Créditos para monotributistas a tasa cero: cuánto dinero se podrá pedir y cómo será el mecanismo

AFIP habilitará el sistema a fines de agosto. Cuáles son los requisitos para acceder a los préstamos, que se cobrarán a través de una tarjeta de crédito

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(REUTERS/Agustin Marcarian)
(REUTERS/Agustin Marcarian)

Como estaba previsto, el Gobierno puso en marcha el Programa Crédito a Tasa Cero 2021, el cual establece préstamos de hasta 150 mil pesos para monotributistas con un subsidio por parte del Estado del 100% del costo financiero total. La medida fue confirmada a través del Decreto 512/2021, publicado este viernes en el Boletín Oficial.

Según el texto firmado por el presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y todos los ministros nacionales, esta iniciativa tiene como objetivo “asistir a trabajadores y trabajadoras adheridos y adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), con el fin de acompañar el proceso de recuperación productiva” de la Argentina.

Para poder solicitar este beneficio, los solicitantes deberán cumplir con determinadas condiciones que establecerá el Ministerio de Desarrollo Productivo, a cargo de Matías Kulfas.

Además, se aclaró que quedarán excluidos automáticamente todos los que “perciban ingresos en relación de dependencia o estén inscriptos en el Sistema Integral Previsional Argentino (SIPA) como trabajadores autónomos”.

Puntualmente, el beneficio consiste en la obtención de una financiación “a tasa cero con subsidio del 100% del costo financiero total”, cuyo importe máximo dependerá de la categoría en la que se encuentre cada contribuyente:

· Categoría “A”, un límite máximo de 90.000 pesos.

· Categoría “B”, un límite máximo de 120.000 pesos.

· Restantes categorías, un límite máximo de 150.000 pesos.

Podrán solicitar este crédito quienes ya hayan recibido uno en el marco del programa similar que se implementó el año pasado, siempre y cuando no se encuentren en mora en el cumplimiento de sus obligaciones y que tampoco se encuentren con ejecución en trámite, o se les hubiera ejecutado la garantía del Fondo de Garantías Argentino (FoGAr).

En cambio, los que recibieron un Crédito a Tasa Cero en el marco del Programa ATP y al momento de solicitar este nuevo financiamiento se encontrasen en mora en el cumplimiento del crédito 2020, “deberán destinar el monto del nuevo crédito a cancelar la totalidad del monto adeudado y podrán gozar libremente del saldo, si quedara remanente”.

Por otra parte, hasta la cancelación total de la financiación, los beneficiarios no podrán:

a. Acceder al Mercado Único y Libre de Cambios para realizar operaciones correspondientes a la formación de activos externos.

b. Concertar ventas en el país de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o canjes de títulos valores por otros activos externos o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior.

La AFIP habilitará la inscripción
La AFIP habilitará la inscripción a fines de agosto (Foto: AFIP)

Para acceder al programa, los interesados podrán postularse utilizando el servicio que pondrá a disposición la Administración Federal de Ingresos Público (AFIP) en su sitio web, a partir de la última semana de este mes.

Así lo adelantó hace unos días la vicejefa de Gabinete, Cecilia Todesca Bocco, quien consideró que se trata de “un buen momento” para dar “una mano” a los monotributistas a través de la puesta en marcha de esta nueva línea de créditos.

“La AFIP le va a preguntar a los que cumplen con las condiciones si quieren el crédito o no y, en caso afirmativo, pedirá indicar si ya tiene una cuenta con un banco, con cuál opera, y si tiene tarjeta de crédito, porque estos fondos se depositan directamente en las tarjetas de los trabajadores”, aseveró la funcionaria en Radio 10.

Según trascendió, los préstamos se acreditarán en un único desembolso en la tarjeta de crédito de cada monotributista, a diferencia del año pasado, cuando el Estado pagó esos montos en varias cuotas. Y en caso de que ese contribuyente no cuente con un plástico, el banco deberá proveérselo.

Entre los considerandos del decreto publicado este viernes, el Gobierno señaló que durante los últimos meses “se adoptaron distintas medidas destinadas a ralentizar la expansión del virus SARS-CoV-2 por lo cual se debió limitar la circulación de personas y el desarrollo de actividades determinadas, lo que conllevó un impacto económico negativo que afectó a empresas y familias”.

Asimismo, remarcó que se hicieron políticas “para morigerar el impacto de aquellas sobre los procesos productivos y el empleo”, entre las cuales se encuentra el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción para empleadores y trabajadores afectados por la emergencia sanitaria.

Al respecto, las autoridades nacionales destacaron que “se observa una recuperación parcial y heterogénea de la actividad económica sin que aún se hayan podido alcanzar los niveles de producción observados con anterioridad a la irrupción de la pandemia”.

En este sentido, consideraron oportuno impulsar nuevas iniciativas “tendientes a acompañar la misma e incentivar el consumo, en el contexto de recuperación y reconstrucción productiva de nuestro país”.

“Por la dinámica y los efectos de la pandemia de COVID-19 y la importancia de contar de inmediato con las herramientas mencionadas para atender la situación social y productiva, resulta necesario y urgente el dictado de la presente medida y deviene imposible seguir los trámites ordinarios para la sanción de las leyes”, agregaron en el texto.

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