El Gobierno intimó a las empresas de la construcción para que garanticen la provisión de materiales

Por el repunte de la actividad y el temor a un salto del dólar, faltan insumos en el sector. El ministerio de Desarrollo Productivo instó a las empresas a producir más

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Hay faltantes en productos básicos
Hay faltantes en productos básicos que se utilizan en obras de construcción

Ante la falta de precios de referencia e insumos en el sector de la construcción, el Gobierno decidió echar mano a la Ley de Abastecimiento e intimar a las empresas del sector a garantizar la provisión de materiales y a producir “hasta el más alto grado” de su capacidad instalada. La norma, que tiene vigencia hasta el 31 de diciembre, intenta responder a los faltantes de insumos básicos para el sector de la construcción ante el aumento de la demanda tras la salida de la cuarentena y ante las apuestas de productores, comerciantes y compradores por acopiar materiales cuyo precio se vería afectado por una eventual devaluación del tipo de cambio oficial.

El sector de la construcción vive uno de los repuntes sectoriales más vigorosos luego del abrupto derrumbe de la actividad que causaron la pandemia de coronavirus covid-19 y las medidas de aislamiento social dispuestas para intentar paliarla. Según el Índice Construya (IC), en octubre la actividad del sector creció 3,84% con respecto a septiembre último. Asimismo, los despachos de insumos de las empresas del Grupo se ubicaron 15,80% por encima de los registrados en el mismo mes del año anterior, a pesar de que en términos acumulados pierde todavía 9,8% en los primeros 10 meses del año en comparación con mismo período del año pasado.

Pero de la mano de la recuperación de la construcción se dieron cuellos de botella, como detalle la última publicación del índice del sector: “Si bien a raíz de la cuarentena y las restricciones que hubo tanto para producir como para importar, hoy existen ciertos faltantes de stock, es de esperar que en los próximos meses, con mayor apertura se vayan acomodando los procesos de producción para llegar nuevamente a niveles normales de abastecimiento”.

Imagen de archivo del ministro
Imagen de archivo del ministro de Desarrollo Productivo de Argentina, Matías Kulfas, en una presentación ante el Congreso, en Buenos Aires, Febrero 12, 2020. REUTERS/Agustín Marcarián

Al aumento de la demanda, además, se sumaron en septiembre y octubre las tensiones cambiarias disparadas por la decisión del Banco Central de limitar las compras de divisas para atesoramiento y endurecer las trabas cambiarias en general. Las medidas no detuvieron la pérdida de reservas por parte de la entidad conducida por Miguel Pesce y, además, llevaron a los tipos de cambio paralelos a récords. El dólar libre llegó a tocar los $195 antes de experimentar una relajación.

La brecha cambiaria de más del 100% estimula más actividad, la construcción está barata en términos de dólares paralelos, y también apuestas de cobertura ante las mayores expectativas de devaluación. Dado que una parte importante de los insumos para la construcción tienen precios influidos por el tipo de cambio, para constructores, consumidores, comerciantes y productores pasó a ser atractivo acumular stock de insumos antes de un posible salto del tipo de cambio oficial.

Los precios de la construcción, medidos por el Índice de Costos de la Construcción que elabora el Indec subieron 3,7% en octubre, y 32,8% en términos interanuales.

Resulta menester intimar a las empresas que forman parte de la cadena de producción, distribución y comercialización de los materiales e insumos utilizados para la construcción a incrementar su producción hasta el más alto grado de su capacidad instalada

En ese contexto, las quejas de los distintos eslabones de la cadena productiva por la falta de insumos y la imprevisibilidad de precios a futuro se multiplicaron y el Gobierno reaccionó recurriendo a la Ley de Abastecimiento, sancionada en 1974 y revitalizada entre 2006 y 2013 por el ex secretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno.

En esta ocasión fue la misma Secretaría de Comercio Interior la encargada de volver a poner en escena la norma que permite regular precios máximos, márgenes de utilidad, disponer la congelación de los precios en los niveles vigentes o en cualquiera de los niveles anteriores, fijar precios mínimos, de sostén o fomento y hasta obligar a empresas a alcanzar ciertos niveles de producción, entre otras atribuciones.

“Frente a la evolución del estado de excepción configurado y dada la vigencia de menores restricciones al tránsito y reunión de personas se observa una recuperación de la demanda de insumos y materiales de la construcción, que resulta consecuente con una mejora en el nivel de actividad económica”, señala la Resolución 605 de 2020 que lleva la firma de Matías Ginsberg, subsecretario de Políticas para el Mercado Interno del Ministerio de Desarrollo Productivo que conduce Matías Kulfas.

“El incremento en la demanda de esta clase de insumos y materiales ha evidenciado un contexto de ciertos retrasos en el normal abastecimiento y actividades de acopio que no guardan consistencia con la situación actual de la cadena de valor de la construcción, todo lo cual podría atentar contra el interés público comprometido en la progresiva recuperación del nivel de actividad económica y del empleo”, agregan los considerandos.

“Resulta menester intimar a las empresas que forman parte de la cadena de producción, distribución y comercialización de los materiales e insumos utilizados para la construcción a incrementar su producción hasta el más alto grado de su capacidad instalada y arbitrar los medios a su alcance para asegurar su transporte y distribución, con el fin de satisfacer la demanda creciente del sector y evitar, de este modo, situaciones de desabastecimiento”, concluye el texto de la norma.

Luego de intimar a las empresas del sector a garantizar la provisión de materiales, el texto recuerda que “l incumplimiento de lo establecido en el artículo 1° de la presente medida será sancionado conforme lo previsto en la Ley N° 20.680 de Abastecimiento”. Las sanciones previstas por el artículo 5° de la Ley de Abastecimiento incluyen multas de entre $500 y $10 millones, o hasta el triple de la ganancia obtenida en la infracción. También clausura por hasta 90 días, inhabilitación por hasta dos años para acceder a créditos de entidades públicas y hasta de 5 años para actuar en comercio, comiso de mercaderías y otras penas.

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