En medio de la segunda ola de la pandemia de covid-19 que afecta sobre todo la economía de las pyme y a los trabajadores informales, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) notificó a más de 190.000 contribuyentes para inducirlos a regularizar la situación laboral de los empleados en casas particulares, según confirmaron fuentes del organismo fiscalizador.
Las misivas comenzaron a llegar en los últimos días a los Domicilios Fiscales Electrónicos de personas que, aunque declaran remuneraciones y patrimonios significativamente superiores a la media general, no tienen registrado personal para tareas en su vivienda y tampoco sus cónyuges.
Los contribuyentes contactados para que regularicen el presunto vínculo laboral son personas que declararon remuneraciones brutas superiores a $4 millones por año, bienes por más de $10 millones y poseen vehículos con una valuación fiscal superior a $3,5 millones.
Se estima que en la Argentina hay alrededor de 1.400.000 trabajadores en casas particulares, en su mayor parte mujeres
El Régimen de Casas Particulares incluye a las personas que se contratan para tareas de limpieza, jardinería, cuidado de personas -niños y adultos-, entre otras labores. La legislación estableció en 2013 que la registración de esos empleados es obligatoria, independientemente de la carga horaria diaria, semanal o mensual.
Se trata de una rama del mercado laboral que al cuarto trimestre de 2020 ocupaba 1.478.000 puestos de trabajo a nivel nacional, de los cuales solo 511.000 estaban registrados en el Sistema Previsional Argentino (SIPA), según el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec).
Cabe destacar que la estadística del organismo oficial incluye el pluriempleo. Es decir que si una persona tiene dos empleadores que la anotaron en la AFIP se la considera dos veces. Sin embargo, según Carlos Brasesco, apoderado legal de la Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares (Upacp), se estima que en la Argentina hay alrededor de 1.400.000 trabajadores en casas particulares, en su mayor parte mujeres. “De esa cantidad, hay entre 550.000 y 600.000 en blanco y el resto está en negro”, afirmó a Infobae.
Si se considera el personal en blanco, hubo una caída del 25% desde el inicio de la pandemia. Hablamos de unas 120.000 trabajadores. Mientras que en negro la disminución fue de alrededor del 30% (Brasesco)
“Del universo global, hay una cantidad que está en negro. Con la pandemia, ha crecido la cantidad de personal no registrado. Alrededor de un 75%. También ha habido una disminución de la cantidad de trabajadores activos”, contó Brasesco.
Y agregó: “Si se considera el personal en blanco, hubo una caída del 25% desde el inicio de la pandemia. Hablamos de unos 120.000 trabajadores. Mientras que en negro la disminución fue de alrededor del 30 por ciento”.
Cabe destacar todos las trabajadores en tareas domésticas, independientemente de la cantidad de horas o de la modalidad de contratación, tienen que estar inscriptos en el registro de la AFIP, en esa condición. Eso no sólo lo habilita a acceder a beneficios sociales como el aporte jubilatorio, el seguro por accidentes de trabajo y la obra social, entre otros, sino también a cobertura jurídica frente a un pleito con su empleador.
Sin embargo, en muchos casos son los propios empleados quienes se rehúsan a estar en blanco porque consideran que es incompatible con algunos beneficios sociales que reciben tanto a nivel nacional como provincial o municipal.
Requisitos para la inscripción
Según informó la AFIP, aquellos contribuyentes que deban regularizar la situación de sus trabajadores en el hogar pueden dar de alta una nueva relación laboral desde el sitio web del organismo.
Los registrados como empleador de casas particulares deben contar con clave fiscal nivel 2 en AFIP.
A la hora de anotar al personal para tareas domésticas tienen que tener en cuenta que van a necesitar tener a mano número de CUIL del trabajador; nombre y apellido; fecha de nacimiento; domicilio real; obra social (si no tiene el sistema por defecto le asignará la Obra Social del Personal de Casas Particulares); si está jubilado; CBU (en caso de ya estar bancarizado); número telefónico y correo electrónico.
El empleado deberá elegir la obra social y hacer los trámites necesarios para el alta del servicio, con sus familiares a cargo.
Luego tiene que describir las características de la relación laboral: tipo de trabajo; cantidad horas semanales, modalidad de liquidación, remuneración, modalidad de trabajo, fecha de ingreso y si el trabajo es temporal o fijo.
También tendrá que cargar los datos del domicilio laboral donde el trabajador realizará las tareas para el que fue contratado.
Luego de confirmados los datos, el sistema de la AFIP muestra la pantalla de alta exitosa con los pasos obligatorios a seguir: descargar constancia de alta y pagar ART.
Una vez que se da el alta, el empleador debe pagar la primera cuota de la ART para tener cubierto el mes por adelantado
La constancia de alta es el documento que prueba la relación laboral. Se debe descargar, imprimir y entregarle una copia firmada al empleado.
Una vez que se da el alta, el empleador debe pagar la primera cuota de la ART para tener cubierto el mes por adelantado. Luego lo hará junto al pago de los aportes y contribuciones mensuales. En caso de no optar por una ART al comienzo de la relación laboral, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo le asignará de oficio a su empleada una ART autorizada.
Cabe notar que en 2020 las personas que tengan personal de casas particulares a su cargo pueden deducir la remuneración y las contribuciones patronales abonadas incluidas en la cotización fija mensual. El monto anual deducible no podrá superar la ganancia no imponible anual de 123.861,17 pesos.
Remuneración
En abril se aplicó el tercer y último tramo del aumento del 10% que completó el 28% que se fijó para el régimen de Personal de Casas Particulares para el corriente año. Ya en diciembre se había aplicado un 10% sobre los salarios de noviembre, y otro 8% sobre la misma base rigió para febrero y marzo.
El monto final mínimo que fija la AFIP por trabajo hogareño es diferente según categoría, modalidad y horas trabajadas.
Supervisor/a: quien realiza la coordinación y control de las tareas que hacen personas que están a su cargo.
- Hora con retiro: $223,50
- Hora sin retiro: $244,50
- Mensual con retiro: $27.928
- Mensual sin retiro: $31.108,50
Personal para tareas específicas: aquellas que fueron contratadas para realizar funciones puntuales, por las cuales se debe tener el conocimiento adecuado para llevarlas a cabo.
- Hora con retiro: $211,50
- Hora sin retiro: $232,00
- Mensual con retiro: $25.946,50
- Mensual sin retiro: $28.883,00
Casero: personas que se dedican al cuidado de una vivienda y que además viven en la misma, por contrato.
- Hora: $199,50
- Mensual: $25.315
Asistencia y cuidado de personas: no incluye los abocados a un tratamiento terapéutico sino que solo se cuida.
- Hora con retiro: $199,50
- Hora sin retiro: $216,50
- Mensual con retiro: $25.315
- Mensual sin retiro: $28.211
Personal para tareas generales: como de limpieza, cocina, lavado, planchado, entre otras:
- Hora con retiro: $185
- Hora sin retiro: $199,50
- Mensual con retiro: $22.765,50
- Mensual sin retiro: $25.315
Sobre la escala salarial del personal de casas particulares se establece un monto para cada categoría y modalidad de prestación. Sin embargo, en cuanto a la cantidad de horas de servicio prestado, se plantean dos remuneraciones: un valor mensual para el personal que desempeña una jornada laboral de tiempo completo (48 horas semanales) y un valor por hora trabajada.
Además, los salarios del personal doméstico no se ajustan por el salario mínimo, vital y móvil porque está excluido de ese régimen. Se rigen por lo que resuelva la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares. Los últimos datos del Indec marcan que el personal doméstico informal o no registrado fue el más afectado por la pandemia y cuarentena.
Adicional por zona desfavorable
Se aplicará un adicional por zona desfavorable equivalente al 28% sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del personal que preste tareas en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el partido de Patagones de la provincia de Buenos Aires.
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