AFIP versus contadores: fuerte reclamo en todo el país ante la Justicia por una norma que afirman que viola el secreto profesional

Las entidades que representan a los especialistas en impuestos presentaron un pedido de amparo para frenar la entrada en vigencia de una resolución que los obliga a detallar operaciones de sus clientes

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La titular de la AFIP
La titular de la AFIP Mercedes Marcó del Pont y la presidente del Consejo Profesional de Ciencias Económicas, Gabriela Russo

Las entidades que representan a los contadores de todo el país se presentaron ante la Justicia para pedir que suspenda una resolución de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que los obliga a violar el secreto profesional con sus clientes.

Los consejos profesionales de ciencias económicas se decidieron por esta vía ante la falta de respuesta al diálogo que tuvieron con el organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont para que suspenda la resolución general 4838.

“Recurrimos a la Justicia para dejar en suspenso la polémica resolución de la AFIP 4838. El Consejo Profesional de la Ciudad de Buenos Aires solicitó una medida cautelar ante la justicia federal para lograr la suspensión de la Resolución General 4838 hasta tanto se resuelva el Reclamo Administrativo presentado ante la AFIP”, indicó la entidad que preside Gabriela Russo en un comunicado. La medida se adoptó en paralelo con los otros 23 Consejos que integran la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Fapce).

Cabe recordar que a través de la mencionada resolución, la AFIP dispuso la implementación del “Régimen de Información de Planificaciones Fiscales”, normativa que “generó la preocupación de profesionales en Ciencias Económicas por las implicancias en materia de responsabilidad profesional y transgresión de derechos que surgen de la misma”.

En diálogo con Infobae, Russo advirtió que esta resolución “viola el acuerdo profesional y confidencial entre asesor y cliente, tiene vicios de retroactividad y va en contra de la Constitución y de varios tratados internacionales”.

La norma de la AFIP viola el acuerdo profesional y confidencial entre asesor y cliente, tiene vicios de retroactividad y va en contra de la Constitución Nacional y de varios tratados internacionales (Gabriela Russo)

En particular, señaló que una de las cuestiones más complejas es la obligación de “brindar información sobre las estructuras nacionales; sobre este requerimiento no existen antecedentes e incluso no es solicitado en ninguno de los regímenes que se encuentran vigentes en el mundo”.

“Esto es central dado que, por la dimensión de las estructuras a notificar, alcanzaría a Pymes, grandes empresas y multinacionales. Incluso, las directivas que plantea la OCDE (Argentina no es integrante) en su Plan de ACCIÓN 12, de las cuales el fisco nacional toma como referencia para la creación de la normativa, únicamente aplica sobre las estructuras internacionales”, aclaró.

Otro de los temas problemáticos se relaciona con “la figura del asesor fiscal, que conlleva una gran carga en materia de responsabilidad profesional pero en la normativa es muy poco preciso el concepto del sujeto obligado a ejercer dicha tarea informativa”.

La AFIP le pide datos
La AFIP le pide datos a los contadores y abogados que violarían el secreto profesional

La normativa engloba en el mismo concepto a quienes “ayuden, asistan, aconsejen, asesoren, opinen o realicen cualquier actividad relacionada con la implementación de una planificación fiscal, siempre que participen en dicha implementación directamente o a través de terceros”.

Además, en cuanto al secreto profesional, “el régimen dispone que quienes se abstengan de brindar los datos requeridos, deberán notificar al contribuyente mediante el sitio Web de la AFIP”. “Aquí se vulnera la confidencialidad del vínculo entre profesional y cliente y, además, el secreto profesional constituye un derecho propio del ejercicio de profesionales en Ciencias Económicas que sólo debería verse afectado en instancias judiciales”, afirmaron desde el Consejo.

Dado que ni el encuentro con las autoridades de la AFIP ni el recurso administrativo que presentaron tuvo respuesta del fisco, optaron por este amparo, que se presentó en el juzgado en lo contencioso administrativo número 11. “Siempre buscamos el camino del diálogo primero; una demanda judicial es la última instancia”, aclaró Russo.

El juzgado, a cargo de Cecilia Gilardi Madariaga de Negre, ya giró el expediente a la fiscalía para que defina la competencia y ahora el CPCE esperará a ver si el tema se trata durante la feria judicial de enero, dado que la norma empieza a regir el 29 del mes próximo y quieren que se resuelva antes.

Enfática, Russo aclaró: “No defendemos a ninguna empresa, si no el secreto profesional, que es un principio respetado en la Constitución”. Un planteo similar formularon los abogados de la Ciudad de Buenos Aires.

Aunque la AFIP afirma que adoptó esta norma porque sigue las recomendaciones de la OCDE, Russo dijo que “hubiera sido bueno que hicieran una consulta previa porque los profesionales somos aliados del Estado para que los contribuyentes cumplan con las normas y paguen sus impuestos. Somos aliados estratégicos del fisco”.

Por último, aclaró que si en primera instancia no se acepta el amparo, “podemos ir por la vía del recurso ante la Corte Suprema”.

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