Solo el 46% de los trabajadores en casas particulares está en blanco: cómo es el paso a paso para registrarlos

El Indec estima un total de 1.105.000 empleados en tareas domésticas rentadas, pero están anotados en la AFIP 507.000. El salario es deducible de Ganancias hasta $123.861 del monto imponible

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Datos del Ministerio de Trabajo
Datos del Ministerio de Trabajo y de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) revelaron que durante los últimos meses se perdieron unos 20.000 puestos en blanco (Shutterstock)

Tras más de 200 días de aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) como medida para paliar las consecuencias sanitarias del covid-19, y luego de la disposición por parte del Gobierno del distanciamiento social, preventivo y obligatorio (DISPO), las empleados en casas particulares pudieron retomar en octubre su actividad bajo los protocolos correspondientes cuando fueron habilitados en la Ciudad de Buenos Aires.

Si bien los empleadores estuvieron obligados a pagarles el salario pese que no concurrieron a los hogares a desarrollar su actividad, lo cierto es que muchos no lo percibieron por encontrarse en la informalidad.

Según los datos del Ministerio de Trabajo y de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), durante los últimos meses en este sector se perdieron unos 20.000 puestos en blanco.

Se trata de una rama del mercado laboral que al segundo semestre de 2020 sumaba 1.105.000 trabajadores de casas particulares a nivel nacional, de las cuales solo 507.000 estaban registrados, según el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec).

Todos las trabajadores en tareas domésticas, sin importar la cantidad de horas o la modalidad de contratación, tienen que estar inscriptos

Sin embargo, según Carlos Brasesco, apoderado legal de la Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares (Upacp), se estima que en la Argentina hay alrededor de 1.400.000 trabajadores en casas particulares, en su mayor parte mujeres. “De esa cantidad, hay entre 550.000 y 600.000 en blanco y el resto está en negro”, afirmó en diálogo con Infobae.

Y agregó: “En la Ciudad de Buenos Aires se calcula que hay 70.000 trabajadoras de casas particulares. Se evalúa que un 30% está en blanco y el resto en negro. Mientras que en el conurbano bonaerense, en los 35 partidos del AMBA se calcula que hay 390.000 trabajadoras de las cuales un 25% está en blanco”.

Todos los trabajadores, independientemente de la cantidad de horas o de la modalidad de contratación, tienen que estar inscriptos en el registro de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Lo habilita a acceder a los beneficios sociales (aporte jubilatorio, seguro por accidentes de trabajo, obra social, entre otros).

No obstante, en muchos casos son los propios empleados quienes se rehúsan a estar en blanco porque consideran que es incompatible con algunos beneficios sociales que reciben tanto a nivel nacional como provincial o municipal.

En ese sentido, Brasesco explicó: “Hay culpas compartidas por la informalidad. Hay muchos empleadores que tratan de no tenerlas en blanco. Contratan gente con dificultades de documentación. O tratan de tenerlas en blanco pero mal registradas. Trabajan todo el día y las hacen figurar como que trabajan en un segmento de 12 a 16 horas que es el segmento intermedio. O durante la cuarentena las hicieron figurar como cuidadoras, para poder ser considerada personal esencial que se podía trasladar por transporte público de pasajeros. Esas son cosas que se le pueden achacar a los empleadores”.

Hay culpas compartidas por la informalidad. Hay muchos empleadores que tratan de no tenerlas en blanco (Carlos Brasesco)

Por otra parte, contó Brasesco: “En el caso de las empleadas muchas no quieren trabajar en blanco porque tienen subsidios. Por el entrecruzamiento de datos tienen miedo de perder los beneficios y no es así. Está instalada esa situación y por eso piden que no sean registradas”.

Cómo es el paso a paso para registrar a las trabajadoras de casas particulares

Los empleadores de casas particulares deben contar con clave fiscal nivel 2 en AFIP. A la hora de registrar al personal doméstico tienen que tener en cuenta que van a necesitar conocer ciertos datos de la trabajadora para dar de alta la relación laboral. Estos son:

- Número de CUIL de la trabajadora;

- Nombre y apellido;

- Fecha de nacimiento;

- Domicilio real del trabajador;

- Obra social (si la trabajadora no tiene obra social el sistema por defecto le asignará la Obra Social del Personal de Casas Particulares);

- Si está jubilada;

- CBU (en caso de ya estar bancarizada);

- Número telefónico;

- Correo electrónico.

(AFIP)
(AFIP)

Cabe destacar que el trabajador en tareas doméstica debe elegir su obra social y hacer los trámites necesarios para el alta del servicio.

Con toda la información, el empleador debe ingresar en la web de AFIP con su clave fiscal y cargar los datos de la empleada. Para eso previamente debe estar registrado como tal e ingresar el número de CUIL y cliquear el botón “buscar” para acceder en forma automática a los datos asociados que tiene el organismo a ese número.

En la pantalla siguiente le mostrará los datos de la trabajadora y deberá completar los campos que figuran debajo. Algunos son opcionales. En tanto, deberá cargar el domicilio de la trabajadora.

Luego tiene que describir las características de la relación laboral: tipo de trabajo; cantidad horas semanales, modalidad de liquidación, remuneración, modalidad de trabajo, fecha de ingreso y si el trabajo es temporal o fijo.

También tendrá que cargar los datos del domicilio laboral donde la trabajadora realizará las tareas para las cuales la contrataron.

En la Ciudad de Buenos
En la Ciudad de Buenos Aires se calcula que hay 70.000 trabajadoras de casas particulares. Se evalúa que un 30% está en blanco y el resto en negro (Shutterstock)

Por último, se deben confirmar los datos y el sistema te muestra la pantalla de alta exitosa con los pasos obligatorios a seguir: descargar constancia de alta y pagar ART.

La constancia de alta es el documento que prueba la relación laboral. Se debe descargar, imprimir y entregarle una copia firmada al empleado.

Una vez que se da el alta, el empleador debe pagar la primera cuota de la ART para tener cubierto el mes por adelantado. Luego lo hará junto al pago de los aportes y contribuciones mensuales. En caso de no optar por una ART al comienzo de la relación laboral, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo le asignará de oficio a su empleada una ART autorizada.

Cabe notar que en 2020 las personas que tengan personal de casas particulares a su cargo pueden deducir la remuneración y las contribuciones patronales abonadas incluidas en la cotización fija mensual. El monto anual deducible no podrá superar la ganancia no imponible anual de 123.861,17 pesos.

Aportes, contribuciones y ART

Los aportes están a cargo del trabajador y las contribuciones están a cargo del empleador. Los importes mensuales a pagar en concepto de aportes y de contribuciones se determinan dependiendo de las horas semanales trabajadas y la condición de los trabajadores (activo o jubilado).

Los valores de Aportes y Contribuciones y Cuotas con destino al Sistema de Riesgos del Trabajo son los siguientes:

Para los casos que se trabaje menos de 12 horas semanales se deberán abonar $325 en concepto de aportes ($84,49); Contribuciones ($29,82) y ART (211 pesos).

Si se trabajan de 12 a menos de 16 horas el importe total asciende a $554,18. Y si se contemplan 16 o más horas el costo total es de 1.649,19 pesos.

Fuente: AFIP
Fuente: AFIP

Con respecto a la obra social, las empleadas pueden cambiarla si están en relación de dependencia desde el momento que comienzan la actividad. Para eso tienen que dirigirse personalmente al prestador que eligieron y pedir el formulario para tramitar el pase. La firma del formulario tiene que estar certificada ante escribano, la policía, un juzgado o el banco. Se puede tramitar una sola vez por año y demora tres meses en activarse.

El Gobierno comenzará a analizar una suba en los salarios

El Gobierno convocó a una audiencia virtual para el próximo 25 de noviembre con el objetivo de comenzar a analizar un incremento en el salario básico del personal doméstico. Lo hizo a través de la Resolución 2/2020, publicada este viernes en el Boletín Oficial.

Puntualmente, el Poder Ejecutivo anunció formalmente una nueva sesión de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP), ente encargado, entre otras cuestiones, de “fijar las remuneraciones mínimas” para esta actividad.

El último aumento salarial para las empleadas de este sector fue del 5% y se comenzó a pagar en mayo pasado. Con ese incremento, la hora de trabajo quedó establecida en $144,50 para el personal que realiza tareas generales con retiro y en $155,50 para el caso de aquel que es sin retiro. En tanto, el sueldo mínimo mensual para aquellos que realizan tareas generales quedó fijado en $17.785 (con retiro) y $19.777 (sin retiro).

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