobae, sigue vigente la disposición INT/657/2020 del Ministerio del Interior español que limita la entrada al país de personas no residentes en la Unión Europea. Asimismo, las autoridades pueden denegar el acceso a cualquier persona alegando “razones de orden público o salud pública”. La normativa española no especifica los casos concretos de denegación, sino únicamente las excepciones. Es decir que no se podrá ingresar al país a menos que “se pertenezca a alguna de las siguientes categorías”:
1 - Residentes de la Unión Europea. Estados del espacio Schengen, Andorra, Mónaco, El Vaticano (Santa Sede) y/o San Marino que se dirijan a ese país, certificandolo con documentos.
2 - Titulares de una visa de larga duración expedido por algún estado miembro o asociado Schengen que se dirija a ese país.
3 - Profesionales de la salud, incluidos investigadores sanitarios, y profesionales del cuidado de personas mayores que se dirijan o regresen de ejercer su actividad profesional.
4 - Personal de transporte, marinos y el personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo.
5 - Personal diplomático, consular, de organizaciones internacionales, de protección civil, militares y miembros de organizaciones humanitarias que viajen en el ejercicio de sus funciones.
6 - Estudiantes que realicen sus estudios en alguno de los Estados miembros o Estados asociados Schengen y que cuenten con el correspondiente visado o permiso y seguro médico, siempre que se dirijan hacia el país donde cursan sus estudios, y que la entrada de produzca durante el ciclo lectivo o los 15 días previos al inicio del mismo.
7 - Trabajadores altamente calificados cuya labor sea necesaria y no pueda ser pospuesta o ejercida a distancia. Este apartado incluye a deportistas de alto nivel que deban participar de entrenamientos o eventos deportivos en España.
8 - Viajeros que deban ingresar al país por motivos familiares imperiosos.
9 - Personas que acrediten motivos de fuerza mayor o situación de necesidad, o cuya entrada se permita por motivos humanitarios.
Quienes viajen a España deben considerar sin embargo que no podrán circular libremente por el resto de los países europeos. Por el momento no hay unanimidad en cuanto a los permisos fronterizos y cada país puede exigir diferentes requisitos para que un viajero ingrese a su territorio. La Comisión Europea ha definido que todas las personas que se trasladen por Europa deben contar con el pase sanitario, el mismo puede ser obtenido por un extranjero que se encuentre en territorio europeo a través de un test PCR o un test de antígenos negativo que le permitirá generar un código QR que les será exigido por las autoridades fronterizas.
Este pase puede ser exigido también para ingresar a bares, restaurantes, museos y demás establecimientos. Por ejemplo en París, se lo exige para ingresar a la Torre Eiffel así como al museo del Louvre.
Sumada a estas disposiciones, que tienen un margen para la discrecionalidad de las autoridades, las normativas para los ingresos en cada uno de los países hacen saber que los riesgos de viajar en pandemia deben tenerse presente, y que el turista puede cargar con eventuales restricciones, cuarentenas, confinamientos si las autoridades sanitarias lo requieran. Un seguro de viaje especial también puede ser pedido, como el pago por parte del viajero de cualquier situación que surja por una cuestión sanitaria.
La recomendación para cualquier persona que planee viajar a Europa es la de consultar previamente a las autoridades consulares del país de destino. Además es recomendable que los viajeros tengan presente las limitaciones de disposición de vuelos, como en el caso de Argentina, donde el Gobierno estableció un cupo de ingreso de personas desde el exterior por día, lo que hace que viajar en la época pospandemia sea una situación compleja y arriesgada.
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