La actividad del software genera en la Argentina más de 125 mil empleos y el objetivo del Gobierno es finalizar la década “con cerca de 500 mil personas de todo el país trabajando en conjunto”, en el marco del régimen de promoción de las actividades de la economía del conocimiento.
La estimación fue realizada por el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, quien destacó la articulación público-privada para la formación de recursos humanos, a través de “Argentina Programa”, que luego se integrarán a la empresa Globant, que el año pasado anunció una inversión de $600 millones para la puesta en marcha de oficinas en Ushuaia.
En ese sentido, recordó que la primera inversión en el país, después de la sanción de la ley de economía del conocimiento por parte del Congreso, la realizó Globant, con el objeto de iniciar operaciones en la Tierra del Fuego. La firma buscará sumar 120 profesionales a su plantilla, junto con el lanzamiento de un programa de formación en tecnología.
Cabe recordar que el Gobierno aprobó las normas complementarias y aclaratorias que regirán el Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento creado por la Ley 27.506, y que precisan qué actividades estarán beneficiadas impositivamente por el mismo.
Ellas son software y servicios informáticos digitales; producción y postproducción audiovisual; biotecnología, bioeconomía, biología, bioquímica, microbiología, bioinformática, biología molecular, neurotecnología e ingeniería genética, geoingeniería y sus ensayos y análisis.
Los beneficios impositivos también incluyen a los servicios geológicos y de prospección y los relacionados con la electrónica y comunicaciones; nanotecnología y nanociencia; industria satelital y aeroespacial, tecnologías espaciales; e ingeniería para la industria nuclear.
En el caso de software y servicios informáticos digitales, se incluyen el desarrollo de productos y servicios de software (SaaS) existentes o que se creen en el futuro, como: servicios de provisión de aplicaciones, de capacitación a distancia (e-learning), aplicados al comercio electrónico, de marketing interactivo, edición y publicación electrónica de información.
La producción y postproducción audiovisual comprende el desarrollo de contenidos audiovisuales cinematográficos, televisivos, de corto, medio y largometraje, documentales, deportivos, periodísticos, de animación y efectos visuales, de videojuegos y toda producción que contenga imagen y sonido, excluyendo la emisión y transmisión.
Los servicios relacionados con la electrónica y las comunicaciones comprenden la elaboración de proyectos de ingeniería electrónica; para el diseño de maquinaria e instalaciones industriales, para proyectos de circuitos de redes eléctricas y electrónicas, realización de estudios en redes de telecomunicaciones.
Para la industria satelital y aeroespacial, y las tecnologías espaciales, se contempla el diseño, ingeniería, integración, ensayo y construcción de satélites o aeronaves; la fabricación de componentes y equipos; el procesamiento de datos y el desarrollo de software o sistemas informáticos tanto para operar los satélites como para distribuir las imágenes.
Para las empresas que provienen del Régimen de promoción del software la ley estipuló que percibieran de manera retroactiva al 1 de enero de 2020 los beneficios de reducción de contribuciones patronales y del impuesto a las ganancias; mientras que los beneficios referidos a los derechos de exportación comenzaron a regir el pasado 22 de diciembre, fecha en que se publicó el decreto reglamentario del Poder Ejecutivo.
El régimen de promoción prevé además que la aplicación de un beneficio adicional de 10% sobre las contribuciones patronales para zonas consideradas desfavorables, como las provincias de San Juan, Tucumán, Catamarca, La Rioja, Entre Ríos, Jujuy, Corrientes, Salta, Misiones, Chaco, Santiago del Estero y Formosa.
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