Como estaba previsto, el Gobierno prolongó la prohibición de los despidos por otros 90 días y ordenó que la obligatoriedad de la doble indemnización se mantenga vigente durante todo el 2021, además de ratificar que el coronavirus será considerado como “una enfermedad profesional” siempre que afecte a un trabajador en relación de dependencia que haya cumplido sus tareas fuera de su domicilio particular.
Todas estas medidas fueron anunciadas en el Decreto 39/2021, publicado este sábado en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y todos los ministros nacionales.
En primer lugar, las autoridades ampliaron hasta el 31 de diciembre próximo la emergencia pública en materia ocupacional, algo que ya habían hecho en marzo del año pasado con el objetivo de limitar el impacto de la pandemia sobre los empleos registrados hasta ese momento.
De esta manera, las empresas no podrán echar a sus empleados sin justa causa y por las causales de fuerza mayor o disminución de la demanda de trabajo. La medida aplica a los privados, no al sector público, y se toma días antes de que caduque la prohibición vigente.
La decisión original, que fue prorrogada en varias oportunidades durante este tipo, fue tomada por primera vez luego del intento del Grupo Techint de despedir 1.450 trabajadores de la constructora por la parálisis de la actividad. Alberto Fernández cargó contra Paolo Rocca -titular del holding-: “Has ganado tanta plata en tu vida, tenés una fortuna que te pone entre los más millonarios del mundo; hermano, esta vez colaborá, y hacelo con los que hicieron grande a tu empresa, con los trabajadores”, aseguró el Presidente.
Además, durante el mismo periodo los empleadores tampoco podrán efectuar suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo. Si alguna empresa no cumple con esta norma, las suspensiones “no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales”. Lo mismo ocurre para el caso de los despidos.
Asimismo, mientras dure la emergencia ocupacional, o sea, a lo largo de todo el 2021, seguirá vigente el derecho para los empleados a percibir el doble de la indemnización correspondiente si son echados “sin justa causa no cuestionados en su eficacia extintiva”.
Por otra parte, el Gobierno agregó en esta oportunidad un artículo adicional en el que estableció que por los siguientes 90 días “la enfermedad COVID-19 producida por el virus SARS-CoV-2 se considerará presuntivamente una enfermedad de carácter profesional -no listada-”, respecto de la totalidad de los trabajadores en relación de dependencia “que hayan prestado efectivamente tareas en sus lugares habituales, fuera de su domicilio particular”.
Cuando se trate específicamente del personal de la salud y de miembros de fuerzas de seguridad federales o provinciales que cumplan servicio efectivo, “se deberá entender que la contingencia guarda relación de causalidad directa e inmediata con la labor efectuada, salvo que se demuestre, en el caso concreto, la inexistencia de este último supuesto fáctico”.
Hasta el momento, la medida fue cumplida casi a rajatabla, según mostró una Encuesta de Indicadores Laborales del Ministerio de Trabajo a las empresas del sector privado con más de 10 de trabajadores. Pasó de representar un 18% del total en el promedio de 2019 a un 2% en la segunda mitad de 2020, aunque en noviembre subió a 3,1% de las bajas.
El ministro de Trabajo, Claudio Moroni, admitió a fines de 2020 que el Gobierno mantendría la prohibición de despidos y la doble indemnización hasta que se haya normalizado la situación económica de la Argentina. “Frente a situaciones extraordinarias tuvimos que tomar medidas extraordinarias”, dijo el funcionario en un evento organizado por el Consejo Interamericano de Comercio y Producción (CICYP).
Y agregó que esas decisiones apuntaron, por un lado, a la “preservación de los contratos de trabajo” mediante la prohibición de los despidos y de las suspensiones sin pagos, y, por el otro, a la “protección de las empresas a través del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP)”.
Por estas horas se trata de un tema que preocupa al sector industrial pese a la leve recuperación de la actividad que se registró en los últimos meses.
Durante el encuentro del comité que se celebró recientemente, el titular de la UIA, Miguel Acevedo, destacó precisamente la recuperación del nivel de actividad y planteó que hay que trabajar sobre los temas que complican la sostenibilidad del crecimiento, como la cuestión laboral. En palabras del vicepresidente de la entidad y titular de la Copal, Daniel Funes de Rioja, el “triple cepo: prohibición de suspensiones, despidos y la imposición de la doble indemnización”.
“Además, como ya no hay aislamiento sino distanciamiento, no se justifica que haya medida restrictivas desde el punto de vista de los licenciamientos sin prestación de tareas”, remarcó el dirigente.
En la central fabril sostienen que esas medidas desalientan la creación de empleo y que si bien se entienden como parte de una coyuntura de emergencia, como fue el inicio de la pandemia el año pasado, ya no tienen justificación alguna y complica los planes de las empresas de contratar personal.
Los últimos datos de la cartera laboral muestran que si bien en octubre cayó levemente el número de asalariados registrados del sector privado (-0,1%; -4.244 puestos), para la industria, el décimo mes del año fue el quinto período consecutivo de aumento del empleo registrado industrial (+0,3%; +3.672 puestos). Por lo tanto, remarcó un informe de la entidad, ya desde septiembre se encuentra por sobre el nivel pre pandemia y actualmente lo supera en 4,5 mil trabajadores (+0,4%).
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