Censo Nacional Económico: quiénes deben responder el cuestionario digital, en qué plazos y qué consecuencias tiene no completarlo

El certificado de cumplimiento censal será necesario para realizar trámites bancarios. Se estima que más de 6,5 millones de personas y empresas deberán contestar la encuesta online

Se estima que más de 6,5 millones de personas humanas y jurídicas tendrán que completar el cuestionario digital

Los bancos ya comenzaron a enviarles mensajes a sus clientes para recordarles que en los próximos meses deberán responder el cuestionario online correspondiente al Censo Nacional Económico. El “certificado censal”, que se entrega luego de haber completado la lista de preguntas, será a partir de ahora un requisito para usar algunos productos y servicios bancarios como, por ejemplo, abrir cuentas de depósitos, pedir préstamos y renovaciones, abrir cuentas de valores en custodia o el alquiler de cajas de seguridad, según detallaron desde las entidades.

A partir de la información del censo, de acuerdo al Indec, se podrá obtener una “foto actualizada” de la estructura económica de la Argentina. Por ejemplo, cuántas empresas hay en la Argentina, su edad promedio, cuántos monotributistas están inscriptos en cada provincia, a qué se dedican, qué personal emplean.

¿Quiénes deben completar el censo?

• Personas jurídicas

• Responsables Inscriptos

• Monotributistas

Se estima que más de 6,5 millones de personas humanas y jurídicas tendrán que completar el cuestionario digital, que estará disponible en la aplicación e-CNE, desarrollada por el Indec.

¿Hasta cuándo se pueden responder las preguntas?

Las empresas e instituciones sin fines de lucro podrán completar el cuestionario digital hasta el 1º de abril de 2021, mientras que las personas inscriptas en el régimen de Autónomos tendrán tiempo hasta el 1º de mayo de 2021 y las inscriptas en el Monotributo, hasta el 1º de junio de 2021.

¿Para qué trámites será necesario presentar el certificado de cumplimiento censal?

Los bancos y entidades financieras comenzarán a exigir este año el certificado de cumplimiento censal para la realización de operaciones bancarias a partir del 1º de abril para las personas jurídicas, del 1º de mayo para responsables inscriptos y del 1º de julio para las personas humanas monotributistas. La exigencia de la documentación concluirá el 28 de febrero de 2022.

La presentación del certificado será requisito previo para las siguientes operaciones:

- apertura de cuentas de depósitos y otra cuenta que implique captación de fondos,

- otorgamiento de créditos y renovaciones,

- apertura de créditos documentarios,

- apertura de cuentas para valores en custodia,

- otorgamiento de fianzas y préstamos de valores,

- alquiler de cajas de seguridad.

El certificado de cumplimiento censal será requisito para trámites bancarios

¿Los datos otorgados serán compartidos con otros organismos?

Como sucede con los relevamientos estadísticos del Indec, la información es confidencial y está protegida por el secreto estadístico (Artículo 10 de la Ley 17.622 y el decreto reglamentario N° 3.110/70).

“La información se recopila únicamente con fines estadísticos, no se intercambia con ningún otro organismo público o privado y se resguarda en servidores propiedad del Indec. Los resultados obtenidos, además, se difundirán en compilaciones de conjunto para asegurar la confidencialidad de las fuentes”, informaron desde el organismo.

¿Dónde se completa el cuestionario?

Todas las unidades económicas con actividad registrada deben completar el cuestionario digital, disponible en https://cne.indec.gob.ar. Para ingresar al aplicativo de e-CNE se requiere la validación de la identidad de las personas mediante Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y clave fiscal. El Indec usa la plataforma “Autenticar” de la Afip para que solo las personas correctas tengan acceso al sitio seguro del censo. Luego de la validación, los usuarios son redireccionados al aplicativo del Indec.

El cuestionario digital puede tener 14, 15 o 17 preguntas dependiendo el tipo de persona que complete el censo y una vez finalizado, el sistema ofrecerá la descarga del certificado censal, necesario para la realización de futuros trámites administrativos y bancarios.

¿Es obligatorio participar del censo?

Sí. Mediante la resolución N° 180 del 17 de noviembre de 2020, el Indec resolvió la realización del Censo Nacional Económico en todo el territorio nacional a partir del 30 de noviembre de 2020 y durante los seis meses siguientes. Las empresas y personas convocadas están obligadas a responder.

¿Qué información se debe brindar para completar el censo?

Nombre o razón social de la empresa, CUIT, ubicación; cantidad de establecimientos por provincia; actividad principal y bienes o servicios resultantes; materias primas, materiales o gastos directos para la producción de bienes o servicios; facturación anual; cantidad de trabajadores en relación de dependencia al 31 de diciembre de 2019; unidades auxiliares de apoyo para realizar la actividad principal.

También se deberá completar —en los casos que corresponda— una descripción de actividades secundarias; de producción de bienes o servicios para consumo propio; y actividades de investigación y desarrollo que se realicen.

¿Por qué hay que completar información que ya fue informada a otros organismos?

Por razones legales y administrativas, el Indec no puede contar con registros administrativos completos, actualizados y codificados correctamente para uso estadístico.

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