La AFIP comenzará desde este miércoles a buscar a las empresas que incumplieron la normativa del programa ATP por haber comprado dólares con contado con liquidación, repartido utilidades o recomprado acciones después de haber sido beneficiarias del salarios complemetario. Para eso, hará elegir a esas firmas entre una devolución voluntaria de los fondos cobrados del Estado o por la vía judicial.
Una disposición de AFIP que será publicada este miércoles en el Boletín Oficial habilitará al organismo tributario a “iniciar las acciones de control de cumplimiento de los requisitos de acceso y condicionalidades previstas en el Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción”, según el documento al que tuvo acceso Infobae. “El organismo estará a cargo de determinar la caducidad del salario complementario y obtener la devolución de los fondos tanto en forma voluntaria como judicialmente”, anticiparon desde el fisco.
Tal como había adelantado este medio, el Gobierno tuvo desde finales de año en la mira a unas 3.700 empresas que habrían realizado compras de divisas a través de la operatoria de “contado con liqui” por 500 millones de dólares después de haber sido beneficiadas por el salario complementario del programa ATP.
La AFIP buscará obtener la devolución de los fondos otorgados por ATP a empresas que incumplieron la norma por un sistema voluntario o a través de demandas judiciales.
Concretamente, las inspecciones oficiales durante los primeros meses de aplicación del ATP registraron ventas de bonos en pesos -que ya estaban en poder de esas personas jurídicas al momento de ingresar al salario complementario- contra moneda extranjera. La lógica de los controles, afirmaron, es que una empresa no debería haber solicitado asistencia oficial para el pago de salarios si contaba con dólares o bien con títulos públicos en dólares. “Eso significa que tenían con qué afrontar la situación” de pandemia, consideró una fuente del equipo económico.
Entre esas 3.700 empresas sospechadas, el monto aproximado de compra de divisas vía mercado financiero llegaría a unos USD 500 millones. El incumplimiento del programa ATP incluye empresas grandes, pymes, asociaciones civiles y hasta obras sociales, precisaron fuentes oficiales.
No comprar dólares era una de las condiciones que las empresas que contaran con esa asistencia salarial debían cumplir para poder formar parte del esquema de ayuda estatal a compañías durante la pandemia. Los otros incumplimientos que persigue la AFIP serán la distribución de utilidades, recompra de acciones, remisiones al exterior o una suba de honorarios, salarios o anticipos de los miembros de los órganos de administración más de un 5 por ciento.
Más allá de que la prohibición de comprar divisas para las empresas rigió desde el momento en que el programa ATP fue implementado en abril, solo incluyeron en un comienzo a las compañías que tengan más de 800 empleados. A esa restricción se sumó además no repartir dividendos, no recomprar acciones ni realizar operaciones con firmas radicadas en países considerados paraísos fiscales.
El Gobierno tuvo desde finales de año en la mira a unas 3.700 empresas que habrían realizado compras de divisas a través de la operatoria de “contado con liqui” por 500 millones de dólares después de haber sido beneficiadas por el salario complementario del programa ATP.
Desde la segunda ronda de ayuda salarial de ATP, el Gobierno extendió esas exigencias para empresas de cualquier tamaño. Más el 90% de las compañías que habían solicitado la asistencia salarial en el primer pago de ATP tenían menos de 800 empleados por lo que quedaron fuera de esas restricciones.
“Una vez detectados los incumplimientos la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social -que está encabezada por Carlos Castagnetto- formulará el cargo contra el empleador beneficiario del Programa, a quien notificará en el Domicilio Fiscal Electrónico, a fin de que pueda presentar su descargo y ofrecer las pruebas de que intente valerse. La Dirección analizará las presentaciones y previo dictamen jurídico correspondiente, dictará la resolución que, según corresponda, determine la caducidad del beneficio con la consecuente intimación de pago, o bien, el archivo de las actuaciones”, continua el documento oficial.
Según explicaron fuentes oficiales a Infobae, “la AFIP pondrá a disposición de los beneficiarios un mecanismo voluntario para la devolución de los fondos con los intereses correspondientes y, en caso que no se acceda al mismo, se iniciarán las acciones legales correspondientes para el recupero judicial de dichos importes. Los fondos recuperados serán remitidos a la Anses”. El monto a recuperar por parte del Poder Ejecutivo entre las empresas que incumplieron el ATP todavía no fue determinado por la AFIP.
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