La moratoria para deudores de patentes e impuesto inmobiliario que puso a disposición el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires ya se encuentra disponible para todos aquellos residentes que deseen pagar facturas que vencieron entre enero de 2019 y octubre de 2020.
Según informó la Administración General de Ingresos Públicos (AGIP), organismo porteño encargado de cobrar estos gravámenes, el plazo de adhesión es hasta el 30 de junio y se estima que hay cerca de 720.000 casos de personas que deben patentes y unos 700.000, el ABL.
Estos son los principales puntos a tener en cuenta a la hora de solicitar este beneficio:
*Quienes adhieran antes del 15 de marzo y paguen en hasta 6 cuotas, serán eximidos del 100% de los intereses que les hubiera correspondido.
*El plan permite regularizar deudas administrativas de hasta $ 1.500.000 de los impuestos Inmobiliario/ABL (Alumbrado, Barrido y Limpieza) y Patentes, sin intereses de financiación.
*Los períodos adeudados tienen que ser entre enero de 2019 y octubre de 2020, para el caso del Inmobiliario/ABL; y entre enero de 2019 y mayo de 2020, en lo que respecta a Patentes.
*Para adherir y encontrar más información sobre los procedimientos, los contribuyentes deben ingresar a la página web www.agip.gob.ar y elegir la opción “Moratoria 2021″, ya disponible en el sistema.
*El plazo para adherirse, por medio de CBU (Clave Bancaria Uniforme) es hasta el 30 de junio.
*Si la inscripción es posterior al 15 de marzo, los planes incluyen la condonación de intereses resarcitorios en función de la cantidad de cuotas que cada contribuyente solicite para cancelar su deuda, y el momento del acogimiento.
*Será requisito para la adhesión y el correspondiente pago de las cuotas, la presentación de una Clave Bancaria Uniforme (CBU) como así también la adhesión al Domicilio Fiscal Electrónico (DFE).
*El valor mínimo de cada cuota a pagar es de 1.000 pesos.
*No se admite la refinanciación de planes vigentes.
*La deuda total a regularizar podrá ingresarse en hasta doce cuotas iguales, mensuales y consecutivas, y los beneficios siempre se aplicarán en función de la fecha de acogimiento y la cantidad de pagos seleccionados.
*Para inscribirse en este plan se deberá adherir el servicio “Plan de Facilidades” a través de Clave Ciudad, seleccionando la opción “Res. 2 - 2021”.
*Las deudas transferidas a juicio no podrán ser incluidas en la moratoria. Tampoco las que estén incluidas en algún otro plan vigente o que son resultantes de un plan caduco.
*El vencimiento de las cuotas será el día diez de cada mes a partir del mes inmediato siguiente al de haber efectuado la presentación del acogimiento.
*Para que la adhesión a este plan sea válida, se debe abonar la primera cuota de la moratoria a su vencimiento, sin mora. En caso contrario, si no se paga en tiempo y forma, la AGIP se reserva el derecho pleno y sin necesidad de comunicación alguna de anular el beneficio.
Por otra parte, a partir del primero de marzo próximo los contribuyentes que no pudieron cumplir con su plan de pago durante el año pasado podrán rehabilitarlo con las mismas condiciones que tenían cuando se suscribieron.
Esta rehabilitación será realizada de oficio por la AGIP, siempre que el contribuyente cumpla con todas las especificaciones establecidas en la Resolución Nº 02-AGIP-2021, y serán los propios beneficiarios y/o responsables quienes acepten o no esta medida ingresando al aplicativo “RePCa”, a través de su Clave Ciudad.
El gobierno porteño señaló que el pico de mora en el ABL/Inmobiliario y en Patentes se registró entre junio, con moras e impagos de hasta 50% en el caso del ABL y de 62% en el caso de Patentes. Y estimaron que de 1,3 millones de personas inscriptas en Patentes, unas 720.000 podrán adherir a la moratoria, por moras o impagos registrados –siempre- entre enero de 2019 y octubre 2020. En el caso del Inmobiliario/ABL, se trata de unas 1.450.000 partidas, de las cuales cerca de 700.000 están en condiciones de adherir a la moratoria.
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