El Gobierno decidió prorrogar la moratoria impositiva que vencía a fin de mes para seguir sumando contribuyentes que están a la pesca de un salvavidas en medio de la fuerte crisis económica.
La decisión, que se reflejará en un decreto de necesidad y urgencia (DNU), extenderá por un mes el plazo que por ley se había fijado a fines de octubre.
“El plazo de adhesión a la moratoria se extenderá hasta el 30 de noviembre. El plan de facilidades de pago diseñado para amortiguar el impacto de la pandemia sobre los contribuyentes que vencía el 31 de octubre se prorrogará un mes a través de un DNU” que se publicará en el Boletín Oficial, informaron fuentes oficiales a Infobae.
Desde su arranque a mediados de septiembre, “se generaron más de 320 mil planes y los contribuyentes que ingresaron al plan regularizaron deudas por un monto superior a los 200 mil millones de pesos”.
"La extensión del plazo de adhesión apunta a garantizar que los contribuyentes puedan realizar los diversos trámites y gestiones que posibiliten su acogimiento al régimen de regularización de deudas. La moratoria 2020, que maneja la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), “forma parte de los distintos instrumentos diseñados por el Gobierno para ofrecer alivio a las familias, comercios, profesionales, pymes, grandes empresas, monotributistas y entidades sin fines de lucro”, expresaron las fuentes.
La norma, que incluye la posibilidad de regularizar deudas hasta fines de julio último, fue aprobada por el Senado a mediados de agosto y reglamentada por el organismo que lidera Mercedes Marcó del Pont a través de la Resolución General 4816/2020.
Con la ley 27.562 se extendió el alcance de la anterior moratoria al incluir al universo de personas humanas y jurídicas que no habían sido contempladas por el régimen que arrancó a fines de 2019.
En particular, se permitió la inclusión de grandes empresas, aunque con una serie de importantes requisitos. Entre otras exigencias, les impide a estas firmas durante los próximos 2 años distribuir dividendos, realizar operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria, y acceder al mercado cambiario para realizar pagos a entidades vinculadas.
Varios tributaristas afirmaron que el régimen es muy conveniente para los pequeños y medianos contribuyentes, pero no para los grandes, por las restricciones que se les aplica tanto para entrar como para permanecer.
Los adherentes podrán regularizar sus deudas tributarias, aduaneras y previsionales en hasta 120 cuotas; la primera vence el 16 de diciembre. El plan contempla plazos más extensos para que los pequeños contribuyentes paguen sus obligaciones vencidas.
Además, las empresas e individuos que cuenten con un certificado Mipyme vigente al momento de adherirse pueden acceder a las 120 cuotas mencionadas para pagar sus deudas tributarias y aduaneras, y a 60 cuotas para los aportes de la seguridad social.
El resto del universo de los contribuyentes puede regularizar sus deudas tributarias y aduaneras en planes de facilidades de hasta 96 cuotas y tendrá un plazo de hasta 48 meses para las obligaciones previsionales.
La tasa de interés del plan de pago en cuotas será del 2% mensual hasta enero próximo y, luego, se aplicará un interés variable.
También, la ley estableció un “premio” para los contribuyentes cumplidores que se sienten defraudados cada vez que se lanza un perdón de este estilo, o un blanqueo como el que se anunció la semana pasada para el sector de la construcción.
Este incentivo consiste, en el caso del monotributo, una condonación del componente impositivo de seis cuotas para las categorías A y B. Para las categorías C y D será de cinco; en las E y F, de cuatro; en la G, de tres; y en las I, J y K, de dos.
El límite del beneficio no podrá superar los $ 17.500, mientras que habrá una quita del 15% para quienes paguen al contado.
A su vez, no podrán acceder quienes tengan activos financieros en el exterior y no repatríen por lo menos el 30% dentro de los 60 días, otro de los elementos que ha jugado en contra de la adhesión de importantes contribuyentes.
Como suele ocurrir, el contribuyente perderá los beneficios de este régimen si deja de pagar tres cuotas en el caso de las grandes empresas y de seis para micro, pequeñas y medianas empresas.
Las organizaciones comunitarias también fueron incluidas como beneficiarias de la moratoria. Quienes se sumen al régimen gozarán de la suspensión de las acciones penales tributarias y penales aduaneras en curso y la interrupción de la prescripción penal.
Las fuentes destacaron que “el Congreso de la Nación aprobó una ley que amplía el alcance de la moratoria establecida a fines de 2019 por la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva para incluir aquellos contribuyentes -personas humanas y personas jurídicas- que originalmente no habían sido contemplados”.
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