Las empresas que necesiten ayuda para pagar los sueldos de febrero ya pueden inscribirse en el REPRO II

El Gobierno estableció el periodo en el que las compañías podrán solicitar esta ayuda del Estado y “las pautas a considerar” para que sean aceptadas

(REUTERS/Martin Acosta)

En el marco de la ayuda a las empresas en medio de la caída de la actividad por la pandemia del coronavirus, el Gobierno abrió la inscripción para que puedan acceder al REPRO II y así obtener un subsidio para pagar los salarios de febrero de sus empleados. La medida se anunció a través de la Resolución 77/2021, publicada este martes en el Boletín Oficial.

De acuerdo con el texto firmado por el ministro de Trabajo, Claudio Moroni, el periodo que tienen las compañías interesadas para solicitar esta asistencia estará comprendido entre los días 22 y 26 de este mismo mes.

Además, las autoridades nacionales también establecieron “las pautas a considerar respecto a las fechas de facturación y nómina” que deberán cumplir las firmas que quieran recibir el beneficio.

De esta manera, se aclaró los meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación serán enero del 2020 y del 2021. La única excepción es para aquellas “empleadoras que hayan iniciado su actividad económica a partir del 1° de diciembre de 2019″.

Por otra parte, para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia de aquellas que sean aceptadas, se tomará en cuenta la situación que cada una tenía en enero pasado.

El programa asiste a más de 10 empresas, principalmente aquellas que fueron las más afectadas por la pandemia (EFE/Aitor Pereira)

El programa Repro II comenzó a implementarse en febrero último, cuando alcanzó a más de 10.000 empresas, que recibieron un subsidio para pagar los sueldos del mes anterior de unos 320.000 trabajadores.

Con esta iniciativa, el Gobierno focalizó la asistencia que el Estado realiza en el sector privado para sostener el empleo, sobre todo, en sectores económicos aún golpeados por la pandemia del coronavirus.

A partir de este plan, los empleados de sectores no críticos percibirán dentro de su sueldo habitual unos $9.000 que habrán sido aportado por el Estado; para quienes se desempeñan en sectores críticos, el monto será de $12.000, y para los pertenecientes al sector de la salud, la suma llegará a los 18.000 pesos.

Esos montos fueron determinados de acuerdo a las clasificaciones establecidas oportunamente en el marco del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), que se implementó durante la cuarentena y ya no se encuentra vigente.

“En esta nueva etapa vamos a seguir asistiendo a aquellos sectores que son necesarios, vamos modificando las herramientas en la medida que va cambiando la situación externa”, explicó Moroni

El sector de la salud es uno de los beneficiados con esta medida (EFE/Paula Bernabeú)

Los sectores críticos que más inscripciones registraron en el Repro II durante enero fueron: turismo, con 2.028 empresas y 49.343 trabajadores; salud, con 699 empresas y 75.715 trabajadores; deportes, con 524 empresas y 17.432 trabajadores, y cultura, con 335 empresas y 6.555 trabajadores.

Entre los considerandos de la Resolución publicada este martes, el Gobierno remarcó que este plan “incluye criterios de selección para acceder al beneficio, y determinar si las empresas se encuentran en condiciones de percibir el mencionado subsidio”.

Entre esas condiciones, están la “variación porcentual interanual de la facturación, variación porcentual interanual del IVA compras, endeudamiento, liquidez, variación porcentual interanual del consumo de energía eléctrica y gasífera, variación porcentual interanual de la relación entre el costo laboral total y la facturación, variación porcentual interanual de las importaciones”.

Por esta razón, las autoridades nacionales señalaron que, “con el objeto de permitir que el universo de potenciales sujetos alcanzados puedan acceder” a esta ayuda por parte del Estado, se estimó “necesario establecer el plazo para la inscripción” para “el período correspondiente a los salarios devengados en el mes de febrero de 2021″, que se realiza desde la página de la AFIP, y “las pautas a considerar respecto a las fechas de facturación y nómina de las empresas” interesadas.

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