Un grupo conformado por economistas, pensadores y empresarios denominado ConstiTuya presentó un plan conformado por 20 medidas que apuntan a reestructurar empresas y evitar pérdidas masivas de empleos, quiebres y cierres, mayormente en pymes, que son las que se ven más afectadas por la pandemia y la cuarentena.
Las propuestas, que se resumen en 20 recomendaciones, apuntan a facilitar el acceso a algunos bolsones de liquidez de las empresas, con foco en las pymes, y también a lograr más solvencia a través de mecanismos para ayudar a que inversores privados financien a empresas con problemas financieros. Por último, tiene un apartado de “medidas complementarias” que apuntan a una flexibilización en donde se señala la posibilidad de suspender los convenios colectivos de trabajo.
En lo que se refiere a la liquidez, una de las propuestas apunta a lograr mayor liquidez, mediante la factura de crédito electrónica (“FCE”), bajando el plazo para la aceptación tácita de 30 a 15 días.
También se sugiere el aval de la factura por parte de las Sociedades de Garantía Recíproca (“SGR”), a fin de que este tipo de facturas sean consideradas instrumentos Pyme. Y que las SGR no tengan que exigir contragarantías adicionales a las Pyme cuando el pagador de este tipo de factura sea un “Gran Pagador” según lo define la AFIP.
Se propone además el débito automático del importe de la factura de crédito electrónica, y también sugieren permitir el descuento de facturas en dólares y eliminar el monto mínimo por facturas, actualmente de $147.500.
Respecto de facilitar el uso de créditos fiscales de empresas, la propuesta de ConstiTuya recomienda consolidar cuentas tributarias. Todas las deudas y créditos impositivos se consolidan en una sola cuenta para que cualquier crédito pueda ser usado para el pago de cualquier deuda impositiva.
Otra de las propuestas refiere a la cesión de créditos fiscales. Ante la confirmación de saldo a favor por parte de la AFIP y que eso pueda volverse un valor negociable en un mercado secundario.
En lo que se refiere a los impuestos, ConstiTuya propone derogar regímenes de recaudación anticipada de Ingresos Brutos, ya que los saldos a favor constituyen un activo inmovilizado para los contribuyentes. Asimismo, señalan reducción de alícuotas del Impuesto a los Ingresos Brutos en actividades castigadas por la pandemia como ser el comercio minorista, hoteles, restaurantes, bares, cine, etc y la adecuación de las tasas municipales al costo de la prestación del servicio.
También proponen que se permita la cancelación de obligaciones fiscales con Bonos del Estado Nacional y de las provincias.
La conducción de la entidad está integrada por Eduardo Braun, Lisandro Bril, Marcos Buscaglia, Josefina Canale, Carlos March,Miguel Milano, Ricardo Neme, Luciano Nicora, Agustín Otero Monsegur, Luciana Pagani, Nicolás Sánchez, Marcelo Scaglione y Silvia Sioli de Torres Carbonell; en cuanto a la obtención de financiamiento de parte de las pymes, proponen que se otorgue privilegio a nuevos acreedores que prestan a empresas que están en convocatoria de acreedores o APE (Acuerdo Preventivo Extrajudicial), para acceder así a nuevo financiamiento y evitar la quiebra de la empresa.
Por otro lado, recomiendan que los acreedores de todo deudor con dificultades económicas o financieras puedan, a los efectos de permitir la obtención de capital de trabajo por parte del deudor, pactar la subordinación de sus respectivos créditos.
Medidas complementarias
En una de las últimas medidas, y luego de señalar que la legislación vigente dificulta a las empresas, el grupo pide llevar adelante una flexibilización laboral en donde se les permita a las empresas reducir sueldos, llevar adelante suspensiones y despido de empleados mientras dure el proceso de los Acuerdos Preventivos Extrajudiciales (APE) o convocatoria de acreedores, algo que la normativa argentina no permite. El razonamiento que señalan este grupo de economistas y empresarios es que despidiendo y bajando sueldos se puede salvar el resto de los empleos.
En esta línea, también consideran importante la eliminación de la doble indemnización cuando se realice la apertura de un concurso preventivo dejando sin efecto la aplicación de los convenios colectivos vigentes.
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