Autorizan la reapertura de las casas de cambio pero no les permitirán vender dólares

Solo podrán comprar los dólares del público. Apuntan a prestar un servicio a los turistas extranjeros que necesiten pesos. También harán operaciones de compraventa de monedas de los países limítrofes. Desde marzo venían atendiendo solo en forma virtual

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Casas de Cambio Microcentro CABA
El BCRA autorizó la atención presencial en las casas de cambio en razón de la apertura del turismo receptivo (Maximiliano Luna)

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) habilitó la reapertura de las sucursales físicas de las casas de cambio, que desde el inicio de la pandemia prestaban atención únicamente online. La habilitación, no obstante, es muy limitada pero no por razones sanitarias sino por el cepo cambiario: las casas de cambio solamente podrán comprar dólares pero no podrán venderlos. Al mismo tiempo, podrán comprar y vender monedas de países límitrofes y hacer “arbitrajes con instrumentos habilitados”, según informó el BCRA.

La medida no tendrá impacto alguno en el mercado del dólar “solidario”, el de la venta del cupo mensual de USD 200 para atesoramiento a un precio que agrega un 65% de carga impositiva al valor del dólar minorista.

La decisión de la reapertura, según explicaron en el BCRA, se basa en que el Gobierno autorizó el regreso del turismo receptivo y que para facilitar el acceso a pesos para los turistas, era necesario brindarle el servicio del funcionamiento de las sucursales físicas. De este modo, los extranjeros que lleguen a la Argentina con dólares en su poder podrán optar entre la cotización oficial, hoy en $87, y el valor libre o “blue”, que cotiza a $146, con la salvedad de que este último es un mercado ilegal.

La reapertura de las casas de cambio espera beneficiarse de la llegada de turistas con reales, pesos uruguayos o chilenos, así como de los argentinos que viajen a veranear a los países límitrofes. “El segmento de estas monedas alternativas al dólar siempre lo atendimos nosotros, y no los bancos, tanto para los extranjeros que llegan con esas monedas como para los que viajan a esos países”, explicó a Infobae Mario Mochetti, presidente de la Cámara Argentina de Casas y Agencias de Cambio (Cadecac).

Casas de Cambio Microcentro CABA
(Maximiliano Luna)

En el último año, los controles de cambio y las restricciones de funcionamiento por la cuarentena hicieron que cerca de 100 casas y agencias de cambio cerraran sus puertas, según la Cámara. “Es muy importante para nuestro sector que se permita esta reapertura, porque teníamos nuestras sucursales cerradas desde el 20 de marzo. Por supuesto que comercialmente no es lo ideal que existan tantas limitaciones, pero necesitábamos abrir”, señaló Mochetti.

En Cadecac esperan que la atención presencial permita también llevar adelante otras operaciones, tales como las vinculadas a cobros y pagos del comercio exterior o las repatriaciones de fondos. También esperan demanda para el cambio de cheques de jubilaciones del exterior. Muchas de esas transacciones son complicadas de concretar si la atención es exclusivamente virtual, ya que a menudo requiere presentación de documentación y asesoramiento específico. Estos servicios, no obstante, están reservados a unas 30 casas de cambio, cuyo estatus legal es superior a las agencias

“Los operadores de cambio podrán abrir sus sucursales únicamente para la compra de divisas, venta de moneda de países limítrofes y arbitrajes con instrumentos habilitados, según una disposición aprobada hoy por el Directorio del Banco Central de la República Argentina”, señaló el BCRA en un comunicado.

Al igual que las sucursales bancarias, que atienden al público exclusivamente con turnos y con un protocolo sanitario, los operadores cambiarios deberán adaptar sus locales a la pandemia. “Las casas de cambio deberán dar estricto cumplimiento de las normas sanitarias para preservar la salud de clientes y trabajadores bancarios y no bancarios, garantizando la provisión al personal de todo material de seguridad e higiene necesario para poder desarrollar su tarea”, agregó.

“Los protocolos de funcionamiento de las casas operativas ubicadas en jurisdicciones que se encuentren en la etapa de Distanciamiento social, preventivo y obligatorio deberán restringir el uso de las superficies cerradas hasta un máximo del cincuenta por ciento (50%) de su capacidad”, especificó el Central.

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