Los contadores le ganaron otra batalla legal a la AFIP en torno del secreto profesional

Un juez de Tierra del Fuego les concedió un amparo, similar al de un par de Santa Cruz, en torno de una resolución del organismo fiscal que había sido cuestionada por los profesionales de ciencias económicas

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Mercedes Marco del Pont, titular de la AFIP (Télam)
Mercedes Marco del Pont, titular de la AFIP (Télam)

Los contadores volvieron a recibir una alegría en su disputa legal contra la AFIP por la resolución que los obliga a revelar datos de sus clientes.

El juez de Tierra del Fuego Federico Calvete le concedió el amparo al Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur para suspender la resolución 4838 del organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont.

La decisión judicial regirá “hasta tanto la AFIP – DGI resuelva el reclamo administrativo presentado, o bien hasta el plazo de máximo de 6 (seis) meses; lo que suceda primero”.

Fuentes de la AFIP indicaron que, como ocurrió con el caso de Santa Cruz, que también fue favorable a los contadores, este fallo “solo tiene alcance sobre los profesionales de ese Consejo y hasta que se resuelva el planteo administrativo”. Además, consideraron que “hay un pequeño sector de profesionales que reclama sostener condiciones de opacidad en contra de los estándares internacionales de transparencia”.

Al respecto, mencionaron que “Estados Unidos, Irlanda, Reino Unido, Canadá, Portugal, Sudáfrica, México y Chile son algunos de los países que requieren a los contribuyentes reportar los acuerdos, esquemas, planes y acciones utilizados para obtener ventajas fiscales o beneficios con relación a cualquier impuesto y/o régimen de información”.

Sin embargo, los consejos profesionales se presentaron en los juzgados de todo el país y lograron que en 16 provincias se les abra la feria para tratar el tema.

Gabriela Russo, presidenta del Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas porteño
Gabriela Russo, presidenta del Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas porteño

Esta apertura la consiguieron en Buenos Aires, Catamarca, Chaco, Chubut, CABA, Córdoba, Corrientes, Jujuy, La Pampa, La Rioja, Neuquén, Río Negro, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe y Tierra del Fuego”, precisaron en la Federación de consejos de profesionales de ciencias económicas (FAPCE). En CABA “está en tiempo de traslado para que conteste AFIP”, explicaron los contadores porteños.

Osvaldo Rebollo, directivo de la federación, dijo a Infobae que el pedido de los 24 consejos profesionales de todo el país “se inició con un planteo formal a la AFIP para que se expida sobre una serie de debilidades que tiene la Resolución General 4838, por lo que se pidió que se frene su vigencia”.

“Ante la falta de respuesta, los consejos le pidieron a la Justicia federal de cada jurisdicción una cautelar para que frente la obligación que recae sobre los profesionales de informar sobre un tema que está amparado por el secreto profesional”, agregó Rebollo.

Dos abogados especialistas en impuestos consultados por Infobae afirmaron que la norma “no se podrá aplicar”. Diego Fraga sostuvo que “resulta elevadísimo el peso de las tareas que los fiscos de diferentes niveles de gobierno delegan en los contribuyentes y, en última instancia, en los profesionales en Ciencias Económicas que los asisten, sin retribución alguna”.

Hasta ahora no se sabe qué es una planificación fiscal nacional, porque eso quedó a la espera de que la AFIP lo complete a través de un micrositio web -Régimen de Información de Planificaciones Fiscales- que aún hoy no existe (Caranta)

Este régimen de información de planificaciones fiscales -que se ha suspendido ahora para los contadores de Tierra del Fuego por la medida cautelar recientemente dictada-, además de agregar un cúmulo de trabajo para los contadores de manera absurda, vulnera gravemente otros derechos y garantías constitucionales de los profesionales y sus clientes”, expresó.

Entre ellos, mencionó “el derecho a la intimidad, el secreto profesional y el principio de legalidad que debe regir para las cargas públicas y su no retroactividad”.

Además, afirmó, “este régimen dificulta de manera arbitraria el desarrollo de las tareas profesionales, al requerirse información de manera indiscriminada, sin especificar el tipo de planificaciones que deben ser informadas y sin límite de tiempo para atrás”.

“Es bueno que la Justicia federal de diversas provincias comience a poner límites a este tipo de accionar arbitrarios de parte de la AFIP y es esperable que aparezcan nuevos precedentes en este sentido, ya que la carga administrativa en los contribuyentes y en quienes los asisten resulta descomunal, sumándose a una presión fiscal sin precedentes”, concluyó.

En tanto, su par Martín Caranta del estudio Lisicki, Litvin & Asociados dijo que “hasta ahora no se sabe qué es una planificación fiscal nacional, porque eso quedó a la espera de que la AFIP lo complete a través de un micrositio web -Régimen de Información de Planificaciones Fiscales- que aún hoy no existe”.

A nivel internacional, esta revelación de planificaciones fiscales existe, pero apunta a las planificaciones fiscales agresivas. En la RG 4838 parecen estar alcanzadas todas las planificaciones fiscales en el régimen de información. Esto trae gran incertidumbre en los contribuyentes, porque hay prácticas que en realidad son comerciales, pero que por la definición de la norma califican como planificaciones fiscales sujetas a ser informadas”, detalló.

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