
La Secretaría de Comercio Interior actualizó el marco normativo del programa Ahora 12 —que entrará en vigencia el 1° de octubre— con la incorporación de nuevos rubros y tres meses de gracia para abonar las compras realizadas en 12 y 18 cuotas.
Según la resolución 353/2020 publicada este lunes en el Boletín Oficial, la incorporación de los nuevos rubros dentro de los beneficios del Ahora 12 responde a la necesidad de incentivar determinados sectores que se vieron afectados por el contexto económico generado por la pandemia del COVID-19.
Entre los nuevos rubros se incluyeron: servicios técnicos de electrónica y electrodomésticos para el hogar; servicios educativos; servicios de cuidado personal (entre ellos peluquerías y centros de estética); servicios de organización de eventos y exposiciones comerciales; talleres de reparación de vehículos automotores y motocicletas; servicios de instalación de alarma; y balnearios.
Pero en la nueva edición, quedó afuera los teléfonos celulares. Desde la Secretaría de Comercio Interior explicaron que la suspensión de este rubro se produjo por una “reasignación de recursos del Programa Ahora 12 para las áreas de servicios”.

Pero adelantaron que se mantendrán encuentros con las empresas productoras, las cadenas de comercialización y las compañías proveedoras del servicio de telefonía móvil para propiciar mecanismos de financiación alternativos.
La semana pasada, cuando se adelantó la posibilidad de que los celulares quedaran excluidos del programa, desde la industria manifestaron sus quejas y apuntaron que la decisión estaba relacionada con los dólares que requiere la producción de equipos para la importación de partes e insumos.
Con todo, continúan dentro del programa los rubros de línea blanca; indumentaria; calzado y marroquinería; materiales y herramientas de la construcción; muebles; bicicletas; motos; turismo; colchones; libros; artículos de librería; anteojos y lentes de contacto; juguetes y juegos de mesa; neumáticos, accesorios y kit de conversión de vehículos a gas GNC y repuestos; instrumentos musicales; computadoras, notebooks y tabletas; artefactos de iluminación; televisores; perfumería; pequeños electrodomésticos; servicios de preparación para el deporte; equipamiento médico; alimentos; máquinas y herramientas; y medicamentos.
“El programa Ahora 12 mantiene el objetivo de estimular la demanda de bienes y de servicios, mediante el otorgamiento de facilidades de financiamiento a plazo, dirigidas a los usuarios y consumidores”, señalaron.

Los productos de origen nacional y servicios podrán ser adquiridos en 3, 6, 12 y 18 cuotas fijas mensuales para los consumidores. En el caso de Ahora 12 y Ahora 18 se aplicará automáticamente un periodo de gracia de tres meses sin costos adicionales.
El programa se encuentra vigente hasta el 31 de diciembre con posibilidad de renovación y modificaciones.
Para los comerciantes, en tanto, se mantienen las condiciones financieras.
Sanciones para los que no cumplen
Con la actualización del Ahora 12 se estableció un régimen sancionatorio para quienes incumplan con el espíritu del programa.
Las infracciones se aplican cuando la adhesión de los proveedores y comercios no se realice en conformidad con el reglamento del programa, cuando se le otorgue un uso indebido a la señalética de Ahora 12, cuando se ofrezcan bienes que no sean de producción nacional o servicios que no sean prestados en el territorio nacional (excepto las lámparas y tubos de iluminación con tecnología LED) y también cuando se ofrezcan bienes o servicios que no estén incluidos en el programa.
La autoridad de aplicación será la Dirección Nacional de Políticas para el Desarrollo del Mercado Interno, que depende de la Secretaría de Comercio Interior, y graduará las sanciones en base a la gravedad de la infracción, el daño causado a los consumidores y la reincidencia del infractor.
Las sanciones pueden ser un apercibimiento, una suspensión de la adhesión al Programa Ahora 12 por un plazo de hasta tres meses y, finalmente, la expulsión e inhabilitación para poder adherirse nuevamente por un plazo de hasta un año.
Asimismo, si las infracciones no respetan la Ley de Defensa del Consumidor, el infractor podrá ser investigado y sancionado por dichas normas y bajo el procedimiento que corresponda a cada una de ellas.
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